domingo, febrero 15, 2026
Primera Edición
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores
No Result
View All Result
Primera Edición
No Result
View All Result

Pactos de convivencia, protección de la vivienda familiar y compensación económica

25 febrero, 2023

Hemos tratado, en la nota anterior, lo que ocurre con los bienes adquiridos durante la Unión Convivencial (UC), en el caso de ruptura de la convivencia. Dijimos que los mismos se mantienen en el patrimonio de quien figura como propietario, y que esta es una de las grandes diferencias que existen con relación a la institución del matrimonio, en donde los bienes se organizan en base a un régimen de comunidad, distinguiéndose entre los bienes propios y los bienes gananciales.

También dijimos que la ley prevé la posibilidad de celebrar Pactos de convivencia, a fin de regular ciertas cuestiones que a los convivientes les interese dejar establecidos, referidos principalmente a las consecuencias de la unión tanto durante como al finalizar la misma.

En primer lugar, estos pactos deben ser hechos por escrito y solo podrán tener efectos para las partes, mientras no se encuentren registrados.

En segundo término, el Código regula el contenido de estos pactos en el artículo 514, mencionando que en ellos se puede regular la contribución a las cargas del hogar durante la vida en común, a cuál de los convivientes se le atribuirá el hogar común en caso de ruptura y cómo se dividirán los bienes comunes en dicho caso, entre otras cosas.

Estos pactos no pueden dejar sin efecto el deber de asistencia, la contribución a los gastos del hogar, la responsabilidad por deudas frente a terceros y la protección de la vivienda familiar, regulados en los artículos 519 a 522 del CCCN.

Tampoco pueden ser contrarios al orden público, al principio de igualdad de los convivientes, ni afectar sus derechos fundamentales.

Pueden ser modificados o rescindidos por acuerdo de ambos convivientes y se extinguen para el futuro en caso de cese de la convivencia.

No obstante, para que estos pactos puedan tener efectos frente a terceros, es necesario que tanto los pactos, como sus modificaciones o rescisión, sean inscriptos en los registros pertinentes, así como también es necesaria la inscripción del instrumento en el que conste la ruptura de la convivencia, para acreditar el cese de la unión convivencial

Protección de la vivienda familiar

El legislador consideró muy importante proteger la vivienda familiar, protección que rige solamente respecto de las UC que han sido inscriptas (art. 522 CCCN), estableciéndose dos tipos de protecciones:

1) Ninguno de los convivientes podrá disponer (vender, donar, etc.) sin el asentimiento del otro conviviente. Tampoco puede disponer de los muebles indispensables de la vivienda ni puede transportarlos fuera de la vivienda.

2) La vivienda familiar no puede ejecutarse por deudas, excepto que la deuda haya sido contraída por ambos o por uno de ellos con el asentimiento del otro.
En caso de cese de la convivencia, el USO del inmueble que fue la sede de la UC puede ser atribuido a uno de ellos, en dos casos:

a) Si tiene a su cargo hijos menores de edad, con capacidad restringida o con discapacidad.

b) Si acredita extrema necesidad de vivienda y la incapacidad de procurársela en forma inmediata.

No obstante, el juez debe fijar el plazo por el cual se atribuye la vivienda que no puede exceder de dos años, contados desde el momento del cese de la convivencia

También el juez puede disponer una renta compensatoria por el uso del inmueble a favor del conviviente a quien no se le atribuye la vivienda, que el inmueble no pueda ser enajenado durante el plazo previsto sin acuerdo de ambos, que el inmueble en condominio entre ambos no pueda ser partido ni liquidado. Es necesario recalcar que para que tengan efectos ante terceros, todas estas decisiones requieren inscripción registral.

Si el inmueble que fue sede de la unión es un inmueble alquilado, el conviviente no locatario puede continuar con la locación hasta el vencimiento del contrato, en cuyo caso estará obligado al pago del alquiler y a las garantías que figuren en el contrato.

Este derecho de atribución cesará por cumplimiento del plazo dispuesto judicialmente, por cambio de las circunstancias que se tuvieron en cuenta para la atribución de la misma, y por causas de indignidad previstas en materia sucesoria.

En caso de muerte de uno de los convivientes, es posible que, el conviviente supérstite que carece de vivienda propia o de bienes suficientes para acceder a ésta, pueda invocar el DERECHO REAL DE HABITACIÓN GRATUITO por el plazo máximo de dos años, sobre el inmueble propiedad del causante que fue sede del hogar familiar, derecho que se extingue, si el conviviente supérstite forma una nueva UC, contrae matrimonio, adquiere una vivienda propia habitable o bienes suficientes para acceder a ésta.

