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Actualizan normativa de propiedad intelectual en Argentina: ¿qué implica?

Se termina el cobro de Sadaic para la música en fiestas privadas. Sin embargo afectará a quienes quieran utilizar música o películas en transmisiones en vivo, redes sociales, o cualquier otro medio digital.

28 agosto, 2024

El Gobierno nacional, a través del Decreto 765/2024, ha introducido modificaciones significativas al régimen de propiedad intelectual en Argentina. Publicado hoy en el Boletín Oficial, el decreto actualiza la normativa de derechos de autor para adaptarse a las nuevas realidades tecnológicas y sociales, garantizando una protección más efectiva para los creadores, y aclarando las obligaciones para quienes utilicen sus obras en contextos públicos y digitales. Esto puede afectar a eventos en línea, negocios que reproducen música o películas, y también facilita el uso de obras en entornos privados sin la necesidad de pagos adicionales.

Entre los cambios más destacados del decreto se pueden mencionar:

• “Ejecución Pública”: antes la definición de “ejecución pública” incluía cualquier tipo de representación o ejecución realizada en público. Ahora se aclara que la “ejecución pública” es aquella que se realiza en un espacio de acceso público, dirigido a una pluralidad de personas. No se considera “ejecución pública” cuando se realiza en un ámbito privado, ya sea de ocupación permanente o temporal. Esto significa que eventos privados, como fiestas en casa o reuniones en lugares no accesibles al público en general, no requieren el pago de derechos de autor por la música o las obras cinematográficas que se reproduzcan. Por otro lado, cualquier lugar de acceso público (como bares, restaurantes, gimnasios) seguirá necesitando autorización y pagar por la utilización de obras protegidas.

• Actualización tecnológica en la “Ejecución Pública”: antes la normativa anterior no contemplaba adecuadamente los medios digitales o electrónicos modernos. Ahora se incluye explícitamente la ejecución pública de obras musicales o cinematográficas mediante medios mecánicos, electrónicos o digitales, incluyendo Internet. Por esto, plataformas de streaming, eventos transmitidos en línea y otras formas de difusión digital están claramente bajo el ámbito de la ley, lo que implica que deben cumplir con las normativas de derechos de autor, asegurando que los creadores reciban compensación por el uso de sus obras en estos contextos.

• Regulación de los derechos de autor en nuevas tecnologías: antes la normativa no abordaba adecuadamente el surgimiento de nuevas tecnologías en cuanto a la transmisión o retransmisión de obras. Ahora se especifica que las obras musicales, cinematográficas y fonogramas no pueden ser ejecutadas públicamente o retransmitidas sin autorización expresa, incluyendo transmisiones digitales. Esto refuerza la protección de los derechos de autor en el entorno digital, lo que afectará a quienes quieran utilizar música o películas en transmisiones en vivo, redes sociales, o cualquier otro medio digital.

• Licencias y remuneración equitativa: antes la regulación de las licencias y la remuneración por la ejecución pública no estaba tan claramente definida. Ahora se aclara que la ejecución pública debe estar debidamente licenciada, y que los titulares de los derechos tienen derecho a una remuneración equitativa si alguien obtiene un beneficio económico, ya sea directo o indirecto. Esto asegura que los creadores reciban compensación justa cada vez que sus obras sean utilizadas con fines lucrativos, lo que impactará a establecimientos comerciales y empresas que utilicen obras protegidas.

El decreto entrará en vigencia a partir de mañana, 29 de agosto y se espera que tenga un impacto significativo en la forma en que se gestionan y protegen los derechos de autor en el país, adaptando la legislación a un contexto en el que las tecnologías digitales y la globalización de los contenidos son predominantes.

El Gobierno subraya que esta actualización es esencial para garantizar un equilibrio entre la protección de los derechos de autor y la realidad contemporánea de la difusión de obras artísticas y culturales en Argentina.

Tags: #MúsicaArgentinaDecreto 765/24fiestas privadasPropiedad intelectualSADAIC
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El presidente de la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), Marcelo Fernández, cuestionó con dureza el proyecto de Modernización Laboral impulsado por el Gobierno nacional y advirtió que la iniciativa fue elaborada sin la participación de los principales actores del entramado productivo, en especial de las pequeñas y medianas empresas.“No participamos de la discusión. Hacer una reforma laboral sin convocar a quienes representamos a más de 600 mil pymes es como querer armar un programa de radio sin que estén quienes trabajan todos los días al aire”, señaló Fernández en declaraciones radiales. Según explicó, las pymes concentran entre el 75 y el 80% del empleo registrado del país, por lo que su exclusión del debate “no es un dato menor”.
El Gobierno nacional anunció la reglamentación para la habilitación de estaciones de servicio móviles, una modalidad pensada para garantizar el acceso al combustible en zonas alejadas o localidades donde las estaciones fijas dejaron de operar o se encuentran en mal estado. Desde el sector empresario, el presidente de la Cámara de Estaciones de Servicio del Nordeste (CESANE), Faruk Jalaf, valoró la medida aunque advirtió sobre los desafíos económicos y operativos que implica.“En realidad es una medida que ya estaba, lo único que se ha hecho ahora es reglamentarla”, explicó Jalaf, al tiempo que destacó que la normativa aporta un marco de seguridad tanto para proveedores como para consumidores. Según indicó, “la reglamentación busca que haya garantías, que no exista riesgo de accidentes, de traslados inseguros o de robo de combustible, porque estas estaciones van a estar en zonas más aisladas”.
El debate nacional por la reforma laboral que impulsa el Gobierno volvió a encender la polémica en torno a la posible eliminación de la matrícula profesional y la colegiación obligatoria. El tema, que forma parte de un proyecto amplio que comenzará a ser tratado en el Senado, generó preocupación en distintos sectores profesionales. Sin embargo, desde Misiones llevaron tranquilidad y marcaron límites claros a cualquier intento de modificación desde la Nación.Juan Manuel Fouce, presidente de la Federación de Consejos y Colegios Profesionales de Misiones, explicó que la regulación del ejercicio profesional es una facultad que no fue delegada por las provincias al Estado nacional. “Hay facultades que no están delegadas de las provincias a la Nación. Dentro de esas facultades está la de regular las profesiones”, afirmó.
El padre Alberto Barros, párroco de Sagrada Familia y vicepresidente de Cáritas Diocesana de Posadas, expresó su preocupación por el impacto social de la crisis económica y por el “clima de soledad e indiferencia” que, según afirmó, se expande en el país. Desde su rol pastoral y social, describió un escenario “cada vez más duro” para miles de familias misioneras.“Lo que estamos viendo es un empobrecimiento generalizado. Mucha gente de clase media que nunca se acercó a una parroquia hoy pide alimentos o medicamentos.”
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