La nueva norma autoriza al Ejecutivo municipal a decomisar y destruir los caños de escape deportivos y/o adulterados en motos y autos “cuando excedan los decibeles permitidos por la legislación vigente”.
La ordenanza tiene como objetivo la mitigación de los ruidos molestos, la contaminación sonora y la emanación de gases tóxicos en la vía pública que despiden los rodados que poseen los conocidos como “escapes libres”, y que perjudican la buena convivencia tanto en el tránsito del casco urbano como entre los vecinos.
Por ello, la misma norma impulsa campañas de concientización y difusión a través de los medios que la Comuna disponga.
Entre los fundamentos de la norma se argumenta que estos ruidosos caños de escape “producen daño ambiental acústico, perjudicando no solo a aquellos que viven en las calles de mayor circulación de este tipo de rodados, sino a la comunidad en general” y que “la Organización Mundial de la Salud (OMS) indica que los ruidos generan perturbaciones en la salud y por lo tanto deben considerarse dañinos”, por lo que “es indispensable generar disposiciones reglamentarias que aseguren el cumplimiento y respeto de las normas de tránsito por parte de la ciudadanía”.
Entre estas últimas se menciona el artículo 48 de la Ley Nacional de Tránsito -a la cual está adherida la Provincia- donde se prohíbe explícitamente el uso de estos elementos.