Conclusiones

Vemos un gran avance legislativo ante el vacío anterior a la entrada en vigencia del nuevo CCCN, que ha establecido una serie de normas para proteger a las UC.

No obstante, se trata de una institución familiar distinta al matrimonio, cuyas diferencias están dadas en los efectos jurídicos diferentes que tienen en uno y en otro caso.

Por lo tanto, conociendo las diferencias, cada pareja podrá elegir el modelo que más se adapte a su proyecto de vida en común, teniendo en cuenta las particularidades, enfoque y objetivos que tengan, hacia el futuro, cada una de ellas.

Compensación económica (art.524)

Otro derecho que reconoce la ley en caso de cese de la UC es el derecho a una compensación económica, en favor del conviviente que sufre un desequilibrio manifiesto que implique un empeoramiento de su situación económica, a causa de la ruptura.

Esta compensación puede consistir en una prestación única o en una renta por un tiempo determinado que no puede ser mayor al plazo de duración de la UC.

Puede pagarse la compensación en efectivo, con el usufructo de determinados bienes, de cualquier otro modo que convengan las partes o que, en su defecto, decida el juez, teniendo en cuenta las bases establecidas en el artículo 525 del CCCN.

 

Tags: Jurídicos de PrimeraPactos de Convivenciaprotección de la vivienda familiar
ShareTweetSendShareShare
Previous Post

Cesó el alerta amarilla por lluvias y tormentas en Misiones

Next Post

Clasificados del Domingo 26 de Febrero de 2023

Radio en Vivo

Videos

Lo advirtió el docente Fabián Doretto, quien se desempeña como personal único en una escuela de Campo Ramón. Quien fue distinguido como el “Maestro del Año” en 1999, invitó a tomar conciencia porque “están quedando despobladas, bajando de categoría y se cierran secciones, que son fuentes de trabajo”.
La baja presión y los permanentes cortes en ciertos horarios del día, empujan la bronca vecinal durante la ola de extremo calor. La semana pasada el barrio padeció cuatro días sin servicio.
Desde las 19 horas de este viernes, la costanera de Villa Lanús se llenará de brillo, ritmo y color con el inicio oficial de los Carnavales Posadeños 2026. Las comparsas mostrarán el trabajo realizado durante las últimas semanas, renovando el legado de una de las celebraciones más tradicionales de la ciudad. Actualmente, las agrupaciones confirmadas son Arcoíris, Afrodita, Guazú Samba, Sambatuque, Deisy, Beisa Carioca y Beleza, provenientes de distintos barrios de la ciudad.
Desde la Cámara de Turismo de las Sierras Centrales de Misiones salieron a advertir que, si bien la demanda de viajeros se mantiene, las reservas se desvían al alojamiento ilegal. Exigen fiscalización urgente y preparan una presentación legal.
El uso diario, el costo del transporte y el interés deportivo impulsan la demanda en bicicleterías y talleres.
Con índice extremo de peligrosidad, organismos provinciales coordinaron acciones de prevención y respuesta, definieron una agenda de trabajo desde febrero y solicitaron un informe a Nación para reforzar el abordaje integral frente al riesgo de incendios.
Investigadores del INTA impulsan desde hace un par de años la Agricultura 4.0 mediante el uso de inteligencia artificial, monitoreo satelital y modelos de bajo costo para pequeños productores. El objetivo es cerrar la brecha entre los pequeños yerbateros y los gigantes tecnológicos.
Suscribirse

FM 89.3

"El Aire de las Misiones" en modo verano
 ¡Sintoniza la FM 89.3 para escuchar a Lodi Caballero en EL AIRE DE LAS MISIONES!
 Con sus voces y estilos únicos, te mantendrán entretenido e informado con noticias, música y entrevistas interesantes.
Producción: Patricia Flores, Viviana Bonada.
Operación Técnica: Nicky Zalazar
📻 En diálogo con #PrimeraPlana, Cynthia Benzion, abogada laboralista y expresidenta de la Asociación de Abogados y Abogadas Laboralistas de la Argentina, analizó el proyecto que hoy se debate en el Senado y sostuvo que se trata de “una reforma profunda” que cambia el eje protector del derecho del trabajo.
📻 En diálogo con #PrimeraPlana, la Dra. Luciana Sommer Aromí, docente de Derecho Penal de la Universidad Católica de Santa Fe y de Procesal Penal y Litigación Oral en la UNNE, analizó el proyecto de Régimen Penal Juvenil que obtuvo dictamen y podría reducir la edad de imputabilidad de 16 a 14 años.
Primera Plana en Verano☀️ | 89.3 FM Santa María de las Misiones

📻¡Actualidad, música y buena energía para tu tarde de verano!

