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El inocentrismo o la condena de inocentes

1 diciembre, 2017

El filósofo más importante de la actualidad Luigi Ferrajoli en ocasión de las jornadas realizadas en la Universidad de Buenos Aires en el año 2000 señaló que a causa del divorcio entre epistemología judicial y epistemología científica se permitió un grosero principio potestativo, idóneo para legitimar la arbitrariedad judicial, lo que ha redundado en que un significativo número de personas cumplan condenas gravísimas por hechos en los que no tuvieron mínima participación.


Esta anomalía se observa tanto en las burocracias judiciales de tradición continental europea como la de raíz anglosajona, esto ha llevado en los últimos años a algunas instituciones universitarias -p.e. Proyecto Inocencia- como no gubernamentales a estudiar profundamente este fenómeno con el fin de identificar sus causas, modificar la currícula inclusive de las escuelas de abogacía y promover legislación que tienda a evitar tales tragedias. 

Algunos teóricos europeos como el profesor de la Universidad de Pavia Michele Taruffo consideran que debe introducirse cambios en la currícula introduciéndose materias que entrenen a los futuros abogados al pensamiento científico, de modo que puedan saber cuándo una hipótesis puede considerarse validada, en el mismo sentido el profesor italiano Ferrajoli, o los españoles de la Universidad de Girona Jordi Ferrer y Marina Gascón Abellán -entre otros-. 

Nombres relevantes devinientes de otras disciplinas como la epistemóloga inglesa Susan Haack que han comenzado trabajos académicos en la prueba de los hechos y la práctica judicial, asimismo son conocidos los trabajos académicos y revisiones de casos de los profesores de la Universidad de Wisconsin Keith Findley y John Pray que integran además el Innocence Proyect del estado de Wisconsin.

En Argentina a partir del trabajo del cineasta Enrique Piñeyro en el documental el Ratti Horror Show  -que en imágenes mostro lo rudimentario de las sentencias condenatorias, y los errores groseros en que incurre la burocracia judicial condenando inocentes- en el año 2014 se “funda” el Proyecto Inocencia Argentina -cuyo presidente actual es el exfiscal Manuel Garrido- que busca entrenar de un modo distinto por medio de clínicas a los estudiantes de derecho, modificar la currícula y tratar de modificar la legislación siempre con el objeto de disminuir la aberración de inocentes condenados. 

Es necesario que se sepa que en las cárceles -no importa si se cree  o no en la pena- hay personas inocentes en una cantidad importante, del mismo modo es necesario que se comprenda que el Poder Judicial es ineficiente para controlar el trabajo de la agencia policial, y para realizar un control interno eficaz, es necesario también que se comprenda que la agencia o “poder” judicial es una burocracia que tiene rasgos corporativos y -en consecuencia- tiene a validar a sus diferentes estamentos y lo actuado por las otras agencias estatales: Policía.

Tradicionalmente los estados no tienen instituciones externas de validación o control del “producto” judicial se cree que los controles “profesionalizados” internos son suficientes para superar errores, cualquier sociólogo rebatiría fácilmente tal ingenuidad, las burocracias tienen comportamientos sistémicos difíciles de cambiar, por eso, quien observe simplemente las tasas de presos sin condena en 2017 verá que es la misma de 1983, de poco han servido los tratados firmados por la Argentina.

Naturalmente los grados de anomalías varían según los países y -aun más- las regiones de estos. Así por ejemplo, los controles internos que se pueden observar en Europa son mucho más exigentes que los que pueden verse en Latinoamérica, se trata de minimizar el error, en primer término aceptando que la agencia judicial condena personas inocentes, esto se refleja en el mundo académico con investigaciones interdisciplinarias de índole epistemológica. 

En Argentina ha comenzado -hace algunos años- en pocas cátedras universitarias a abordarse esta cuestión, la burocracia judicial -salvo algunos nombres de relevancia como Julio Mayer- en general no recepta mínimamente la existencia de esta tragedia, tampoco políticamente interesa -al contrario se compite por “mayor punitivismo”-. 

En tal contexto; como es de suponer, la agencia judicial provincial no realiza controles mínimos, las prácticas en los tribunales penales -salvo uno o dos jueces- no difieren de los años 70, se condena rudimentariamente a las mayores penas de la ley penal sin pruebas, la criminalización primaria realizada por la policía no tiene ningún control, a su vez el Superior Tribunal de Justicia confirma condenas perpetuas livianamente no tiene el mínimo entrenamiento ni los jueces, tampoco sus relatores -que son los que escriben realmente “los votos”- en cuestiones de método para formular y refutar hipótesis. 

Un breve sobrevuelo estadístico muestra que la Corte Federal ha anulado mas condenas perpetuas que el Tribunal Supremo provincial, la bibliografía utilizada muestra el mínimo marco teórico con que se trabaja, algunos jueces penales tienen décadas en la función, lo que naturalmente per se es un severo riesgo. 

En alguna oportunidad se debe comenzar a cambiar en la provincia, la legislación procesal tiene tres años, pero nació arcaica, debe avanzarse hacia un proceso acusatorio -similar al de provincia de Buenos Aires- que sin dudas tiene fuertes riesgos en la sociedad mediada actual -sin embargo- continuar con las prácticas rudimentarias en los procesos, con legislación y operadores fuera de tiempo, supondrá mayores tragedias humanas, ocultas siempre por la selectividad estructural del sistema punitivo que solo “atrapa” al vulnerable, al tiempo que supone una degradación grotesca de la agencia judicial provincial quizás la más rústica de la Argentina. 
Eduardo Paredes
Abogado
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