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Contratos de adhesión: ¡Cuidado con la “letra chica”!

Recomendaciones al consumidor.

23 septiembre, 2023

Desde hace algún tiempo, muchos usuarios y consumidores, vienen realizando distintos reclamos respecto a los contratos de adhesión, que a muchos los envuelve en un ir y venir judicial, y en otros casos, significa un gasto de dinero para una defensa legal y los costos de procedimiento.

Ahora bien, ¿Qué es un contrato de adhesión? El código C y C., lo define en su art. 984 como: “… aquél mediante el cual uno de los contratantes adhiere a cláusulas generales predispuestas unilateralmente, por la otra parte o por un tercero, sin que el adherente haya participado en su redacción”

Pero explicado en términos simples, se lo puede definir como: “Aquellos contratos cuyas cláusulas han sido propuestas por una sola parte, por el proveedor o vendedor, sin que el consumidor – la otra parte-, pueda alterar o modificar su contenido”. Un ejemplo claro es: el transporte público, servicios básicos, apertura de línea de crédito, entre otros.

Es decir, una de las partes pone las reglas del juego, si la otra quiere jugar, tiene que aceptar las reglas sin objeciones, de lo contrario, debe de rechazar el contrato.

En la actualidad, es habitual que al contratar un servicio y realizar determinadas compras –por ejemplo, al abrir una cuenta en un banco, obtener una tarjeta de crédito, comprar un auto o un teléfono celular- se le pida al cliente la firma de contratos de adhesión que son confeccionados por las empresas en base a un modelo único, y donde el cliente solo puede firmar el contrato.

Estos contratos de adhesión, en ocasiones suelen traer muchos conflictos a las personas que aceptan las condiciones, sin antes haber leído el contrato, o peor aún, sin antes fijar la vista en la “letra chica” que se encuentra al final del contrato.

En determinados contratos, hay cláusulas que pueden ser abusivas y perjudiciales para el consumidor. Esto se puede dar, cuando se limita la responsabilidad de la empresa, que significa la renuncia o restricción de los derechos del consumidor o se amplían los derechos de la otra parte, entre otros casos.

¿Qué puedes hacer en los casos donde te sientes vulnerado por encontrarte con cláusulas abusivas?

La ley aclara que la interpretación del contrato, en caso de un pleito judicial, siempre debe resolverse en el sentido más favorable para el consumidor, por ser la parte más vulnerable. Es decir, que cuando existan dudas sobre los alcances de su obligación, se optará por la que sea menos gravosa para el cliente.

La ley también prevé, a favor del consumidor, que éste tendrá derecho a demandar la nulidad del contrato o la de una o más cláusulas cuando el oferente incurra en estas acciones: a) Viole el deber de buena fe en la etapa previa a la conclusión del contrato o en su celebración. b) Transgreda el deber de información adecuada. c) Incumpla la legislación de defensa de la competencia o de lealtad comercial.

Ahora bien, ¿qué es esta “letra chica” que aparece en los contratos de adhesión?

Son cláusulas de los contratos de adhesión con letras muy pequeñas, que dificultan su lectura y comprensión. Y es por esto, que a todos los contratos de consumos se les exige un tamaño de 1,8 milímetros de altura, exigiendo además que cualquier cláusula que deba ser destacada, tiene que consignarse en negritas y en un tamaño superior al resto del texto.

Suele ser habitual que la “letra pequeña” de los contratos, se considere como sinónimo de “trampa” –en el vocabulario del abogado-. y por ello, antes de firmar un contrato decimos “no te olvides de leer y entender la letra pequeña” de esta manera, el consumidor se encuentra a diario, con numerosos contratos en diferentes ámbitos: seguros, compras a plazos, tarjetas de crédito, financiaciones etc., con una serie de condiciones y cláusulas escritas en letra pequeña y en los que no se reparaba precisamente al pasar inadvertidos por su reducido tamaño, y que, sin embargo, vinculaban a los intervinientes, con evidente ventaja para el que redactaba el contrato -la entidad financiera, la compañía aseguradora o similar-, siendo ésta una característica recurrente al tratarse de contratos de adhesión, redactados unilateralmente y de forma idéntica por uno de los contratantes.

