Mediante la ley, se decidió regular el ejercicio de la actividad del profesional farmacéutica, incluyendo la organización y funcionamiento de laboratorios, droguerías, oficinas de farmacias, farmacias hospitalarias, herboristerías, laboratorios de hierbas medicinales, locales de venta de hierbas medicinales y todo otro establecimiento público o privado que elabora, prepara, fracciona, expende o distribuye sustancias medicinales y especialidades farmacéuticas; así como las actividades comprendidas en botiquines de farmacia y en los procesos de esterilización de medicamentos y productos para la salud en el ámbito de la Provincia.Desde hace bastante tiempo, se había abierto una polémica respecto a los puestos callejeros, supermercados, kioskos que vendían medicamentos no recetados (desde un paracetamol, pasando por aspirinas y hasta algún complejo vitamínico) que desde la vigencia de la norma sancionada ayer, sólo podrán expenderlos en farmacias.Otro tema que ha quedado resuelto por ley, es la distancia de apertura de locales de farmacias que proliferaron en varias ciudades; quienes pueden ser propietarios; los farmacéuticos que poseen título de médico, bioquímico, odontólogo, médico veterinario u otra profesión de grado relacionada al ámbito de la salud, que deben optar ante la Autoridad de Aplicación por el ejercicio de una de estas profesiones, no pudiendo ejercerlas simultáneamente; entre otras cuestiones.El proyecto aprobado pertenece al diputado Carlos Rovira, que incluye la creación del Consejo Provincial de Garantías de los Medicamentos, como organismo intersectorial de articulación, deliberación, consulta y asesoramiento en políticas públicas de medicamentos, en el que convergen las áreas gubernamentales y no gubernamentales.Como en todas las actividades que hagan a la salud, el orden es siempre bienvenido.





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