domingo, junio 7, 2026
Primera Edición
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
Primera Edición
No Result
View All Result

Publicidad engañosa: el límite entre informar y manipular al consumidor

24 noviembre, 2025

La ley exige que toda publicidad sea clara, cierta y verificable. Sin embargo, cada vez son más los casos en que lo prometido no coincide con lo que recibe el consumidor.

Promociones irresistibles, descuentos brillantes, beneficios ilimitados. La publicidad vende sueños, pero cuando esas promesas no se cumplen, el derecho interviene.

Es que, legalmente, el consumidor tiene derecho a información veraz, a cancelar compras y a reclamar daños. Pero pocos conocen el verdadero alcance de estas herramientas legales.

Publicidad engañosa: el desafío de garantizar transparencia en el consumo

La publicidad es hoy uno de los canales más influyentes en las decisiones de consumo. En redes sociales, buscadores, plataformas de venta y hasta servicios médicos o financieros, las empresas buscan captar clientes a través de mensajes breves y atractivos.

Sin embargo, cuando esas afirmaciones inducen a error o generan expectativas falsas, la ley las califica como publicidad engañosa, un supuesto que activa una serie de derechos para los consumidores y responsabilidades para los proveedores.

El artículo 42 de la Constitución Nacional establece que los consumidores tienen derecho a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno.

Ese mandato se desarrolla en la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, cuyo artículo 4 dispone que el proveedor debe “suministrar a los consumidores o usuarios, en forma cierta y objetiva, información veraz, detallada, eficaz y suficiente sobre las características esenciales de los mismos”, obligación que alcanza tanto a quienes produzcan, importen, distribuyan o comercialicen cosas, como a quienes presten servicios.

Límites legales a la publicidad

La normativa prohíbe expresamente cualquier forma de publicidad que pueda inducir a error, confusión o engaño respecto de los atributos del producto, su calidad, precio, modalidades de comercialización, promociones, cuotas o servicios incluidos. El principio rector es la transparencia: toda afirmación publicitaria debe ser comprobable y verificable.

Esta exigencia se extiende también a la identificación del proveedor. El consumidor tiene derecho a conocer quién está detrás del anuncio, su domicilio, medios de contacto y cualquier otro dato que permita formular reclamos. Ocultar información o difundir mensajes ambiguos constituye una violación legal.

Screenshot

Responsabilidad del oferente y obligación de reparar

Cuando una publicidad induce a error y el consumidor contrata en base a esa información, el proveedor es responsable por el incumplimiento. Debe respetar lo publicitado, aun cuando no esté expresamente detallado en el contrato escrito. La publicidad forma parte de la oferta y genera obligaciones exigibles.

Si el daño ya está producido -por ejemplo, un producto que no cumple lo prometido, un servicio que no incluye lo anunciado, o un precio que cambia al momento del pago-, el consumidor puede exigir la reparación integral del perjuicio.

La ley habilita también la aplicación de daño punitivo, (art.52 bis LDC), especialmente cuando el proveedor actúa con indiferencia hacia los reclamos o incurre en incumplimientos graves, como sucede en muchos casos de compras online sin entrega del producto.

Para conocer los diferentes tipos de daños que puedes reclamar, nos remitimos a nuestra nota, del 10/11/2025: “Cuando el silencio del proveedor se convierte en abuso”.

Comercio electrónico: botón de arrepentimiento y botón de baja de servicio. Deber reforzado de informar

Las ventas por internet así como la que comercialicen bienes y servicios a distancia, a través de páginas web y/o canales digitales de comercialización o formato similar, incorporan obligaciones específicas.

Los proveedores deben habilitar el botón de arrepentimiento, mediante el cual el consumidor pueda solicitar la revocación de la aceptación del producto adquirido o del servicio contratado, y de un link denominado «BOTÓN DE BAJA DE SERVICIO», mediante el cual el consumidor pueda solicitar la baja del servicio contratado, como un mecanismo simple y visible, que permita al consumidor cancelar la compra dentro de los plazos legales o la contratación del servicio respectivo.

Dichas obligaciones se encuentran plasmadas en la Disposición Nro: 954, de la Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, de fecha 4 de septiembre de 2025.

La ausencia de estos botones, o cualquier obstáculo para ejercerlo, constituyen una práctica abusiva.A su vez, las plataformas electrónicas deben informar claramente los costos totales, plazos de entrega, políticas de devolución, identidad del vendedor y cualquier condición relevante. La omisión o distorsión de estos datos configura publicidad engañosa digital.

