BUENOS AIRES (NA). La Corte Suprema de Justicia fijó ayer que a partir de diciembre se implementará el artículo de la Ley de Medios referido a la desinversión de las empresas que excedan el límite de licencias establecido por la norma, en caso de no haber antes una resolución judicial de fondo.Así lo estableció a raíz de una acción de amparo presentada por el Grupo Clarín, que mantiene suspendida la aplicación de dicho artículo, el 161, que fija un plazo de un año para adecuarse al límite de licencias de medios contemplado en la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, sancionada en 2009.Por decisión unánime, el máximo tribunal sentenció que, de no haber una resolución judicial de fondo, el artículo 161 empezará a aplicarse a partir del 7 de diciembre, lo que obligaría a los holding de medios -principalmente el Grupo Clarín- a desprenderse de algunas de sus licencias de radio o televisión.Según surge del fallo, a partir de esa fecha el grupo debería haberse desprendido de las licencias que excedan el límite previsto por la norma, aunque la clave está en lo que decida el Juzgado de Primera Instancia sobre la inconstitucionalidad de la ley planteada por la empresa. Una fuente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual le dijo a Noticias Argentinas que si Clarín no se adecua a la normativa “la adecuación será de oficio”. Licencias posibles“Clarín en cable tiene aproximadamente 300 licencias y va a tener que quedarse con 24”, aseguró el vicegobernador bonaerense e ideólogo de la ley, Gabriel Mariotto, tras calificar como “muy importante la resolución del máximo tribunal”. La fuente consultada por NA precisó que las licencias de cable alcanzan a las 250, aunque ese número está en discusión, pero en ningún caso son menos de 170 sobre 24 posibles. El fallo también limita la influencia de las medidas cautelares y señala que la normativa aprobada no vulnera la libertad de expresión.La Corte dispuso mantener la medida cautelar que había suspendido la aplicación del artículo 161 por el plazo de 36 meses, pero contados a partir de la fecha del dictado de la medida, con lo cual deja de estar vigente el 7 de diciembre de 2012.“Estando vencido el plazo legal (para la desinversión dispuesto por el artículo 161) y por efecto de la finalización de la cautelar, a partir del 7 de diciembre de 2012 vence la suspensión del artículo 161 de la ley”.





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