En el marco del debate nacional sobre la baja de la edad de imputabilidad, el presidente del Colegio de Abogados de Misiones, Antonio López Forastier, destacó que es un tema que “ya se viene discutiendo desde hace muchísimos años”.
En diálogo con FM 89.3 Santa María de las Misiones, explicó que “en la República Argentina rige una ley del año 82 que fue firmada por Videla, un decreto ley que es muy cuestionado no solo lo que tiene que ver con la edad de imputabilidad, sino también con el procedimiento que se aplica hoy a los menores de edad en la República Argentina cuando infringe las normas penales”.
El abogado enfatizó la necesidad de respetar los tratados internacionales: “Toda decisión que se tome en ese sentido debe respetar también los pactos internacionales suscritos por nuestro país. La República Argentina desde el año 1994 ha otorgado rango constitucional a los tratados de derechos humanos, estableciendo que los mismos tienen aún jerarquía superior a las leyes internas, siempre y cuando traten de derechos humanos”.
Sobre la comparación regional, señaló que los países como “Paraguay, por ejemplo, Chile, Bolivia, si no me equivoco, Perú también, está en 14 años, Argentina está en 16. En Brasil y Uruguay la imputabilidad arranca los 18 años, pero tienen un régimen de adolescentes y niños en infracción a la ley penal a partir de los 12 años”.
En esta línea aclaró que “no es lo mismo bajar la edad de imputabilidad, que es aplicar la ley de adultos a los menores, y una cosa totalmente distinta es darle un tratamiento adecuado para aquellos menores que infringen la norma penal”. Detalló que tanto Uruguay como Brasil, “tienen un estatuto específico que rige toda la cuestión de la minoría en todos sus aspectos, no la infracción con la ley penal y con una justicia específica. Es decir, en esos dos países los menores de 18 años no son imputables, pero están sujetos a una norma juvenil, que eso es lo que hubiera sido deseable que se haga en este país”.
López Forastier comentó, también, que “dentro de la Convención de los Derechos del Niño, tratado internacional con norma y jerarquía superior a la ley interna, está el Comité de los Derechos del Niño que también ya se expresa. Argentina tiene una de ellas donde se le sugirió no bajar el régimen de imputabilidad, sino adecuar a un sistema de estas características. Entonces, bajar la imputabilidad inmediatamente nos coloca frente al incumplimiento de ese tratado”.
Estadísticas
En cuanto a la realidad estadística de los delitos cometidos por menores, señaló que “está comprobado que las estadísticas de los delitos de los menores de edad son muy bajas, se habla del 0,2% de los delitos, fundamentalmente concentrado en las grandes urbes”.
“En Misiones no hay una problemática mayor con delitos graves. El 85% de los delitos de menores están asociados a hurtos contra la propiedad”, aseguró el titular del Colegio de Abogados.
Sobre la finalidad del sistema penal, remarcó que “está para resocializar”. “Eso es la teoría, en la práctica sabemos que la cárcel y la pena es un castigo y que si hoy introducimos los menores en ese ámbito y en esa realidad, vamos a generar un castigo y no una solución a la problemática. En la base de la sociedad están los jóvenes y son los que más posibilidades tienen de resocializar”, cerró López Forastier.



