La Secretaría de Energía de la Nación aprobó una nueva serie de cambios en las reglas del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), con el objetivo de avanzar en la normalización del sector y ampliar la competencia en la generación y comercialización de electricidad.
La medida quedó establecida mediante la Resolución 293/2026 y publicada en Boletín Oficial de este miércoles, en el marco de las modificaciones al régimen regulatorio del sector energético.
Los cambios abarcan tres aspectos centrales: la declaración de los costos variables de producción de los generadores, la simplificación del procedimiento para incorporar grandes usuarios al mercado y la ampliación progresiva de los volúmenes de energía que podrán comercializarse mediante contratos bilaterales.
Uno de los cambios modifica los márgenes permitidos para que los generadores eléctricos declaren sus costos variables de producción, un mecanismo que incide en la competencia por el despacho de energía.
Durante 2026 se mantendrán los límites vigentes. A partir de 2027, el límite inferior para las declaraciones se fijará en el 50% del valor de referencia, mientras que desde 2028 bajará al 25%.
En sentido inverso, el margen máximo por encima del valor de referencia se reducirá al 17,5% durante 2027 y al 10% desde 2028.
Según los fundamentos de la resolución, el objetivo es permitir que las ofertas reflejen con mayor flexibilidad las condiciones económicas de los generadores, sin modificar el principio de despacho basado en el mínimo costo de operación y falla.
Los grandes usuarios podrán incorporarse mensualmente
La norma también establece un procedimiento simplificado para que los Grandes Usuarios Mayores (GUMA) y los Grandes Usuarios Menores (GUME) puedan ingresar al Mercado Eléctrico Mayorista.
Hasta ahora, el régimen contemplaba restricciones temporales y ventanas de incorporación trimestrales. Con el nuevo esquema, los trámites podrán gestionarse mensualmente.
El procedimiento comenzará a aplicarse el 1 de diciembre de 2026. Las solicitudes deberán presentarse ante el Organismo Encargado del Despacho (OED) hasta el último día hábil del mes anterior al período de aprobación. La incorporación solicitada deberá coincidir con el primer día de un mes calendario.
El OED tendrá un plazo máximo de diez días hábiles para verificar los requisitos e informar el resultado a la Secretaría de Energía. Las solicitudes con informe favorable deberán publicarse durante dos días hábiles para permitir que otros participantes del mercado presenten objeciones fundadas. Si no existen objeciones y se cumplen los requisitos, la autorización de ingreso deberá formalizarse mediante una resolución expresa.
El nuevo procedimiento también permitirá cambios mensuales entre las categorías GUMA y GUME, con la obligación general de permanecer al menos un año en la categoría vigente, salvo las excepciones contempladas en la normativa.
Más energía disponible para contratos directos
El tercer eje apunta a ampliar progresivamente la proporción de energía de determinadas centrales térmicas e hidroeléctricas que podrá comercializarse mediante contratos en el Mercado a Término. La resolución establece el siguiente cronograma para la generación alcanzada por el régimen:
- Hasta el 31 de marzo de 2027: se mantiene el límite del 20%.
- Desde el 1 de abril de 2027: el límite aumenta al 60%.
- Desde el 1 de abril de 2028: se eleva al 80%.
- Desde el 1 de enero de 2029: se habilita la contratación sin restricciones porcentuales con cualquier tipo de demanda del Mercado Spot, dentro del alcance previsto por la norma.
Para determinados contratos de generación térmica destinados a grandes usuarios de distribución, también se establece un cronograma de ampliación progresiva, con la eliminación de los límites porcentuales específicos desde enero de 2029.
La medida busca ampliar las alternativas de abastecimiento para grandes consumidores y distribuidores, favorecer la competencia entre generadores y facilitar la negociación de precios y condiciones mediante acuerdos entre las partes.
Qué implica para Misiones
La resolución nacional no establece medidas específicas para Misiones ni determina de manera directa cambios en las tarifas que pagan los usuarios residenciales de la provincia.
Sin embargo, las modificaciones pueden resultar relevantes para el análisis del sector eléctrico provincial, en particular por la participación de distribuidoras, cooperativas y grandes consumidores en el sistema de abastecimiento.






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