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Garupá: habrá registro obligatorio para empadronar a los canes

4 diciembre, 2020
Imagen ilustrativa

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El Municipio de Garupá dispondrá de un “Padrón de Canes” en el cual la inscripción deberá efectuarla el dueño, guardador o tenedor del animal, quien deberá ser mayor de 18 años de edad. Así lo establece uno de los principales puntos de la Ordenanza N°505 que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia el último martes 1 de diciembre, que además busca ponerle límites a los animales que deambulan en la vía pública y promover la tenencia responsable de los mismos.

Consultado sobre la ordenanza, el concejal Miguel Rauber, autor del proyecto, explicó a PRIMERA EDICIÓN que “el espíritu de la ordenanza intenta definir los derechos pero también las obligaciones de los tenedores de mascotas, animales de compañía y comenzar con una legislación que permita no solamente el cuidado responsable sino también fomentar las adopciones y castraciones, para ir frenando la sobrepoblación de mascotas que tenemos hoy en Garupá en las calles”.

En uno de los artículos se remarca la creación del Registro de Animales Comunitarios y Perros Potencialmente Peligrosos (PPP), siendo sus propietarios guardadores o tenedores, los responsables de registrarlos. Además, en la propiedad donde viva el animal debe contar con un cartel identificatorio y visible con la leyenda “Perro Potencialmente Peligroso”.

Rauber apuntó que “las mascotas generan peligrosidad para los peatones y para quienes transitan en cualquier tipo de vehículo pero además acá se trata también de un problema de zoonosis porque hay animales que a simple vista se observa que tienen algún tipo de enfermedad. Es decir no pasa sólo por los animales peligrosos o potencialmente peligrosos sino por una cuestión sanitaria”.

El edil destacó que para la elaboración de la ordenanza consultaron a profesionales veterinarios, comisiones vecinales, como así también a asociaciones que trabajan en el rescate de mascotas en Garupá, que hoy atienden de manera voluntaria.

“Valoramos mucho la acción que llevan adelante actualmente las rescatistas. También se contempla ver espacios para que puedan desarrollar su tarea porque hoy mantienen a las mascotas en sus casas y todo eso hay que ir ordenando”, resaltó.

En cuanto a si se cobrará o no al momento de registrarse a un animal, Raubert aclaró que “eso queda en manos del Departamento Ejecutivo de regular eso. Si es gratuito o no será una decisión que la tomaremos nosotros. Sí lo que proponemos es que en el caso que no lo sea haya una contraprestación, como la opción de castrar a la mascota en forma gratuita inmediatamente al momento de registrarla o con un turno asignado, aplicarle las vacunas necesarias”.

Además aclaro que “Eso nos parece una metodología importante porque garatizaríamos de esa manera la parte de vacunas que debe tener sí o sí el animal”.

 

Comuna y propietario

El edil Gustavo Ernts, aportó su opinión sobre la Ordenanza Nº505 y dijo que “básicamente Garupá tiene un problema real que es la cantidad de animales en la vía pública y que se divide en dos: cuál es la responsabilidad que tiene el Municipio respecto a esta situación y por otro, la de los vecinos”.

En ese sentido dijo que “se remarca a través de la ordenanza que es el vecino el que tiene que entender el compromiso que asume al decidir tener una mascota y es por eso que se puntualizan varios ítems sobre los cuidados, los riesgos, las obligaciones que deben tener”.

Para Ernts queda claro que para que la normativa pueda concretarse falta una ‘pata’ fundamental y tiene que ver con la cuestión administrativa, ver cómo se financia todo lo que contempla, al tratarse de un municipio muy castigado por la coparticipación”.

 

Art. 26

Los propietarios de mascotas que no asuman su responsabilidad serán sancionados según el Código Contravencional de Garupá.

 

Para el registro

Serán considerados como Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) los que, por su naturaleza agresiva, por su potencia física o su mandíbula, tengan la capacidad de hacer daño o causar la muerte a humanos u otros animales.

 

Proceder

Los perros abandonados o en situación de calle quedan expuestos a ser capturados por el Municipio, debiendo estos quedar resguardados en el Albergue Canino. Podrán ser devueltos a sus dueños por resolución del juez.

Tags: canesempadronamientoGarupáregistro obligatorio
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