Así, prohibió la tenencia, fabricación, depósito, venta y circulación de pirotecnia en el municipio. Aquellos que infrinjan esta norma serán punibles de sanción a través del Juzgado de Faltas local.
Los términos de la prohibición alcanzan a “comercios, industrias radicadas en el municipio, como también así a los particulares, vendedores ambulantes u ocasionales”, dice la resolución.
Además, las multas por esta infracción serán elevadas, de “200 a 1000 unidades económicas acordadas en la Ordenanza 42/08 de acuerdo a la gravedad de la infracción”. También estipula el cierre del comercio por lapsos de 5 a 10 días hábiles si es la primera vez y de 30 a 60 si es reincidente. Además del decomiso de toda la mercadería. Si la infracción es reiterada dentro de los dos años subsiguientes, el municipio le retirará la Habilitación municipal por el término de tres años, indica la resolución.
De esta manera, la Ciudad de las Cataratas se une a las localidades que tienen Pirotecnia Cero, entendiendo el daño que estos elementos provocan en ancianos, niños con espectro autista y también en los animales.