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Mujeres en estado de necesidad: vulnerabilidad y participación en el tráfico de estupefacientes

7 octubre, 2023

El concepto de necesidad, debe ser jurídica y socialmente analizado desde una perspectiva que comprenda el contexto de vida que rodea a la imputada del hecho, como ser, la falta de lo necesario o el temor para conservar la vida, entendido, como aquello que puede ser vital en un momento determinado, sea la alimentación o la medicina, y que la mujer lo necesite para ella o sus familiares o, cumplir con mandas bajo coacción.

Las personas que integramos el conjunto de la sociedad, podemos ser vulnerables en un determinado estado de necesidad, sobre todo, cuando esa necesidad insatisfecha, tenga que ver con los bienes básicos de la vida, sea que se trate de nuestra alimentación o nuestra salud, y peor aún, cuando se trata de nuestros hijos u otros familiares.

La necesidad, en determinadas ocasiones, es utilizada por algunos segmentos para la conservación del poder. Estos segmentos actúan en la clandestinidad y bajo promesa de dinero. También existen grupos o “bandas”, que pertenecen a la clandestinidad del tráfico de los estupefacientes, y que buscan conquistar el poder entre sus iguales, sobrevivir, o perdurar en él, utilizando la necesidad de sujetos que han nacido en el contexto de un seno familiar excluido socialmente, o que están viviendo situaciones de vulnerabilidad económica.

La necesidad, actúa como la gran industria de la explotación laboral, donde el necesitado, se juega su bien más preciado, que es la libertad, a cambio de lo mínimo para sobrevivir, sea, para él o para su familia.

Ahora bien, haciendo un análisis detallado del encarcelamiento por drogas, observamos que la tasa de incremento de la población carcelaria, por tráfico de estupefacientes, desde el 2002 al 2017, incrementó –según el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS)- un 252%.

En el informe, emitido por el CELS, se sostiene que: el 36% de los varones presos por delitos de drogas estaba desocupado y el 38% tenía trabajo a tiempo parcial. Solo el 24% tenía trabajo estable a tiempo completo.

Entre las mujeres, un 46% estaba desocupada, y un 29% tenía trabajo a tiempo parcial. Solo el 22% tenía trabajo a tiempo completo. Entre la población trans el 63% estaba desocupada y un 25% tenía trabajo a tiempo parcial. Concluye el análisis, refiriendo a que la infracción a la ley de drogas es la principal causa de la privación de la libertad de mujeres en la Argentina.

El análisis que se puede hacer, al observar el incremento porcentual de las mujeres encarceladas por tráfico de drogas, es que, las mismas, al ingresar como mula o pasante al universo del traslado de estupefacientes, en la mayoría de los casos, lo hace por la necesidad de supervivencia, o por la coacción que se ejerce en contra de ella.

Obsérvese, que cualquier análisis que se haga al respecto, debe tener en consideración, un análisis coyuntural del país en cuestión. Como por ejemplo, cuál es la situación laboral y económica del país donde se hace el ensayo, cuál es el nivel educativo, cuál es el estándar cultural político del país, qué formación ideológica cursan los magistrados y funcionarios.

En consecuencia, cuando se revisa las estadísticas y el motivo de las mujeres encarceladas por estupefacientes, podemos decir que algunas de ellas, lo han hecho para tener mejores condiciones de vida, otras por la necesidad de satisfacer algunas de las demandas normales de la vida, otras por haber actuado coaccionada o bajo amenazas, y otras, lo han hecho por la necesidad de supervivencia, es decir, por encontrarse en una situación de extrema vulnerabilidad. Estos son los casos de mujeres que necesitan medicamentos para sí misma o para familiares, para pagar la internación de sus hijos o para llevar comida a sus hogares.

Centrándonos en el caso que nos ocupa, la necesidad por sobrevivir, encontramos que existen varios ejemplos diseminados en las cárceles argentinas.

Podemos citar, una de las noticias que dio un diario local de Posadas Misiones, donde sostiene que un grupo de narcocriminales utilizaba a personas en situación de vulnerabilidad, que padecían una enfermedad grave, sea ella o sus hijos, utilizando sus documentos a cambio de dinero. Ello para enviar una caja con mercadería y marihuana a distintos puntos del país. Luego, y en caso de que la encomienda sea encontrada por las fuerzas de seguridad, le contratarían abogados para que ejerzan su defensa. Esta banda narcocriminal, también aseguraba dinero a la madre de una hija enferma con leucemia, si llevaba un paquete con estupefacientes, a determinados destino.

