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El STJ rechazó la apelación de los tres condenados por la masacre de Panambí

18 septiembre, 2020
DICIEMBRE DE 2017. Los tres acusados segundos antes de ser condenados por el Tribunal Penal de Oberá.

DICIEMBRE DE 2017. Los tres acusados segundos antes de ser condenados por el Tribunal Penal de Oberá.

DICIEMBRE DE 2017. Los tres acusados segundos antes de ser condenados por el Tribunal Penal de Oberá.

Los ministros del Superior Tribunal de Justicia, Cristian Benítez, Cristina Irene Leiva, María Laura Niveyro, Liliana Picazo, Jorge Antonio Rojas, Roberto Uset, Ramona Beatriz Velázquez, Froilán Zarza, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori rechazaron los recursos de casación de los tres abogados defensores de quienes fueron condenados el 18 de diciembre de 2017 a prisión perpetua por la denominada “masacre de Panambí”, asesinato múltiple y robo a cuatro integrantes de la familia Knack.

El salvaje ataque se llevó la vida del maderero Oscar Carlos Knack (44), a su esposa Graciela Mojfiuk (42) y a dos de los tres hijos de la pareja, Bianca (12) y Cristian (25). Todos fueron golpeados, atados y quemados dentro de la vivienda familiar a la vera de la ruta nacional 14, kilómetro 6, durante el atardecer del 25 de mayo de 2014.

El fallo de 120 páginas al que PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso, fue firmado el miércoles y confirma la condena a prisión perpetua determinada por los jueces del Tribunal Penal de Oberá.

Fueron dos los planteos recursivos, por un lado, el interpuesto por Ramón Moisés Grinhauz, a favor del imputado Marcial Venicio Alegre, y el recurso de Eduardo Paredes y Cristina Salguero, a favor de los imputados Juan Ramón Godoy y Pablo Julio Paz.

Entre los puntos de la condena que los defensores cuestionaron, fue la declaración de Cristian Knack, tomada en el Hospital Madariaga, a la cual el tribunal “a quo” le otorgó el carácter de denuncia.

Para los recurrentes no es una denuncia en virtud de que la causa ya había comenzado el día 25 de mayo de 2014, sino que es una testimonial que se tomó sin presencia de las partes, y ni siquiera de algún funcionario judicial. Lo que sería prueba que se realizó a espaldas de la defensa, dado que la misma no fue notificada y por lo tanto, no tuvo oportunidad de controlar la prueba, por consiguiente violatoria del derecho de defensa.

Esta declaración fue realizada sin presencia del juez y el fiscal de Instrucción. Y fue tomada luego como base para la imputación fáctica contra los encartados Godoy y Paz.

También recurrieron las pruebas genéticas y un rastro dactilar hallado. Los procedimientos de la toma, tanto de los registros de ADN como de la huella de un dedo en el lugar del crimen, para los defensores no cumplieron con lo que indica la custodia y resguardo de la prueba.

Los planteos a la investigación llevada a cabo por la hoy exjueza Alba Kunsmann de Gauchat no fueron pocos e incluyeron las presuntas contradicciones entre testigos, horarios de la masacre y confusión de personas que vecinos de la zona consideraron haber visto en las inmediaciones al inmueble de la familia Knack.

Para los ministros del STJ, sin embargo, “ante el bagaje probatorio existente y descripto, producto de una impecable investigación, objetiva y abarcartiva de varias líneas, las que fueron agotadas a fondo, no tiene asidero el agravio (apelación) que alude a que no existe en el expediente prueba que desvirtúe tales testimonios, porque éstos, se desvirtúan solos y no logran desnaturalizar la prueba, por lo que mal puede argumentarse en contrario, como así también se puede acusar al tribunal de parcializarlos, puesto que, como bien extraje, esas contradicciones fundan su descarte”.

 

“No toman conciencia”

Eduardo Paredes, dialogó con este Diario sobre la decisión del STJ y fue tajante al respecto: “Evidentemente los ministros no toman conciencia del daño que provocan, no condenaron una vez a tres inocentes, este rechazo es la segunda condena”.

“Este fallo sostienen que la declaración de Cristian Knack de parcialmente inválida y ratifican igual la condena a perpetua, cuando el argumento queda nulo”.

Paredes remarcó que “es preocupante cómo se desempeña el Poder Judicial en Misiones. Esta condena es una obra, un compendio de lo que no se debe hacer”.

“El STJ confirma todas las prisiones perpetuas, es una barbaridad. La situación de la aplicación del derecho penal en Misiones es lamentable (…) Debe replantearse todo el sistema penal en esta provincia, es el peor del país, seguimos en 1987 o los ‘90. Debemos cambiar por el modelo acusatorio, porque las violaciones de los derechos de defensa son permanentes”, agregó el letrado y docente universitario de derecho penal y ratificó que irá a la Corte con un nuevo recurso.

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Tags: #JudicialesCaso KnackMasacre de Panambí
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