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Cómo regularizar la documentación de una propiedad en sucesión

Derecho Sucesorio en Materia Notarial. Cuál es el rol de notario

2 septiembre, 2023

Para empezar, en primer lugar nos preguntamos ¿qué es una sucesión?, ¿cuándo colaboramos con la Justicia, con el juzgado o con el juez?, todo ello, desde nuestra profesión como Notarios.

Empezaremos explicando qué es la sucesión: es el proceso de trasmisión de los bienes de una persona hacia sus herederos y legatarios. El derecho sucesorio es una rama del Derecho Civil que regula la transmisión de los bienes y los activos de una persona fallecida hacia sus herederos y legatarios, así como los derechos y las obligaciones entre las partes implicadas. El llamado a recibir la sucesión se llama heredero.

¿Qué es el derecho sucesorio en la Argentina? Es el proceso por el cual se identifica a los herederos, se determina el contenido de la herencia, se cobran los créditos del causante (la persona fallecida), se paga las deudas y se entregan los bienes. Existen dos tipos de sucesiones: Sucesión intestada, que es la regulada por la ley porque la persona que falleció no hizo un testamentario. Y sucesión testamentaria, donde la persona fallecida ha dejado un testamento.

¿Quién tiene derecho a la sucesión? Ciertos parientes en línea recta (ascendientes/descendientes) y el cónyuge, tienen derecho a recibir dos tercios de la herencia del fallecido o causante, independientemente de la voluntad del causante.

¿Quién puede iniciar un proceso de sucesión? Puede ser iniciada por todas las personas que tengan un interés legítimo para hacerlo (hijos, cónyuge, acreedores), pudiendo denunciar a otros herederos, quienes serán citados para hacer valer sus derechos, además de las citaciones por edictos que la ley dispone.

¿Qué es la declaratoria de herederos? Una vez cerrado el término para la presentación de los herederos, el juez dicta una resolución en la cual se reconoce el carácter de heredero universal a una o varias personas.

¿Qué ocurre cuando hay inmuebles dentro de la sucesión? En estos casos los herederos deberán proceder a denunciar el o los bienes pertenecientes a la persona fallecida y seguir todos los pasos procesales dentro de la sucesión, que culminarán con la partición de la herencia y la adjudicación a los herederos, la cual deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad Inmueble para su oposición a terceros.

¿A quién o a quiénes pertenecen los inmuebles que se encuentran dentro de la Sucesión? Nuestra legislación establece que, la muerte real o presunta de una persona, causa la apertura de su sucesión y la transmisión de su herencia a las personas llamadas a suceder por el testamento o por la ley y que, sus herederos continúan en la posesión de todo aquello sobre lo cual el difunto era poseedor y tienen todos los derechos y acciones que tenía el fallecido (con excepción de los que no son transmisibles por sucesión). Asimismo, la ley determina que siempre que exista más de un heredero, se produce un estado de indivisión de los bienes integrantes del acervo hereditario, significando esto que, desde la muerte de su titular, los bienes no pertenecen a ningún heredero de manera individual. Esta indivisión hereditaria, solo culmina con la PARTICIÓN DE LA HERENCIA.

“DESDE LA MUERTE DE SU TITULAR, LOS BIENES NO PERTENECEN A NINGÚN HEREDERO EN FORMA INDIVIDUAL, SINO A TODOS EN IGUAL FORMA Y DE MANERA INDIVISA HASTA LA PARTICIÓN”.

¿Puedo vender el inmueble que está dentro de la sucesión? ¿Cómo lo hago? La forma de vender un inmueble que está dentro de la sucesión, dependerá del momento procesal en el cual la sucesión se encuentre. Así, si ya se ha dictado la declaratoria de herederos, la venta se efectúa a través de una CESIÓN DE DERECHOS HEREDITARIOS, en la cual los herederos ceden sus derechos respecto a ese inmueble en particular. Luego, quien adquiere el inmueble, deberá presentarse a la sucesión a fin de solicitar la ADJUDICACIÓN de ese bien a su nombre. Si el inmueble ya está adjudicado a los herederos, pero aún no se inscribió la adjudicación en el Registro de la Propiedad Inmueble, los herederos pueden vender el inmueble adjudicado y luego se efectúa una ESCRITURA SIMULTÁNEA desde la persona fallecida (que es quien figura como titular de la propiedad en el Registro) a los herederos y en la misma escritura, la venta de éstos a favor del nuevo comprador.

Por lo tanto, cuando se trata de perfeccionar una venta referida a bienes registrables (casas, departamentos, lotes, terrenos, campos, automotores o embarcaciones, como las embarcaciones pequeñas que son bienes registrables), que se encuentran dentro de una sucesión, la legislación vigente impone el cumplimiento de ciertos requisitos que deben satisfacerse previamente para llevar adelante este tipo de actos de enajenación.

Debido a la complejidad y particularidad de cada uno de los casos, es muy importante la consulta al escribano para recibir el debido asesoramiento, quien efectuará las preguntas del caso, solicitará la documentación que necesite y encuadrará el negocio jurídico dentro de la legislación vigente.

