POSADAS. A pesar de los cambios que la comuna capitalina accedió a realizar en agentes de Retención y Percepción Municipal, con la puesta en marcha del mismo en los que quedaron alcanzados, comenzaron a verse inconvenientes tanto para los comerciantes como para sus clientes.Por esta razón, un grupo de empresarios solicitó a la Cámara de Comercio e Industria de Posadas (CCIP) que solicite al municipio nuevas modificaciones al mencionado régimen impositivo. Los que entran en este régimen son las empresas que facturan más de 10 millones, que habría más de 100 en Posadas.Reclamos y fundamentosLos pedidos puntuales que fueron oficializados por la entidad mercantil empresaria son: •solicitar que si el cliente (responsable inscripto o monotributista) fuera de una jurisdicción distinta (extraña jurisdicción) a la de la cuidad de Posadas, y ello figurara en su domicilio fiscal, el agente de retención/percepción no estará obligado a recibir/retener excepto que se verifique que este cliente tuviera un punto de venta dentro de la ciudad;• Aumentar el mínimo no imponible en el caso de las percepciones; • Eliminar de las declaraciones juradas mensuales municipales, la obligación de informar todas aquellas operaciones que no han sido retenidas o percibidas.Para la CCIP, las solicitudes se fundamentan en el “Malestar del cliente, al cual hay que pedirle un sinfín de datos al realizar la compra”, como también el costo administrativo que significa para pequeñas empresas. Se suma la “Capacitación diferenciada y exhaustiva, soportando una carga de estrés excesivo para el trabajador, quien debe ejecutar la resolución”. “Representa una notable obstaculización al libre comercio, ya que se asemejan a aduanas internas, ya que para poder comprar o vender dentro de Posadas debemos tributar”, manifestó la Cámata. Por último, dijeron que “lo más importante, es que termina encareciendo el producto y ello perjudica al cliente el cual por comprar en esta ciudad abonaría un 8% más que en otra y obviamente el comerciante está perdiendo competitividad”. “Y encima piden que se informen todas las operaciones, las que sí son materia de percepción y retención y las que no. O sea que yo tengo que cargar en el sistema de ellos todas las operaciones como si fuera el IVA. Es impracticable”, dijo un comerciante presente en la reunión . Detalles del régimenSegún la normativa “los responsables designados de conformidad a lo establecido, deberán actuar como Agentes de Retención del Derecho de Inspección, Registro y Servicio de Contralor por toda adquisición de bienes o servicios que realicen. Estarán comprendidos en éste régimen entre otros, los contratos de compraventa, permuta, dación en pago o similares, cualquiera sea el medio utilizado para formalizar los mismos”.Se establece además que “Las retenciones se efectuarán en todos los casos, esté inscripto o no el vendedor, cuente o no con local en la ciudad de Posadas y cualquiera sea el lugar en donde tengan la sede principal de sus negocios”.Al cuestionar la burocracia, se apunta a la exigencia de que “En todos los casos el agente de retención deberá conservar archivados tanto las constancias de inscripción, certificados de sujetos exentos y certificados de no retención que aporten cada uno de los sujetos pasibles de retenciones, manteniéndolas ordenadas a disposición del Organismo Fiscal”.





Discussion about this post