OBERÁ. Nancy Soledad Da Rosa, la mujer acusada de arrojar a su bebé recién nacido a un pozo de aguas servidas en Aristóbulo del Valle, el 20 de agosto de 2014, fue condenada ayer a la pena de tres años de prisión en suspenso por el delito de “homicidio culposo”, en una resolución adoptada por el Tribunal Penal 1 de Oberá.El veredicto condenatorio, que no es de cumplimiento efectivo, fue dado a conocer ayer por el Alto Cuerpo, presidido en esta ocasión por el magistrado Francisco Aguirre, secundado por sus pares Lilia Avendaño y José Pablo Rivero.Los jueces tuvieron en consideración una circunstancia crucial para arribar a una decisión: si bien se dio por comprobado que la acusada arrojó al neonato al pozo, no se pudo probar que hubiera tenido la intención manifiesta de acabar con la vida del bebé, lo que en derecho penal se conoce como “dolo”.Los jueces creyeron en las palabras de Da Rosa, quien reconoció que alcanzó a sostener al bebé antes de que cayera al lecho, pero no lo escuchó llorar ni emitir signos de vida, y que, creyéndolo muerto, lo dejó caer.Estas declaraciones, en la visión de los magistrados, tuvieron su correlato con las expresiones de la madre, quien narró en el recinto que se levantó esa noche y encontró a su hija parturienta tendida en el suelo, pálida y desvanecida.Para la terna de jueces, durante el debate oral, esta circunstancia jamás fue desvirtuada ni rebatida por la fiscalía, razón por la que entendió que la calificación que mejor cuadraba para arribar a una resolución era la de homicidio culposo.En otras palabras, los jueces entendieron que su negligencia colaboró para el desenlace fatal de la historia, pero que no actuó con mala intención o el objetivo de matar al recién nacido.La defensora oficial Nº2 de Oberá, María Graciela Abdolatif, pidió la absolución de su defendida o, en caso de un fallo condenatorio, las atenuantes previstas para el caso. Los magistrados terminaron dándole la razón a la representante legal de Da Rosa. Una visión diametralmente opuestaLa fiscal del Tribunal Penal 1, Estela Salguero de Alarcón, sostuvo una posición diametralmente opuesta a la que apoyaron los jueces.Para ella, Nancy Soledad Da Rosa actuó con dolo: tuvo la intencionalidad manifiesta de deshacerse de su bebé y, por ende, solicitó al Tribunal que fuera condenada a prisión perpetua.Salguero de Alarcón consideró que había elementos suficientes para hallarla penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el vínculo”.Entre otros argumentos, la representante del Ministerio Público tuvo en cuenta las conclusiones de los exámenes psicológicos y psiquiátricos, que ubicaron a la imputada en tiempo y espacio, consciente de la criminalidad de sus actos, para pedir una resolución condenatoria. El planteo no prosperó.





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