El congelamiento fue dispuesto por la Resolución 38 de la Secretaría de Recursos Renovables, publicada hoy -jueves- en el Boletín Oficial.
La Secretaría de Energía decidió así mantener la aplicación de los Precios de Referencia de la Potencia y el Precio Estabilizado de la Energía en el MEM que regían hasta el 31 de octubre próximo, para el período comprendido entre el 1 de noviembre próximo y el 30 de abril del 2020.
La resolución sostiene que “en consideración de las medidas adoptadas por el Estado con relación a las tarifas de los servicios públicos del sector residencial, resulta necesario continuar con la reagrupación de las categorías de usuarios, ya que éstas se mantienen a idéntico valor que para los trimestres entre febrero y octubre 2019”.
La decisión también estableció que a partir del 1 de noviembre el Precio Spot Máximo para la sanción de los Precios del Mercado en el MEM será de $ 720 por megavatio hora.
La extensión del congelamiento subrayó que el Precio de Referencia de la Potencia y el Precio Estabilizado de la Energía y el Precio Estabilizado del Transporte (PET) “son los que se deberán utilizar para su correspondiente aplicación en los cuadros tarifarios de los agentes distribuidores y otros prestadores del servicio público de distribución que lo requieran”.
El ENRE calcula el cuadro tarifario teniendo en cuenta el valor del expost, los Precios de Referencia de la Potencia, los Precios Estabilizados de la Energía, el Precio Estacional de Transporte y el valor del Fondo Nacional de Energía Eléctrica (FNEE).
A esto se suma el ajuste correspondiente al Costo Propio de Distribución (CPD), por lo que la medida no implica que no haya ajustes en las facturas en el próximo verano.
Fuente: Agencia de Noticias NA