 

Tags: Derecho SucesorioDerecho Sucesorio en Materia NotarialJurídicos de PrimeraSucesiones
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#fauna #misiones #ohana
En un contexto de creciente éxodo laboral desde Misiones hacia Brasil, motivado por la necesidad económica y la temporada de cosechas, autoridades provinciales advirtieron sobre los riesgos de estafas, explotación laboral y situaciones de trata de personas. Desde la Vicegobernación de Misiones, la Coordinación de Prevención, Protección y Asistencia a Víctimas y Testigos de la Trata y Tráfico de Personas puso el foco en la información y la prevención como herramientas clave.

La licenciada Yanina Boschmann, coordinadora del área, explicó que este fenómeno “no es nuevo, se repite todos los veranos cuando coincide la cosecha en Brasil con la interzafra en Misiones”, aunque remarcó que “la situación económica actual aumenta la vulnerabilidad y hace que más personas decidan irse a trabajar al otro lado de la frontera”.
El abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez lanzó duras críticas a dos de las principales iniciativas impulsadas por el Gobierno nacional en las últimas horas: la creación de la denominada Oficina de Respuesta Oficial y el proyecto de Ley Penal Juvenil que propone bajar la edad de imputabilidad a los 13 años. En ambos casos, advirtió sobre posibles vulneraciones a la Constitución Nacional y a los tratados internacionales de derechos humanos.

En diálogo con El Aire de las Misiones  Gil Domínguez sostuvo que la nueva oficina anunciada por el Ejecutivo constituye “un claro intento de ejercer censura indirecta”, una práctica prohibida tanto por la Constitución como por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “La censura indirecta es la más compleja, porque no opera mediante prohibiciones explícitas, sino a través de prácticas estatales que generan un temor fundado a expresarse y producen un efecto disuasivo sobre la libertad de expresión”, explicó.
La Fundación Ohana expresó una profunda preocupación por los reiterados hechos de crueldad contra la fauna silvestre nativa, vinculados a la captura, tenencia y utilización de animales con fines de mascotismo y comercio ilegal. Así lo manifestó su presidente, Fernando Piesco, en diálogo telefónico, donde alertó sobre el impacto ambiental, social y ético de estas prácticas que se repiten en la provincia de Misiones.

“Es un tema lamentablemente recurrente y por eso agradecemos la visibilización, porque solo así se pueden tomar medidas que tiendan a una solución definitiva”, señaló Piesco, quien además es referente en conservación de fauna silvestre.

El dirigente hizo referencia a un video difundido recientemente por la fundación en el que se observa a un coatí muerto y a su cachorro intentando escapar. “Es una escena muy cotidiana, sobre todo en algunas comunidades, donde se han ido perdiendo prácticas ancestrales de cuidado y respeto por la naturaleza para dar lugar al uso de la fauna para mascotismo o comercio, algo que culturalmente no existía”, explicó.

Según Piesco, estas prácticas generan un grave daño no solo a los animales individuales, sino también a la biodiversidad en general. “En época de pichones de loros sacan a las crías para venderlas; en la de coatíes o monos, matan a las familias para quedarse con los cachorros. Esto provoca situaciones de maltrato y crueldad que afectan seriamente a las poblaciones silvestres”, advirtió.
La firma del acuerdo de comercio e inversión entre Argentina y Estados Unidos, celebrada por el Gobierno nacional como un paso clave para incrementar exportaciones en más de 200 productos, abrió un debate inmediato en distintos sectores de la economía. Desde el comercio y la producción, surgen dudas sobre la capacidad del país para sostener mayores ventas externas sin afectar el abastecimiento interno, especialmente en el rubro cárnico.

Nelson Lukowski, comerciante de la ciudad de Posadas, planteó reparos sobre el contexto productivo actual y advirtió que “antes que nada tenemos que ver si realmente la Argentina está en condiciones de abastecer con todos esos productos que se anuncian”.

En ese sentido, fue especialmente crítico sobre la situación de la ganadería. “Argentina viene de décadas de destrucción de lo que es la cría de ganado. Hoy países vecinos como Uruguay y Paraguay son los principales exportadores hacia Estados Unidos, Europa y China, mientras nosotros nos ocupamos durante años de destruir nuestra producción”, sostuvo.
La reciente creación de la denominada “Oficina de Respuesta Oficial” por parte del Gobierno nacional abrió un fuerte debate político y mediático en torno a la libertad de expresión, el rol del Estado frente a la información y la relación con la prensa. El anuncio, realizado a través de redes sociales, generó reacciones inmediatas de periodistas, organizaciones del sector y analistas políticos.

En diálogo con Primera Plana , Facundo Londero, analista político de la consultora Zuban Córdoba, sostuvo que se trata de una iniciativa que todavía presenta muchas incógnitas. “Se lanzó hace apenas unas horas vía Twitter esta nueva cuenta y esta oficina que va a servir, en principio, para desmentir operaciones mediáticas. Todavía no sabemos bien cuál es su lugar en el organigrama oficial ni cómo va a funcionar en términos formales”, explicó.

Según Londero, la propuesta recuerda a experiencias impulsadas en Estados Unidos durante la presidencia de Donald Trump. “Es muy similar a lo que funciona allá, una oficina pensada para desmentir, pero también para confrontar directamente con ciertos medios cuando hay publicaciones que el gobierno considera erróneas o tergiversadas. Javier Milei replica muchas de esas modalidades comunicacionales”, analizó.
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