El caso Veraz SA: datos, publicidad y consecuencias para el consumidor

La empresa Organización Veraz SA de Mandatos e Informes, dedicada al almacenamiento y difusión de historiales crediticios, también ha sido objeto de cuestionamientos por prácticas consideradas engañosas o abusivas, especialmente cuando sus mensajes sugieren que el consumidor “debe pagar” para salir de una supuesta situación irregular, o peor aún, cuando el usuario, formalizó el pago y se omite informar este hecho, al banco donde se denunció el incumplimiento; o bien, situaciones en las cuales el banco no informa que la deuda fue saldada y ésta se mantiene vigente en sus registros; o comercios que suelen realizar -intencionalmente o no- informes falsos y, en dicho caso, al afectado no le queda otra posibilidad más que acudir a la Justicia, para que se restablezca su buen nombre y honor.

Resulta de suma importancia lo que establece la ley 25.326 de protección de datos personales, que consagra el derecho a exigir que la información consignada en los bancos de datos públicos o privados, deba ser veraz y actualizada, norma que se sustenta en la garantía constitucional establecida en el art. 19 CN que consagra el derecho a la intimidad.

Ante estas circunstancias, el deudor afectado adquiere potestad para demandar a la empresa que informó falsamente, como así también al Banco Central y a la Organización Veraz SA de Mandatos e Informes.

La falta de información correcta puede dar lugar a responsabilidad, ya que los datos personales y financieros deben tratarse bajo estrictos estándares de legalidad y transparencia.

Garantizar transparencia: el verdadero objetivo de la legislación

La normativa en materia de publicidad no busca limitar la creatividad comercial, sino asegurar que las decisiones de consumo se tomen con información real, suficiente y comprobable. La transparencia es la base de una relación de consumo equilibrada.

En tiempos donde la publicidad se multiplica en redes sociales, influencers, campañas digitales y comparadores de precios, el rol del derecho es proteger a los consumidores frente a estrategias de marketing que, lejos de informar, terminan distorsionando la realidad del producto o servicio ofrecido.

Debido a esto, la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, dictó la Resolución Nro: 446, de fecha 3 de noviembre de 2025 en la que se fijan nuevas pautas para la publicidad de bienes y servicios, quedando alcanzados los influencers y las redes sociales.

Conclusión

La publicidad no es solo un recurso comercial: es un puente entre proveedor y consumidor. Cuando se quiebra la confianza, la ley debe restablecer el equilibrio y garantizar decisiones libres y transparentes.
Asimismo, la creatividad publicitaria tiene límites. Donde aparecen el engaño y la confusión, surge la responsabilidad. El desafío está en que las empresas digan lo que venden y vendan lo que dicen.
Conocer los derechos es la mejor defensa ante mensajes que prometen más de lo que ofrecen. En un mercado saturado de publicidad, la transparencia es más que una obligación legal: es un derecho fundamental.
La publicidad debe informar, no confundir. La ley lo exige. El consumidor lo necesita. El mercado lo demanda.

Fuentes:
– Brevetta Rodríguez, Miguel A (16-05-2022) “Doctrina La organización Veraz S.A. en la ley de defensa al consumidor” MJ-DOC-16572-AR||MJD16572. Recuperado en https://aldiaargentina.microjuris.com/2022/05/17/doctrina-la-organizacion-veraz-s-a-en-la-ley-de-defensa-al-consumidor/

Tags: consumidorConsumoLímitesPublicidad engañosaTransparencia
ShareTweetSendShareShare
Previous Post

Feriado: cuándo es el próximo fin de semana largo en Argentina

Next Post

Argentina firmó con Estados Unidos un acuerdo de cooperación aduanera

Radio en Vivo

Videos

Bajo la órbita de la Diócesis local y con la comunidad como su principal pilar, la institución inaugurada ayer albergará a hasta 30 personas víctimas de consumos problemáticos.
Estudiantes universitarios, personal de atención al público y trabajadores de distintos rubros se capacitan en LSA. Un cambio que recién empieza pero que ilusiona.
El Tribunal Penal 2 de Posadas halló culpable al instructor de artes marciales Richard Arnaldo Cristaldo por el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego. Antes de escuchar el veredicto, volvió a declararse inocente y cuestionó la investigación.
Las imágenes que captura de su ciudad natal son reconocidas a nivel mundial. “Soy muy feliz con lo que hago y lo tomo con mucha seriedad y responsabilidad”, admitió el comerciante, creador de la página Oberá en Fotos.
Emocionado, Antonio Filippin, hizo de anfitrión durante la jornada del domingo. Dijo que, por lo general, se reunían el 2 de junio, Día de la Independencia de Italia y elaboraban la tradicional polenta con el estofado de carne.
La concesionaria Servando Automotores realizó este viernes la presentación oficial de GAC Motors en Misiones, en un evento que reunió a empresarios, clientes e invitados especiales. Allí estuvo presente PRIMERA EDICIÓN, acompañando el desembarco de la reconocida marca automotriz china que busca posicionarse con fuerza en el mercado argentino.

