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Cobros ocultos en plataformas digitales

Cuando lo digital se vuelve opaco: la Justicia argentina sancionó a una app por cobrar propina sin informar al consumidor

23 junio, 2025
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En un reciente fallo que marca un hito en la protección de los derechos de los consumidores digitales en Argentina, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, sancionó a una reconocida plataforma de delivery por aplicar de manera automática un cargo en concepto de “propina para el repartidor”, que obliga al consumidor, en caso de no desearlo, a pronunciarse “por la negativa para que dicho cargo no se efectivice”, sin brindar información clara, previa y destacada al usuario al momento de la compra. Así, un consumidor desprevenido, podría oprimir el botón “Enviar pedido” sin advertir que se había precargado una propina.

Este caso, aunque puntual, refleja una problemática en expansión: los consumos digitales cargados automáticamente, sin el consentimiento libre e informado del consumidor. Una práctica que, en palabras del tribunal, viola la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240), específicamente el art. 35 y puede incluso configurar un abuso de posición dominante, especialmente cuando la plataforma ostenta una posición privilegiada en el mercado.

En efecto, el primer párrafo del artículo 35 de la ley 24.240, establece que “Queda prohibida la realización de propuesta al consumidor, por cualquier tipo de medio, sobre una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que genere un cargo automático en cualquier sistema de débito, que obligue al consumidor a manifestarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice”.

 

¿Qué dijo la Justicia?

La sentencia consideró, entre sus argumentos, que:

• El cobro no era debidamente informado en forma previa a confirmar la operación.

• La empresa configura como “pre elegida” la suma en concepto de propina, tratándose de un cargo no solicitado por los consumidores, que los obliga, en caso de no querer proporcionarla, a presionar la pestaña “otro” y modificar manualmente -colocando el número cero- el importe predispuesto por la plataforma, lo cual configura un cargo automático.

• Estas prácticas son de las consideradas “abusivas” en los términos del Artículo 1099 del Código Civil y Comercial de la Nación, en tanto importan una restricción a la libertad de contratar de los consumidores pues, la operatoria desplegada por la empresa, tiene la potencialidad para generar que un consumidor “desprevenido” realice un pedido sin advertir que la aplicación le ha cargado unilateralmente una determinada suma de dinero en concepto de “propina”.

• La violación al derecho del consumidor a que no se genere un cargo automático por un servicio no requerido previamente, no se ajusta a un obrar del proveedor conforme al principio de la buena fe.

Además, el fallo pone el acento en la asimetría de poder entre la plataforma y el usuario, y en la necesidad de que las grandes empresas digitales ajusten sus prácticas a las exigencias del derecho vigente en lugar de imponer condiciones por default.

Teniendo en cuenta estas pautas, a la hora de establecer el monto de la multa, se tuvo en cuenta:

i) la privilegiada posición dominante en el mercado y su poderío económico;

ii) la “alta captación de mercado, advirtiéndose la existencia de un amplio universo de potenciales consumidores afectados”;

iii) el carácter ejemplar y disuasivo de la medida sancionatoria; y iv) el informe de antecedentes de la firma recurrente.

 

El marco legal aplicable

Este tipo de conductas puede infringir diversas normas, entre ellas:

• Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, en cuanto exige información cierta, clara y detallada.

• Ley 27.442 de Defensa de la Competencia, cuando este tipo de cargos se imponen desde una posición dominante, afectando la competencia y el libre mercado.

• Código Civil y Comercial de la Nación, que exige consentimiento expreso para la validez de los contratos.

 

Peligros de esta modalidad

Estas prácticas, si no se controlan, generan:

• Cargos engañosos o no consentidos, que afectan el bolsillo del consumidor.

• Naturalización de condiciones abusivas, que luego se extienden a otros actores del mercado.

• Desprotección legal, especialmente en sectores de consumo masivo y tecnológico.

 

¿Cómo prevenirse como consumidor?

Ante estas situaciones, el consumidor debe:

• Revisar detenidamente el detalle de cada compra, incluso en apps habituales, observando, ANTES de confirmar la compra, los ítems que le serán cobrados.

• Exigir información clara sobre todos los cargos.

• Denunciar prácticas abusivas en Defensa del Consumidor (https://www.argentina.gob.ar/defensadelconsumidor).

• Usar métodos de pago que permitan impugnar operaciones no autorizadas.

 

Conclusión

Este fallo sienta un precedente importante en un mercado cada vez más digitalizado, donde las prácticas comerciales deben ir acompañadas del respeto a los derechos fundamentales de los consumidores. El consentimiento no puede ser presumido ni inducido. La transparencia no es un valor decorativo: es una exigencia legal.

Los abogados, juristas y operadores del derecho debemos seguir de cerca este tipo de resoluciones para defender la legalidad en la era digital y advertir sobre los nuevos riesgos jurídicos del consumo online.

 

Fuentes:

• Microjuris.com. Argentina. (17 de junio de 2025) “#Fallos: una propina de prepo: Se impone una multa a la plataforma digital por constatar que al realizar un pedido por la aplicación, incluye un cargo automático como “propina para el repartidor”. MJ-JU-M-155984-AR|MJJ155984|MJJ155984. Recuperado en  https://ar.microjuris.com/?Idx=136093&tipo=detail

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Tags: cobros ocultosContratos electrónicosDerechos del consumidorJurídicos de Primeraplataformas digitalespropina digital
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📻 En diálogo con #ElAireDeLasMisiones, Sandra Lezcano, presidenta de la Asociación Misionera de Agencias de Turismo, analizó el movimiento de consultas por el Mundial 2026 y el presente que atraviesa el sector turístico en Misiones y el país.

✈️ Lezcano explicó que las consultas para viajar al Mundial comenzaron en octubre del año pasado y que actualmente todavía quedan algunos paquetes disponibles, aunque con costos elevados.

💬 “La gente tiene que anticiparse para poder ir pagando. Hoy se ve muchísimo eso de congelar precios y pagar cuotas fijas en dólares”, señaló.

🏟️ Los paquetes incluyen entradas, alojamiento y vuelos internos dentro de Estados Unidos, pero no el aéreo desde Argentina hasta Miami, que será el principal centro operativo durante el torneo.

💵 Según detalló, un paquete para asistir a un partido ronda entre los 2.800 y 3.300 dólares, mientras que seguir toda la primera fase puede costar entre 8.800 y 9.500 dólares, sin contar el vuelo internacional.

🎟️ Además, remarcó que conseguir solo entradas es cada vez más difícil, ya que las operadoras oficiales trabajan con paquetes que incluyen servicios adicionales.

💬 “Creo que va a ser un boom como todo Mundial, pero la situación económica hace que muchos consulten y no confirmen enseguida”, expresó.

📈 Sobre el perfil de los viajeros, indicó que predominan las consultas por promociones, Fórmula 1 y viajes familiares, además de una fuerte tendencia a planificar con mucha anticipación.

💬 “Ya en marzo y abril había gente consultando viajes para enero, febrero y marzo del año que viene”, comentó.

🏖️ En cuanto al turismo regional, explicó que la temporada 2026 tuvo menos movimiento que la de 2025, especialmente en destinos de Brasil, aunque lugares como Búzios, Cabo Frío y Arraial do Cabo fueron de los más elegidos.

📉 “El 2026 no fue una temporada ideal. Hubo movimiento, pero no como en 2025, cuando explotó el turismo”, afirmó.

🧳 “La gente prioriza un viaje importante y empieza a pagarlo con tiempo. Eso hoy se ve muchísimo”, concluyó.
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