La norma comenzará a regir desde el 2020, “con el fin de iniciar un cambio cultural de los sistemas productivos actuales hacia métodos más amigables con el medio ambiente”.
El artículo 1 de la ley establece que “queda prohibido el uso del glifosato, sus componentes y afines en los ejidos urbanos del territorio provincial; comunidades de pueblos originarios; establecimientos educativos y sanitarios cualquiera sea su denominación o rango; reservas naturales de cualquier tipo y denominación ya sean nacionales, provinciales, municipales o privadas; centros turísticos; cursos de agua que proveen para consumo humano o su utilización para la producción agrícola ganadera”.
La Ley plantea entre sus objetivos: “Evitar el contacto directo, indirecto o derivado de la población al glifosato, sus componentes y afines, que atenten contra su salud. Promover acciones preventivas para evitar patologías relacionadas directa o indirectamente con el uso. Brindar protección a la flora y fauna de la región que pueda verse afectada”. Y también “resguardar la salud, el territorio y la autodeterminación de las comunidades originarias de nuestra provincia, como pueblos que viven en armonía con su entorno y que pueden verse afectados de manera directa, indirecta o derivada”.