El joven tenía 23 años y la menor estaba a días de cumplir los 13. No se habían visto antes y se conocieron a través de una aplicación. Pactaron reunirse en un local de reparaciones. Días después, la madre descubrió que su hija fue abusada y radicó la denuncia. El acusado llegó a debate y fue condenado, pero quedó libre supeditado a obligaciones que le impuso la Justicia.
El caso se ventiló en debate el pasado miércoles en el Tribunal Penal de Oberá. El expediente llegó elevado a juicio desde el Juzgado de Instrucción 5 de Leandro N. Alem. El joven, ya excarcelado previamente, llegó en libertad al banquillo de los acusados.
En la jornada declararon cuatro testigos y todos coincidieron en que la menor, entonces de 12 años y a poco de cumplir los 13, aparentaba una edad mayor a la que realmente tenía.
Respecto a los hechos por los cuales se desarrolló la audiencia para determinar las responsabilidades penales del encartado, estos ocurrieron el 20 de junio del año 2020, en plena pandemia.
Previamente, a través de una aplicación el joven y la menor comenzaron a hablar vía celular y quedaron en reunirse en un domicilio, debido a las restricciones de circulación y prohibición de presencia en lugares públicos que regía en ese entonces por el virus del COVID-19.
El imputado, en compañía de un amigo y dos menores de edad, una de 14 años y la víctima de 12, se reunieron en un local comercial entre la medianoche y las 3 del citado día. Allí, el implicado se dirigió a un apartado junto a la menor donde la accedió carnalmente.
La situación se mantuvo en secreto pero fue descubierta por la madre de la víctima, quien al revisar el teléfono celular notó que su hija había mantenido conversaciones con una amiga, en las cuales le contaba lo que había sucedió esa noche.
Se dirigió a la Comisaría de la Mujer a radicar la denuncia y al tratarse de un delito contra la integridad sexual, se activó el protocolo multidisciplinario para esos casos.
Las pericias médicas confirmaron la situación de abuso. Semanas después la menor fue peritada por profesionales a través de una entrevista de Cámara Gesell, con la cual la Justicia reunió más elementos para la investigación del caso.
Al respecto, según pudo saber este Diario, en la audiencia del miércoles, en base a las pruebas presentadas, se reveló que la relación entre ambos fue consentida.
El encartado dijo que no la conocía de antes y tampoco sabía la edad que ella tenía, aunque ello no lo exoneraba de haber cometido el delito de abuso sexual.
Alegatos
Al momento de los alegatos de las partes, la fiscalía solicitó la pena de 6 años de prisión para el acusado (actualmente de 28), en base al artículo 119 del Código Penal el cual establece: Será reprimido con reclusión o prisión de seis (6) meses a cuatro (4) años el que abusare sexualmente de una persona cuando ésta fuera menor de trece (13) años o cuando mediare violencia, amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder, o aprovechándose de que la víctima por cualquier causa no haya podido consentir libremente la acción.
Pedido de absolución
Por su parte la defensa solicitó la absolución por el beneficio de la duda (in dubio pro reo) o subsidiariamente por haber obrado en error respecto a la víctima, la aplicación del artículo 120 del Código Penal: Será reprimido con prisión o reclusión de tres a seis años el que realizare algunas de las acciones previstas en el segundo o en el tercer párrafo del artículo 119 con una persona menor de dieciséis años, aprovechándose de su inmadurez sexual, en razón de la mayoría de edad del autor, su relación de preeminencia respecto de la víctima, u otra circunstancia equivalente…
Cerrado el juicio oral con todas las pruebas presentadas, el Tribunal conformado por los magistrados Horacio Gabriel Paniagua, (y los subrogantes) Amado Julio Dante Carvallo y Jorge Erasmo Villalba, se retiraron a debatir la sentencia.
En la lectura del fallo se conoció la condena al acusado (cuyo nombre no se menciona para resguardar la identidad de la víctima), a la pena de 3 años de prisión en suspenso, al hallarlo autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual por aprovechamiento de la inmadurez sexual de la víctima”, artículo 120 en función del 119 del Código Penal.





