Este organismo de carácter científico-técnico, tuvo su origen en la Ley N°559, sancionada por el Congreso de la Nación a instancias y bajo la presidencia de Domingo Faustino Sarmiento, a través de la cual se creó la Oficina Meteorológica Argentina (OMA), con dependencia del Ministerio de Justicia, Culto e Instrucción Pública.En julio de 1924, la Oficina fue denominada Dirección Meteorológica y en septiembre de 1927, Dirección de Meteorología, hasta que -a través del Decreto 10.131 del 5 de mayo de 1945, se creó el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), dependiente de la Secretaría de Aeronáutica.A partir del 1 de enero de 2007, está bajo la órbita de la Secretaría de Planeamiento del Ministerio de Defensa de la Nación.Corresponde al SMN "observar, comprender, predecir el tiempo y el clima en el territorio nacional y zonas oceánicas adyacentes con el objeto de contribuir a la protección de la vida y la propiedad de sus habitantes y al desarrollo sustentable de la economía; y proveer a la representación del país ante los organismos meteorológicos internacionales y al cumplimiento de las obligaciones asumidas por el país ante los mismos".Sus funciones-Proveer y mantener los sistemas de recopilación y control de calidad de los datos de observación en un Banco Nacional de Datos Meteorológicos y Ambientales, y procesarlos para la provisión de servicios meteorológicos y climatológicos en tiempo real y de servicios medioambientales relacionados y organizar el registro climatológico nacional.-Planificar, mantener y operar las redes de observación convencionales y no convencionales sobre el territorio nacional y océanos adyacentes.-Realizar y difundir pronósticos del tiempo y del estado de la atmósfera para todo el país y áreas oceánicas adyacentes.-Realizar y difundir alertas meteorológicas ante situaciones meteorológicas que pongan en riesgo la vida o el patrimonio de los habitantes.-Proveer los datos registrados en el Banco Nacional de Datos Meteorológicos y Ambientales en forma gratuita cuando no requiera de elaboración específica.-Realizar y publicar reportes, boletines meteorológicos e informes técnicos.-Contribuir al desarrollo y mejora de las operaciones y servicios meteorológicos mediante el apoyo a la investigación científico tecnológica en meteorología y áreas afines.-Convenir y desarrollar planes y programas con entidades oficiales o privadas, nacionales, internacionales o extranjeras que realicen observaciones, estudios, investigaciones y desarrollos relacionados con la meteorología o sus aplicaciones; suscribiendo acuerdos y convenios que promuevan la colaboración mutua o la acción multidisciplinaria.-Promover y coordinar estudios, experimentaciones, desarrollo y producción de instrumentos, equipos y/o aparatos especiales de observación meteorológica.-Coordinar con las universidades y/o centros de investigaciones nacionales o internacionales la formación y el perfeccionamiento del personal.-Cumplimentar los compromisos internacionales que le competan, contraídos por el país y en particular los emergentes en su calidad de Miembro de Organización Meteorológica Mundial; operar los Centros Regionales que asignen al SMN la Organización Meteorológica Mundial, la Organización de Aviación Civil Internacional y todo otro organismo relacionado con el quehacer meteorológico, hidrológico o ambiental.-Promover el respeto de las incumbencias profesionales de meteorología al interior de su organización en aras al mejor cumplimiento de sus tareas.-Mantener y actualizar la Biblioteca Nacional de Meteorología y el Museo de Meteorología.-Asesorar a otros órganos de gobierno en materia de su incumbencia.-Operar y mantener las comunicaciones meteorológicas de su dependencia, conforme a su responsabilidad como servicio público y a los acuerdos, tratados o convenios nacionales e internacionales que se establezcan.-Proponer un plan estratégico a mediano y largo plazo, para cumplimentar con las políticas meteorológicas y ambientales definidas por el Estado nacional en la materia.Fuente: SMN





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