Si nos planteamos caerle con todo el peso de la ley 23.737, que refiera a la tenencia, suministro y tráfico de estupefacientes, a mujeres que han actuado bajo coacción y exclusiva necesidad propia o familiar, estaríamos evitando ver el contexto del conflicto legal, entendido como aquel que llevó a una madre coaccionada o desesperada a realizar conductas delictivas, para obtener un medicamento que necesita su hija enferma de leucemia, y además, claro está, que estaríamos desviando el foco de atención en la lucha contra los verdaderos problemas del narcotráfico.

El delito, en determinados casos no puede descontextualizarse. No puede ser analizado como si naciera únicamente en la cabeza de su autor, sin tener en cuenta el contexto que rodea el hecho, y determina la conducta del autor a realiza la acción.

Es, en consecuencia, muy difícil que el victimario elija como víctima, a una mujer cuyo bienestar socioeconómico sea el de una clase social media alta, o sea integrante de una familia estable, con trabajo formal.

El victimario, por lo general, va a buscar a mujeres que se encuentren en un estado de necesidad, es decir, que estén pasando por un momento de vulnerabilidad, por ejemplo, madres que tienen hijos enfermos, que necesitan medicación o internación. O madres, que pasan dificultades graves en sus situaciones económicas, y no pueden alimentar a sus hijos adecuadamente.

Es por ello, que la defensa penal con perspectiva de género debe ser apuntalada hacia la argumentación necesaria de estas situaciones.

La comisión del delito bajo coacción

Otro hecho que suprime la voluntad de acción, en el cual, se aprovecha la necesidad de la víctima, es en el delito de coacción, entendido como la fuerza o violencia que se ejercita sobre una persona para que diga o ejecute determinado acto.

En este tipo de conductas, el victimario también se aprovecha de la necesidad de la víctima, y amenaza con ejercer violencia sobre ella o sus familiares si no comercializa estupefacientes.

Por lo general, las víctimas que son elegidas para ejercer coacción, siempre pertenecen al género femenino, que se encuentran en un contexto de necesidad y vulnerabilidad, como ser, problemas de salud, con familiares gravemente enfermos, aisladas de su entorno familiar, o pasando un contexto de exclusión sociolaboral que no le permite los ingresos básicos para la supervivencia.

La víctima, ante el hecho amenazante, no tiene otra opción que cumplir con lo exigido por su victimario.
En este sentido, cuando la misma enfrenta los procesos penales, suele declararse culpable, sin defenderse adecuadamente, o siendo representada por una defensa ineficaz, a veces pagada por el propio victimario.

Es por ello, que el defensor debería tener una especial atención al momento de reunirse con su representada, ya que si ella está actuando bajo amenaza, es probable que oculte toda la información que beneficie su libertad en el proceso.

Si bien es difícil aportar elementos de prueba que así lo determinen, el tribunal debe tener en cuenta la situación económica de la víctima, donde claramente se demuestra, que no es una actividad habitual de vida, ya que la procesada no vive conforme a los estándares de quien se dedica a este tipo de delitos.

Es aconsejable, que nuestro país redireccione su objetivo en la lucha contra el narcotráfico, y sus penas elevadas, contra las mujeres –mulas o pasantes- que, por encontrarse en una situación de vulnerabilidad, acceden a ingresar al mercado de tráfico de estupefacientes.

Y, es por ello, que el juzgador penal, debe replantearse cuanto poder de decisión tiene una mujer que realiza una conducta bajo coacción y cuya negativa de participar en el hecho, le podría costar la vida.

 

– Fuente: Ensayo del autor de la nota, publicado en la Revista Pensamiento Penal N° 434, Agosto de 2022, “La necesidad en el delito de tráfico de estupefacientes. Un aporte desde la defensa penal con perspectiva de género”.

Tags: delito de coacciónJurídicos de PrimeraMujeres en estado de vulnerabilidadTráfico de estupefacientes
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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