El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) aprobó un nuevo régimen único de acreditación para veterinarios privados, técnicos, inspectores sanitarios, vacunadores y otros operadores privados que participan en los distintos planes nacionales de sanidad animal y bienestar animal. La medida quedó formalizada a través de la Resolución 43/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y entra en vigencia a partir del día hábil siguiente.
La normativa reemplaza y deja sin efecto los esquemas anteriores, al establecer un trámite único, centralizado y digital en el Sistema Único de Registro (SUR), con criterios unificados de inscripción, capacitación, vigencia, reválidas y sanciones. El nuevo marco impone mayores exigencias y responsabilidades a los profesionales privados que actúan como auxiliares del sistema sanitario nacional.
Unificación y mayores exigencias
Entre los cambios centrales, la resolución establece que todas las acreditaciones tendrán una validez de cuatro años, plazo tras el cual deberán ser revalidadas. En caso de no realizar el trámite correspondiente, la habilitación será dada de baja de manera automática.
Además, se fija como obligatoria la realización y aprobación de cursos de acreditación, mayormente bajo modalidad virtual, a través del Aula Virtual del SENASA, y se exige domicilio electrónico constituido y uso permanente de los sistemas informáticos oficiales del organismo para la gestión de trámites y reportes sanitarios.
El régimen también uniforma los “roles de acreditación”, que determinan las actividades específicas que cada profesional o técnico está habilitado a realizar dentro de los distintos programas sanitarios.
Más responsabilidades en campo
La norma amplía y detalla las funciones y obligaciones de los acreditados, que incluyen, entre otros puntos, la notificación inmediata de enfermedades de denuncia obligatoria, la participación en acciones de vigilancia epidemiológica, el uso de sistemas de trazabilidad animal, la promoción de las Buenas Prácticas Pecuarias y el cumplimiento de estándares de bienestar animal.
También se refuerza el rol de los veterinarios y técnicos privados en campañas sanitarias, emergencias epidemiológicas y controles vinculados al comercio exterior, con especial énfasis en la calidad de la información sanitaria y la confidencialidad de los datos productivos.
Régimen disciplinario más estricto
Uno de los aspectos más sensibles de la resolución es el endurecimiento del régimen sancionatorio. Se tipifican como “conducta impropia” acciones como certificar prácticas no realizadas, omitir la notificación de enfermedades, emitir documentación falsa o actuar con negligencia técnica.
Las sanciones pueden incluir suspensión preventiva, baja definitiva del registro e inhabilitación por un plazo mínimo de cinco años, además de la comunicación de las sanciones a los colegios y consejos profesionales y a las autoridades provinciales competentes.
Impacto en el ejercicio profesional
Desde el punto de vista del ejercicio profesional, la resolución implica mayores controles, capacitación continua obligatoria y una trazabilidad más estricta de las intervenciones sanitarias. Si bien el SENASA fundamenta la medida en la necesidad de fortalecer la sanidad animal y garantizar estándares internacionales, el nuevo esquema plantea desafíos operativos y administrativos para veterinarios y técnicos que se desempeñan en el ámbito privado.
El organismo sostiene que la digitalización y la unificación de trámites permitirán simplificar procesos y mejorar la eficiencia, aunque el impacto real dependerá de la implementación y de la capacidad de adaptación del sector profesional.
¿A quiénes alcanza?
La Resolución 43/2026 alcanza únicamente a veterinarios y técnicos privados que:
Están acreditados o quieren acreditarse ante el SENASA, y
Intervienen en planes, programas o acciones sanitarias oficiales, como:
campañas de vacunación
muestreos sanitarios
certificaciones
vigilancia epidemiológica
tareas vinculadas al comercio exterior
programas de bienestar animal
Es decir: no regula el ejercicio profesional general, sino el rol del veterinario privado como auxiliar del sistema sanitario oficial.





