La Justicia Federal ordenó frenar de manera inmediata las obras que se realizaban en la Isla del Medio, en el río Paraná frente a Posadas, tras una acción de amparo ambiental presentada por la Asociación Civil Orembaé. La medida cautelar de no innovar fue firmada por el juez federal José Luis Casals y dispone la paralización de los trabajos de relleno, refulado y movimiento de suelos que se venían ejecutando en el lugar.
La organización ambientalista venía denunciando desde hace meses que las intervenciones en la isla se realizaban sin los estudios y autorizaciones ambientales exigidos por la normativa vigente. Según habían advertido, las obras implicaban una modificación significativa del ecosistema fluvial y podían generar impactos irreversibles si continuaban sin evaluación previa.
De acuerdo con la presentación judicial, los trabajos incluían la descarga de arena, el movimiento de sedimentos y la colocación de materiales como neumáticos en desuso y geotextiles en las costas de la isla. Desde la asociación señalaron que estas prácticas podían provocar contaminación por microplásticos y la liberación de sustancias tóxicas en el agua, con potencial impacto en la fauna íctica y en la salud humana.
Fue entonces que Orembaé inició pedidos formales de acceso a la información pública ambiental ante organismos provinciales y nacionales para conocer si existían estudios de impacto ambiental o autorizaciones oficiales para las obras. Las respuestas recibidas confirmaron que no se registraban evaluaciones ni declaraciones de impacto ambiental vinculadas al proyecto.
En base a esos antecedentes, la organización presentó un amparo ambiental contra la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) y la Asociación de Protectores de la Isla del Medio (APIM), señalando que ambas entidades estaban vinculadas con las intervenciones realizadas en el islote. En la demanda también se planteó la falta de instancias de participación ciudadana y audiencias públicas previas.
Al analizar el caso, el Juzgado Federal consideró que correspondía aplicar el principio precautorio establecido en la legislación ambiental. En ese sentido, dispuso mantener el estado actual del lugar hasta tanto se esclarezca la legalidad de las obras y se determine su eventual impacto sobre el ecosistema del río Paraná.
La resolución judicial ordena específicamente el cese inmediato de las tareas de relleno o disposición de materiales en la Isla del Medio y alcanza tanto a la APIM como a la Entidad Binacional Yacyretá. Además, establece que la Prefectura Naval Argentina deberá realizar tareas de vigilancia para garantizar el cumplimiento de la medida.
Desde la Asociación Civil Orembaé calificaron el fallo como un precedente relevante para la protección ambiental en la región y señalaron que continuarán con la acción judicial de fondo para lograr la recomposición del daño ambiental que consideran ya producido. Asimismo, sostuvieron que el objetivo es asegurar que cualquier intervención futura en el área cumpla con los estudios técnicos y los mecanismos de participación ciudadana previstos por la ley.
FALLO CAUTELAR OREMBAE








