Acorralada y obligada a callar fue abusada sexualmente durante casi un año. Según relató a una docente, y luego ratificó en la Justicia a través de su testimonio en Cámara Gesell, no fue su padre o padrastro. Fue un amigo de su madre, un funcionario municipal que le daba dinero a la progenitora para que la obligue a subirse a su automóvil y llevarla, durante reiteradas noches, hasta su domicilio de Puerto Piray, donde la sometía sin premura o reparo.
El trauma de esta menor podrá dirimirse o cerrar el círculo judicial durante este año, ya que la jueza de Instrucción 2 de Eldorado, Nuria Allou, elevó a juicio a oral la causa iniciada en 2018 y que tiene dos imputados de graves delitos contra la integridad sexual, pero sólo uno, la madre de la víctima llegaría al banquillo de los acusados ya que el autor material de los abusos falleció el año pasado a los 72 años y cumpliendo prisión domiciliaria a la espera de su juzgamiento.
El expediente se inició en abril de 2018, cuando la menor de 15 años rompió el silencio, el trauma era notorio, y a una de sus docentes del BOP 37 de Puerto Piray relató horarios, lugar y quiénes eran los responsables y actores los abusos sexuales.
La educadora no vaciló y acompañó a la adolescente a denunciar el delito y que se activen todos los mecanismos de contención pertinentes y actúe la Justicia. En su denuncia aseguró que fue violada por primera vez cuando apenas cumplió los 15 en 2017 y obligada por su madre (45) a ser llevada en un automóvil gris hasta el barrio San Roque, donde el mismo conductor la abusaba.
Durante casi un año y por el tormento de las amenazas, la menor calló, y fue ultrajada cada vez que el exfuncionario de la misma comuna llegaba hasta su domicilio y le entregaba billetes a su madre para que la entregara prácticamente sin disimularlo.
Según fuentes consultadas por PRIMERA EDICIÓN, el acusado falleció el año pasado en su hogar (el mismo sitio de los abusos investigados), fue beneficiado con prisión domiciliaria por su edad y por la patología que afrontaba.
Planteadas las circunstancias de esta manera, será la madre de la menor la que enfrentará la siguiente imputación: “abuso sexual con acceso carnal doblemente agravado por el vínculo y por ser la víctima convivienta” y “promoción de la corrupción de menores doblemente agravada por el vínculo y por la convivencia, en concurso ideal”.
De acuerdo al Código Penal Argentino, por estos delitos la pena podría rondar los veinte años de prisión efectiva, de acuerdo a los incisos del artículo 119 que discriminan los delitos contra la integridad sexual.