📻 Sintoniza la FM 89.3 para disfrutar de la mejor programación: Noticias, música y la mejor compañia para terminar el día con la mejor onda!!!!
La humorista misionera Mariana Ladaga presenta “Experiencia Sin Valentín”, un show que mezcla monólogo, participación del público y humor sobre el amor y el desamor. Una propuesta distinta para el 14 de febrero, con música en vivo y dinámicas interactivas.
#HumorMisionero #SanValentín #StandUp 

Mariana Ladaga propone un show que combina humor, anécdotas y participación del público para vivir San Valentín sin solemnidad. Música, juegos y risas para todos. 😂🎤 #Humor #Misiones 

📌 “El humor es la mejor forma de atravesar el amor y el desamor.”
✅ Entrevista a Mariana Ladaga en FM de las Misiones
👇
La Dra. Luciana Sommer Aromí analiza el proyecto que baja la edad de imputabilidad a 14 años. Explica por qué considera que la reforma no resuelve el problema del delito juvenil, los riesgos para los adolescentes y las dificultades operativas que enfrentarían las provincias. 

#RégimenPenalJuvenil #JusticiaJuvenil #DebateLegislativo

Sommer advierte que bajar la edad de imputabilidad no reduce delitos y deja impunes a adultos que usan menores. Señala riesgos en cárceles y falta de recursos provinciales. ⚠️👥 #Infancia #Justicia 

📌 “Se intenta tapar el sol con un dedo: la baja de edad no soluciona el problema.”
✅ Entrevista a la Dra. Luciana Sommer Aromí en FM de las Misiones
👇
La abogada laboralista Cynthia Benzion analiza los puntos centrales de la reforma laboral en debate, sus efectos sobre los derechos de los trabajadores y los posibles cuestionamientos constitucionales. Explica por qué considera que la iniciativa implica retrocesos y cómo podría impactar en el sistema laboral argentino.
#DerechoLaboral #ReformaEnDebate #CongresoArgentino 

Benzion advierte que la reforma laboral reduce protecciones y contradice principios constitucionales. Señala riesgos para trabajadores y anticipa futuras impugnaciones judiciales. ⚖️📉 #Trabajo #Argentina 

📌 “No es una reforma cosmética: quita derechos y debilita la protección laboral.”
✅ Entrevista a Cynthia Benzion en FM de las Misiones
👇
Suscribirse

Lo más leído

  • De un verano en pleno agosto al frío polar pasando por tormentas: cómo será el abrupto cambio de clima en Misiones

    EL SMN emitió una alerta por lluvias y tormentas fuertes en Misiones

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Cuál es el truco para seguir usando Magis TV y Xuper TV en Argentina

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Se normaliza la circulación en la ruta 12 en Montecarlo

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Advierten por un frente frío que traerá lluvias y tormentas a Misiones: qué día

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Orembaé presentó un amparo por falta de acceso a información sobre el relleno en la Isla del Medio

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Cambia para siempre el funcionamiento de los registros automotores del país

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Ofrecen recompensa de 5 millones de pesos por datos de dos prófugos del narcotráfico

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • La reunión por el salario docente en Misiones pasó a un cuarto intermedio hasta el viernes

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • La Justicia Federal revocó una cautelar que suspendía una tasa municipal al Banco Nación en Oberá

    0 shares
    Share 0 Tweet 0
  • Huerta en casa en febrero: qué sembrar y cómo cuidarla

    0 shares
    Share 0 Tweet 0

Diario Primera Edición
Corrientes 2434, Posadas, Misiones
Todos los derechos reservados © 2022

[email protected]
[email protected]
+54(0376)4420407 / 4 440054 / 4427639 / 4426712
No Result
View All Result
  • Inicio
  • Política y Economía
  • Nacionales
  • Información General
  • Policiales
  • Deportes
  • Sociedad
  • Suplementos
    • Eco y Agro
    • Enfoque
    • Río Arriba
    • Jurídicos de Primera
    • Ko’ape
    • Sexto Sentido
    • Turismo
  • Y mucho más
    • Fúnebres
    • Agrupados
    • Servicios
    • Espectaculos
    • Música
    • Cultura
    • Opinion
    • Internacionales
    • Cartas de Lectores