Teniendo en consideración lo expuesto hasta aquí, es menester recordar que un contrato genera derechos pero también obligaciones. Por consiguiente, tu obligación como consumidor o usuario es: leer bien antes de firmar cualquier documento. No firmes si hay espacios en blanco. Debes tener presente que los contratos pueden tener formas no tradicionales, como solicitudes o formularios, pero sus efectos son idénticos. Exigí siempre una copia de lo que firmas. Y, leer y entender la letra pequeña.

Constantemente nos estamos vinculando con la sociedad de consumo, es por eso que debemos estar atentos a todas las firmas que estampamos en cualquier tipo de contratos, pero mayor atención debe recaer sobre aquellos contratos que son de adhesión, donde no podemos discutir respecto a las cláusulas, y solo podemos firmar consistiendo lo establecido.

Mayor rigor de atención debemos tener a la hora de observar, leer y comprender la letra chica de esos mismos contratos. Buscando siempre, en caso de conflicto, un asesoramiento por un letrado matriculado.

Tags: Contrato de AdhesiónDefensa del ConsumidorJurídicos de Primera
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Con la llegada de diciembre y las altas temperaturas, se repite un fenómeno habitual: la “carrera desesperada” de muchas personas para llegar en forma al verano. Gimnasios repletos, rutinas intensivas y dietas extremas marcan la agenda, aunque especialistas advierten sobre los riesgos de intentar en semanas lo que no se hizo durante todo el año.El deportólogo Horacio Melo lo resumió con claridad: “Siempre ocurre lo mismo en esta época del año, comienza la locura, el deseo de mejorar nuestro físico, estar ahí ideal y perfectos para fin de año”. Sin embargo, afirmó que pensar en cambios drásticos a esta altura “es muy difícil y puede ser peligroso”.
A pocos días de las Fiestas y con miles de familias preparando escapadas a distintos puntos del país y a Brasil, el abogado especialista en Seguridad Vial, Luis Di Falco, brindó una serie de recomendaciones indispensables para evitar contratiempos en la ruta y viajar con tranquilidad.“Lo primero es tener todo en regla: el auto en condiciones y la documentación completa”, señaló Di Falco al inicio de la entrevista. Y remarcó que antes de cualquier viaje “siempre hay que ir al mecánico, revisar cubiertas, controlar el auxilio y asegurarse de que esté inflado”, porque muchos turistas “descubren a mitad de camino que el auxilio estaba pinchado desde hace meses”.
En el Día Nacional del Ciclista, la voz de Héctor Aníbal Bernal —mecánico de bicicletas desde hace más de 50 años, integrante de Masa Crítica y un apasionado impulsor del transporte sustentable— vuelve a poner sobre la mesa la importancia de seguir construyendo una ciudad segura para quienes pedalean cada día.Bernal, que comenzó a trabajar entre herramientas y ruedas “a los 17 años”, recordó que su vínculo con este medio de transporte nació en su propia familia. “Yo fui a ayudarle a un tío que era bicicletero… y ahí me surgió la idea de apoderarme del oficio y después hice una profesión”, contó. Hoy, con 67 años, asegura que aún vive “una conversación con el elemento” cada vez que pedalea.
En Misiones se presentó la 16ª edición de la campaña provincial “Digamos No al uso de la pirotecnia”, impulsada por el Ministerio de Salud Pública. La iniciativa busca reducir accidentes y quemaduras durante las Fiestas, especialmente en niños y niñas. Desde su inicio, los casos bajaron de unos 20 pacientes por fin de año a solo 2 en 2024. La campaña destaca la importancia de la concientización, las normativas vigentes y la responsabilidad familiar para proteger también a adultos mayores, mascotas y personas con sensibilidad auditiva.#NoALaPirotecnia#PrevenciónDeQuemaduras#FiestasSeguras#SaludPública#Misiones
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