Mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se establece un nuevo plazo de 180 días hábiles para que víctimas o familiares de asesinado por el ataque terrorista puedan avanzar con los trámites de acceso al beneficio.
La ley 27.139 de abril del 2015 disponía del derecho a percibir un “beneficio extraordinario las personas que hubiesen fallecido o sufrido lesiones graves o gravísimas en ocasión del atentado dentro de los 180 días de entrada en vigencia de la reglamentación”, una iniciativa impulsada por Cristina Kirchner y reglamentada en septiembre de ese año.
La Argentina había reconocido diez años atrás, en 2005, la responsabilidad del Estado ante la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos.
El Gobierno indicó en la norma que en la actualidad “subsiste un reducido grupo de víctimas legitimadas activamente para solicitar el beneficio previsto por la referida Ley N° 27.139, que no se han acogido a aquél por haber expirado el plazo de caducidad en ella establecido”.
“Actualmente, algunas víctimas de dicho grupo presentan problemas de salud y una edad avanzada“, precisó el decreto.
“Por razones de equidad y justicia, corresponde asegurar que aquellas personas que todavía no se han acogido al beneficio extraordinario mencionado, puedan hacerlo sin mayores dilaciones”, evaluó.
El texto también señaló que “debe contemplarse la situación de las víctimas del atentado a la AMIA que se vieron imposibilitadas de solicitar el beneficio indemnizatorio reconocido por la Ley N° 27.139, por el trascurso del tiempo”.
“Por consiguiente, resulta adecuado renovar, por igual término, el plazo de caducidad establecido por la Ley N° 27.139, para que el beneficio que ella reconoce pueda ser solicitado por las víctimas que todavía no se han acogido al mismo”, se informó.
Fuente: Agencia de Noticias NA