El Gobierno nacional amplió el alcance de la gratuidad en el servicio de gas para los bomberos voluntarios e incorporó al beneficio el Gas Licuado de Petróleo (GLP) distribuido por redes y el GLP envasado, modalidades que hasta ahora no estaban contempladas dentro del régimen especial.
La medida fue formalizada mediante la Resolución 134/2026 de la Secretaría de Energía, firmada por María Carmen Tettamanti y publicada este viernes 12 de junio de 2026 en el Boletín Oficial.
La norma modifica la Resolución 619/2023, que había establecido el Régimen Tarifario Especial Gratuito para el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, en el marco de la Ley 27.629 de Fortalecimiento del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.
Hasta el momento, el beneficio alcanzaba al gas natural por redes, a las tarifas de transporte y distribución de ese servicio y a otros cargos de jurisdicción nacional asociados. Con la nueva resolución, la cobertura se amplía al GLP distribuido por redes, al GLP envasado en garrafas y cilindros, al transporte y distribución de ambos tipos de suministro y a todos los cargos nacionales vinculados.
El cambio apunta a corregir una diferencia territorial. La propia resolución reconoce que, en determinadas regiones del país, las condiciones geográficas y de infraestructura hacen que el suministro de GLP por redes funcione como una modalidad sustitutiva del gas natural por redes.
En la práctica, esto significa que en muchas localidades donde no existe acceso al gas natural, los cuarteles y entidades de bomberos voluntarios utilizan GLP como fuente principal de energía. Por eso, la Secretaría de Energía consideró necesario extender la gratuidad a estas modalidades para garantizar mayor equidad en el acceso al beneficio.
La medida alcanza a las entidades que integran el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios, entre ellas las asociaciones de bomberos voluntarios, federaciones, el Consejo de Federaciones de Bomberos Voluntarios de la República Argentina y la Fundación Bomberos de Argentina.
Para acceder al régimen, las instituciones deberán estar inscriptas en el Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios, que actualmente funciona en el ámbito de la Dirección Nacional de Bomberos Voluntarios de la Agencia Federal de Emergencias, dependiente del Ministerio de Seguridad.
El beneficio se aplicará sobre los inmuebles de uso permanente de las entidades, como cuarteles, destacamentos operativos y oficinas administrativas.
La implementación tendrá procedimientos diferenciados según el tipo de suministro. Para el caso del GLP por redes, el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) deberá adaptar los procedimientos que había establecido el exENARGAS en 2024, incorporando esta nueva modalidad.
En tanto, para el GLP envasado, la Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética de la Secretaría de Energía deberá definir un procedimiento específico. Ese esquema deberá contemplar los volúmenes máximos alcanzados por la bonificación, las condiciones de otorgamiento, criterios de segmentación geográfica, condiciones climáticas y otros parámetros técnicos relevantes.
La resolución también actualiza el marco institucional a partir de cambios recientes. Uno de ellos es la puesta en funcionamiento del ENReGE, creado por el Decreto 452/2025 como reemplazo del exENARGAS. El otro es el traslado del Registro Nacional de Entidades de Bomberos Voluntarios al ámbito del Ministerio de Seguridad, luego de haber estado bajo la órbita del Ministerio de Justicia.
Además, la norma prevé la implementación de mecanismos de cruce e interoperabilidad de bases de datos con el ENReGE y otros organismos, con el objetivo de asegurar la correcta identificación de los beneficiarios y reforzar los controles sobre la aplicación del régimen.
La Resolución 134/2026 entró en vigencia este viernes, el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial. La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética quedó facultada para dictar las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias necesarias para completar la implementación de la medida.
“Pantallazo”







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