El pasado viernes 6 de mayo se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia el decreto Nº 49, firmado el 21 de enero, donde se reconocían desde enero “los servicios prestados” por un grupo de agentes cuyos nombres figuraban en dos planillas anexas, que forman parte del decreto. Además se aprobó “a partir del presente decreto y hasta el 31 de diciembre de 2016, los contratos de locación de servicios con relación de dependencia” entre el Gobierno de la Provincia de Misiones y los agentes que se detallan en las planillas anexas I y II.Para sorpresa de muchos ciudadanos de esta localidad, entre los nombres de la planilla anexa I aparece el de Fernando Ferreira, DNI: 26.207.933, legajo 26.837, categoría 15, hijo del intendente de Puerto Libertad, Luis Ferreira, pero que además es el presidente del Concejo Deliberante de ese municipio.A raíz de esta posible irregularidad, ya que está prohibido tener dos cargos y cobrar doble sueldo del Estado, un concejal presentó esta semana un pedido de informe al Concejo Deliberante.El radical Antonio Andrés Martínez elevó el proyecto relatando que se tomó conocimiento “que el presidente de este cuerpo, concejal Ferreira Fernando, DNI 26.207.933, tendría vinculación laboral con la administración provincial, conforme surge del boletín oficial Nº 14.191, publicado el viernes 6 de mayo de 2016, decreto Nº 49”. “En virtud de mi condición de concejal y a los fines de aclarar cualquier situación que pueda perjudicar el normal funcionamiento de este cuerpo; el objeto de este pedido de informe tiene como fundamento velar por los intereses públicos y respetar derechos otorgados por nuestra constitución nacional”, señala el edil opositor en su proyecto. Martínez agrega que “es imposible la praxis legislativa, más aún la defensa del interés público y sus consecuencias jurídicas directas e indirectas, si no se posee detalle suficiente sobre el ejercicio de nuestros representantes”. También advierte que “los órganos de control y las minorías políticas carecen de elementos para poder dar seguridad de inspección en toda su potencia, sobre el ámbito de ejercicio y competencia que este cuerpo posee”.Además afirma que constituye “un objetivo de este cuerpo velar por la transparencia de los actos de gobierno, a los que permitan un igualitario acceso a la información y a los que amplían la participación de la sociedad en los procesos decisorios de la administración”.Por este motivo se requiere al presidente del Concejo se brinde informe escrito “sobre la situación que lo vinculan, con sus fundamentos, alcances y contenido, en un plazo de diez días hábiles”.





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