La posibilidad de plebiscitar nuevamente a la población misionera para avanzar en la construcción de la Represa de Corpus Christi – Pindo-í apareció en la agenda luego de la presentación de un proyecto que ingresó en los últimos días a la Cámara de Representantes de Misiones.
Sin embargo, la promesa de los diputados Martín Arjol y Miguel Nuñez, y de la Comisión Mixta Argentino-Paraguaya del Río Paraná (COMIP) de supuestos “impactos mínimos” para la población de la zona y la diversidad, en fauna y flora de la selva misionera, carece de sustento, según lo denunciado por ambientalistas.
La Asociación Civil Orembaé hizo un pedido de información pública al Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones donde la respuesta fue clara y contundente: “el proyecto no cuenta con ninguna Evaluación de Impacto Ambiental”.
Según la asociación, “no existe estudio de impacto ambiental presentado por el proponente, no existe dictamen técnico de la autoridad ambiental, no se ha celebrado audiencia pública ni instancia alguna de participación ciudadana, y no se ha emitido Declaración de Impacto Ambiental. En términos jurídicos, la dimensión ambiental de la obra nunca fue evaluada por el procedimiento que la ley exige”, apuntó en un comunicado.
Según los fundamentos del polémico proyecto, la provincia enfrenta problemas estructurales de abastecimiento energético, con una demanda creciente y una fuerte dependencia del sistema interconectado nacional. Los legisladores sostienen que Corpus podría convertirse en una obra estratégica capaz de aportar energía, empleo, infraestructura y recursos económicos.
La presentación, sin embargo, volvió a encender las alarmas entre organizaciones ambientalistas y sectores que históricamente se opusieron a las grandes represas.

“No hay nada que las respalde”
Orembaé fue más allá y apuntó contra los promotores de reflotar la iniciativa que, en 1996 y por medio de un plebiscito, fue ampliamente rechazada por el 88,63% de los misioneros, marcando un antes y un después en la discusión ambiental de la provincia.
“Las afirmaciones sobre los ‘impactos mínimos’ son falsas porque no hay nada que las respalde”, apunta la asociación civil. Es decir, “nadie puede afirmar legítimamente que un impacto será ‘mínimo’ cuando jamás fue medido por el único instrumento idóneo para determinarlo: la Evaluación de Impacto Ambiental. Sostener una conclusión sobre la magnitud del daño sin haber realizado el estudio que precisamente sirve para conocerlo no es ciencia ni ingeniería: es propaganda. Se está dando por probado, de antemano, aquello que solo una evaluación seria, independiente y participativa podría establecer”, remarcó Orembaé.
Además, “un estudio de prefactibilidad -el documento que invocan los promotores- no es ni puede sustituir a una Evaluación de Impacto Ambiental. Son instrumentos de naturaleza, finalidad y exigencia legal completamente distintas”, agrega.
La ley es clara: primero se evalúa, se informa y después se decide
La Ley General del Ambiente, el Acuerdo de Escazú y la Constitución Nacional establecen que toda obra con potencial impacto ambiental debe contar previamente con una Evaluación de Impacto Ambiental y garantizar el acceso a información pública para una participación ciudadana informada.
En ese marco, Orembaé sostiene que no puede haber una consulta válida si la población no dispone de información completa sobre los posibles impactos del proyecto.
Además, se remarca que, debido a la importancia ecológica de la Selva Paranaense, debe aplicarse el principio precautorio, que obliga a evitar avanzar en proyectos con potencial riesgo ambiental mientras no existan evaluaciones técnicas suficientes.
Por ello, la asociación civil reclama que no se difundan afirmaciones sobre supuestos impactos mínimos sin respaldo técnico, que se respete la decisión popular de 1996 y la normativa provincial vigente, que no se convoque a un plebiscito sin información ambiental completa y que se garantice el acceso público a toda la información relacionada con el proyecto.






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