Las ordenanzas 19 y 20, aprobadas el 25 de abril pasado por el Concejo Deliberante de San Vicente, son dos instrumentos que le permiten al Ejecutivo municipal cobrarle jugosas sumas de dinero a las radios y canales de televisión locales. La primera norma señalada dice en el primer artículo: “La presente ordenanza tiene por objeto la regulación y control de estructuras soportes, postes, equipos y elementos complementarios (cabinas y/o shelters para la guarda de equipos, subestaciones, transformadores, grupos electrógenos, cableados, antenas, riendas, generadores y cuantos más dispositivos técnicos fueran necesarios) que sean utilizados para la transmisión o transporte de cualquier tipo de servicio, sea este de telefonía, radios AM, FM, enlaces de radiotaxi, servicios de Internet, servicios de radioaficionados, televisión, sistemas complementarios de radiodifusión, transporte de voz y datos con conexión, sistemas punto a punto o punto multipunto utilizados por empresas o personas físicas (redes privadas); distribución y transporte de energía (de alta y media tensión y por distribución troncal, tanto transportista independiente como empresas concesionarias o grandes usuarios que utilicen estructuras soporte propias conforme a Ley 24.065 y decretos reglamentarios), entre otros. La competencia municipal indelegable es sobre la obra civil, y en concurrencia con la Provincia y la Nación las cuestiones ambientales que puedan generar la estructura y/o el servicio. Esto es lo que se regula por la presente normativa”.La normativa estipula que el órgano oficial de control será la Secretaría de Planeamiento Ambiental y Ordenamiento Territorial o el organismo que lo reemplace. Está prevista la creación de un Registro de Estructuras Soportes (Res) y se deberán inscribir en un plazo de 60 días corridos contados desde la entrada en vigencia esta ordenanza. Este registro estará dispuesto para las autoridades nacionales de aplicación en el caso de los entes de control del sistema de radiodifusión como la CNC o Enre.El artículo 22 de la misma ordenanza establece los montos que se abonarán para la presentación de las carpetas a la Municipalidad y se pagará por única vez. El costo sobre terrazas y hasta diez metros de altura es de 15 mil pesos. En el caso de superar esa altura el costo también sube a 26 mil. En el caso de las antenas con base en el suelo hasta 40 metros es de 49 mil pesos y si superan esa altura es de 50 mil. Este mismo artículo señala que “en el caso como infraestructura de red vinculada al transporte eléctrico de baja tensión, telefonía, cablevisión, Internet y otras que se tramite por un solo expediente la tasa es de 50 mil”.Luego en el artículo 26 de esta norma se establece el monto de las tasas que se abonarán por año y en concepto de inspecciones es sobre terrazas y hasta diez metros la suma de 40 mil pesos. Más de diez metros es de 40.200 pesos. En el caso de las torres emplazadas en la tierra y que tengan menos de 40 metros es de 54 mil pesos y superando esta altura el monto a pagar por año es de 55 mil pesos. Para infraestructuras de red vinculadas al transporte eléctrico de baja tensión, telefonía, cablevisión, Internet u otras, la tasa será de 300 pesos por postes o estructuras. En caso de las redes eléctricas de media y de alta tensión la tasa es de 2.100 pesos por estructura.En tanto la ordenanza 20 dice en su artículo primero “Marco regulatorio: establece la regulación y control de instalación de tendido de fibra óptica y/o similar para la transmisión de datos de Internet o cualquier otro tipo de datos y/o señal de comunicación o televisión por sistema cerrado, a los fines de obra civil. En esta norma se establece el registro de instalación de redes de fibra óptica. La tasa para la habilitación de obra con la presentación de la carpeta técnica es de 50 mil pesos y la tasa de inspección tiene un monto anual de 60 pesos por año por cada metro lineal”.En este mismo sentido se aprobó la ordenanza número 21 que le permite al Ejecutivo municipal extender el convenio con la Empresa Servicios Comunales SA para que realice las cobranzas de estas tasas y las inspecciones técnicas. El municipio ya trabaja con esta empresa en el cobro de las cartelerías y publicidades foráneas y cobro de antenas que las empresas telefónicas tienen en el municipio. La empresa recibe el 36% del monto total de lo cobrado.Algunos ediles aseguraron que en la charla en comisión convocaron al jefe de la tesorería de la Municipalidad de San Vicente para que explique estas normas y aseguraron que el cobro de estas tasas es únicamente para las empresas foráneas que tienen sus antenas en el municipio. En el caso de las empresas, radios y televisión locales no se les cobra y se les hace una excepción por parte del Ejecutivo municipal.Estas tasas ya se cobraban en el municipio, pero la actual ordenanza es mucho más explícita a la hora de señalar a las antenas de medios de comunicación.





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