BUENOS AIRES (NA-Diarios Digitales). El Senado sancionó por unanimidad la Ley de Muerte Digna, que le otorga a las personas internadas por enfermedades terminales el derecho a rechazar procedimientos de prolongación de la vida cuando le produzcan un sufrimiento significativo.La iniciativa modifica varios artículos de la Ley 26.529 de Derechos del Paciente e introduce cláusulas referidas a la “autonomía del paciente” en cuanto al tratamiento de su enfermedad y la continuidad o cancelación de los procedimientos médicos.“Derecho a morir”El proyecto establece que “el paciente que presente una enfermedad irreversible o se encuentre en estadio terminal tiene el derecho a manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital cuando sean desproporcionadas en relación a la perspectiva de mejoría o produzcan un sufrimiento desmesurado”.También afirma que el paciente “podrá rechazar procedimientos de hidratación o alimentación cuando los mismos produzcan como único efecto la prolongación en el tiempo de ese estadio terminal irreversible o incurable”.Según la iniciativa, el paciente -o sus representantes legales, caso de que el internado no pueda manifestarse- sólo pueden expresarse luego de recibir por parte del médico interviniente “información clara, precisa y adecuada”.En este sentido, el profesional deberá informar al paciente sobre su estado de salud; el procedimiento propuesto y los beneficios esperados; los efectos adversos previsibles; las posibles consecuencias de la no realización del procedimiento y el derecho que le asiste en caso de padecer una enfermedad irreversible.La norma también introduce el criterio de “directiva anticipada”, por la cual el paciente podrá consentir o rechazar anticipadamente determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos y decisiones relativas a su salud, aunque deberá hacerlo ante escribano público y con dos testigos. La nueva ley introduce además una cláusula de obligatoriedad que determina que “toda actuación profesional en el ámbito médico-sanitario, sea público o privado, requiere el previo consentimiento informado del paciente”.Por último, aclara que “ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo a las disposiciones de la presente ley está sujeto a responsabilidad civil, penal, ni administrativa, derivadas del cumplimiento de la misma”.El caso emblemáticoEl tema cobró estado parlamentario luego de que tomara relevancia a nivel nacional el caso de Camila, una niña que nació muerta por una mala praxis y que fue reanimada, pero que permanece en estado de inconsciencia. La nena cumplió el 24 de abril tres años. Su madre, Selva Hebrón, fue una de las asistentes a aquella reunión de la Comisión de Salud de la Cámara alta, en la que también participaron especialistas en varias disciplinas.La intención de esta mujer es terminar con la agonía de su hija.La opinión de los senadoresDurante el debate en el Senado, casi todos los senadores destacaron el proyecto, entre ellos el senador radical y titular de la Comisión de Salud, José Cano, quien afirmó que “esta ley garantiza la libertad y autonomía del paciente”.En otros casos, como el de la peronista federal Sonia Escudero calificó la ley como “una eutanasia voluntaria” y se pronunció en contra de la posibilidad de “quitarle a un paciente la alimentación y la hidratación” porque eso “no es muerte digna”.De hecho, Escudero junto a sus compañeros de bancada Roberto Basualdo y Carlos Reutemann, y la catamarqueña del Frente Cívico Blanca Monllau pidieron eliminar estos aspectos, aunque el pedido no prosperó. Por su parte, el senador socialista consideró que se está “dando un paso adelante” y que esta ley “mejora la democracia porque aumenta los derechos individuales y personalísimos”.“Creemos que el ser humano tiene derecho a morir con dignidad y muchas veces hay que terminar con el sufrimiento del paciente y de la familia”, remató el jefe del bloque oficialista, Miguel Ángel Pichetto.Ley de Identidad de GéneroLa Cámara alta inició la discusión luego de aprobar la iniciativa sobre Muerte Digna. El proyecto contempla que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género, tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al nacer. En este sentido, toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de prenombre e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida, sin necesidad de ningún trámite judicial o administrativo. Las claves de la ley¿Qué derechos tendrán los pacientes con una enfermedad irreversible, incurable o terminal?Aceptar o rechazar ciertas terapias o procedimientos, con o sin necesidad de tener que justificar su decisión. También podrán revocar la manifestación de su voluntad.En el caso de una limitación física o psíquica del paciente, ¿quiénes podrán expresar su voluntad?Ante la imposibilidad o la incapacidad de brindar el consentimiento informado a cualquier actuación profesional, podrán hacerlo el cónyuge o conviviente, los hijos mayores de 18, los padres, los hermanos, los abuelos, otros familiares directos o el tutor.¿Qué procedimientos se podrán rechazar y en qué situaciones?Las cirugías, la reanimación, hidratación y alimentación, cuando su único efecto sea “la prolongación en el tiempo del estado terminal, irreversible o incurable”. Se podrá solicitar el retiro del soporte vital cuando sea extraordinario y desproporcionado “con la perspectiva de mejoría o produzca un sufrimiento desmesurado”.¿Dónde deberán registrarse estas decisiones?Los médicos deberán incluirlas en la historia clínica, luego de confirmarlas de manera fehaciente y de corroborar que el paciente conoce los riesgos que eso implica.¿Se pueden disponer directivas anticipadas?Toda persona mayor de edad puede dejar documentada su voluntad a través de directivas anticipadas sobre su salud, que deberán contar con la aprobación del médico a cargo. Quedan expresamente exceptuadas las prácticas eutanásicas.¿Cómo deberá formalizarse ese documento?La expresión de la voluntad deberá realizarse por escrito, ante un escribano público o juzgados de primera instancia y con la presencia de dos testigos. El paciente pod
rá revocar las directivas en cualquier momento. Boudou se libró de que el Congreso lo investigue(DyN). El oficialismo se impuso y rechazó en el Senado la moción del radicalismo para constituir una comisión investigadora de las denuncias realizadas por el titular de la Cámara, Amado Boudou, en relación sobre su relación con el caso de la ex Ciccone Calcográfica.El jefe del bloque del oficialismo, Miguel Ángel Pichetto, comentó que confía en que se aclare el asunto que está en sede judicial y dijo creer “en la inocencia” de Boudou respecto de las acusaciones públicas que se le hacen.La comisión investigadora fue planteada en una cuestión de privilegio por el titular del bloque radical, Luis Naidenoff.En tanto, la presidenta provisional del Senado, Beatriz Rojkés de Alperovich, despertó carcajadas en el recinto al votar involuntariamente junto con la UCR a favor de crear una comisión para investigar al vicepresidente Amado Boudou por el caso Ciccone. Cuando se votó para habilitar el tratamiento, senadores opositores y Rojkés de Alperovich, levantaron la mano.





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