Hoy vence el plazo para que los monotributistas adhieran al domicilio fiscal electrónico.
Se considera domicilio fiscal electrónico al sitio informático seguro, personalizado, válido y optativo registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza.
Su constitución, implementación y cambio se efectuará conforme a las formas, requisitos y condiciones que establezca el fisco nacional, que deberá evaluar que se cumplan las condiciones antes expuestas y la viabilidad de la implementación tecnológica con relación a los contribuyentes y responsables.
Dicho domicilio producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen por esta vía.
Podrán notificarse mediante comunicaciones informáticas los siguientes actos administrativos: liquidaciones administrativas de la obligación tributaria; citaciones, notificaciones, emplazamientos e intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y/o de pago y demás actos emitidos con firma facsimilar; toda otra citación, notificación, emplazamiento o intimación emitidas por la AFIP vinculadas con los servicios web a los que hubiere adherido el contribuyente y/o responsable.
A los efectos de la constitución del domicilio fiscal electrónico, los contribuyentes deberán manifestar su voluntad expresa mediante la aceptación y transmisión vía internet de la fórmula de adhesión.
La constitución del domicilio fiscal electrónico se considerará perfeccionada con la transferencia electrónica de la fórmula de adhesión, efectuada por el contribuyente, responsable o persona debidamente autorizada al efecto.
Todas las comunicaciones depositadas en el domicilio fiscal electrónico tienen un tiempo de vida, que se encuentra identificado con el contenido de la misma. Superado el tiempo de vida (a partir de la fecha de generación de la comunicación), ésta será removida de su domicilio fiscal electrónico y depositada en un archivo histórico.





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