Durante el lanzamiento, representantes de la firma destacaron que GAC llega con una amplia variedad de modelos y una fuerte apuesta tecnológica. Entre las opciones disponibles se encuentran vehículos híbridos, eléctricos y nafteros, pensados para competir en distintos segmentos del mercado automotor.
En Argentina crece el debate por el elevado número de cesáreas. Sucede que la Sociedad Argentina de Pediatría advirtió que esta práctica alcanza cerca del 50% de los nacimientos del país, mientras que la Organización Mundial de la Salud recomienda un máximo del 15%. En esto, se debe diferenciar el sistema público y el privado, debido al alto costo que implica este tipo de cirugías donde no todos podrían pagarlo en una clínica.
Suscribirse

FM 89.3

Primera Plana  ¿Quieres estar al tanto de lo que está sucediendo en Misiones? ¡Sintoniza Primera Plana en la FM 89.3! con Marcelo Giménez y Silvia Resoalbe! Un programa de noticias y actualidad que te mantendrá informado sobre los temas más relevantes.
Primera Plana  ¿Quieres estar al tanto de lo que está sucediendo en Misiones? ¡Sintoniza Primera Plana en la FM 89.3! con Marcelo Giménez y Silvia Resoalbe! Un programa de noticias y actualidad que te mantendrá informado sobre los temas más relevantes.
Silvio Leguía, director de la Agencia de Marketing Trending Topic, profesor y capacitador.
Facundo Cuenca, subsecretario de Comercialización de la Secretaría de Estado de Agricultura Familiar
Néstor Alfonso, referente vecinal de la Chacra 153
Alexis Jerushalmi, empresario textil
Eldorado recibe al Misionero de Pista con 60 autos, pilotos locales y gran expectativa por una fecha clave del campeonato. #Automovilismo #Eldorado #Misiones 

🏁 Todo li sto en Eldorado para la tercera fecha del Misionero de Pista. Más de 60 autos, pilotos locales y un fin de semana a pura velocidad en el autódromo Enrique Seeber. #Automovilismo #Eldorado #Misiones
McDonald’s inauguró un nuevo local en Posadas y sumará 60 empleos para jóvenes. #Posadas #McDonalds #TrabajoJoven

McDonald’s abrió su segundo local en Posadas, dentro del Plaza Shopping, y anunció la creación de 60 nuevos puestos de trabajo para jóvenes. Expectativa y movimiento en la inauguración. #Posadas #McDonalds #Empleo
Suscribirse

Lo más leído

  • Temporal en Misiones: fuertes lluvias sin consecuencias graves

    Tiempo estable y lluvias: el pronóstico para los próximos días en Misiones

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Golpe al contrabando en Misiones: secuestran mercadería por más de $1.500 millones y detienen a seis personas

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Portal energético 6/6: qué significa y cómo aprovecharlo

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • La Anónima ya tiene fecha de apertura en Posadas

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Femicidio en Posadas: Patricia se resistió, pero el agresor le provocó una grave herida en el cuello y murió desangrada

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • El mito del libre mercado en la yerba: “El INYM no está desregulado, está cooptado por la industria correntina”

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Posadas: se ofreció a limpiar el parabrisas y ante la negativa del automovilista le robó el celular

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Tras la cesión a la Nación, la autovía de la ruta 105 obtuvo viabilidad ambiental preliminar

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Hallaron sin vida a una mujer de 72 años en una vivienda de Posadas

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • La cuarta víctima de femicidio en Misiones es una empleada municipal

    0 shares
    Share 0 Tweet 0

Diario Primera Edición
Corrientes 2434, Posadas, Misiones
Todos los derechos reservados © 2022

[email protected]
[email protected]

Teléfono:  +54(0376)4420407
WhatsApp: +54(0376)4698426

No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores