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Para la Justicia, las pruebas no dieron lugar a dudas y apuntaron contra Benítez y Ríos

23 diciembre, 2014

POSADAS. Ayer se llevó a cabo la lectura de los fundamentos de la sentencia dictada por el Tribunal Penal 1 de Oberá, en el marco del juicio por el crimen de Silvia Andrea González, una causa que llevó más de trece años y contó con alrededor de 5.000 fojas en las que quedaron plasmados distintos testimonios y pruebas. Cerca del mediodía de ayer, el juez José Pablo Rivero -titular del cuerpo tribunalicio- presentó un extenso informe donde se puede deducir la complejidad del caso. La resolución comprende un total de 146 páginas, en las que se fundamentaron las razones del veredicto final. PRIMERA EDICIÓN tuvo acceso a dicho documento, en el que rezan los argumentos que llevaron a la conclusión de la causa. La veracidad de la documentación presentada se basa principalmente en cuatro cuestiones fundamentales que condenaron a cadena perpetua a Marciano Benítez como autor material del crimen de Silvia Andrea.Lo que se desprende del primer punto es la presencia del acusado en el bar propiedad de Natividad Rivero, “Galaxi”, junto a Dante “Willy” Ríos. Eran cerca de las 17 del jueves 11 de octubre de 2001 cuando se estableció, mediante testimonios, que ambos acusados se retiraban del lugar, llevando en andas e introduciendo a la víctima en un Renault 12 de color celeste, propiedad de Luciano Pérez, pero que era utilizado frecuentemente por Benítez.Luego fue trasladada a una casa de madera ubicada en la avenida Los Teales, en la misma localidad de Campo Viera, cuyas instalaciones eran utilizadas como unidad básica del Partido Justicialista, correspondiente a la línea política del intendente de esa localidad, Juan Carlos Ríos. En ese lugar Silvia Andrea permaneció privada de su libertad y luego fue trasladada nuevamente en el interior del Renault 12, donde permaneció cautiva, para luego ser llevada hasta la habitación de Benítez, quien vivía en la morada de Pérez, lugar donde sería la última vez que se vería con vida a la infortunada joven.  Posteriormente, la víctima viviría una verdadera historia de horror: “Fue abusada sexualmente siendo accedida carnalmente contra su voluntad por Hugo Dante Ríos y Marciano Benítez”, refleja la argumentación judicial, que habla luego del porqué de la decisión fatal: “Según los estudios forenses, el imputado Marciano Benítez, ante las amenazas de la víctima de que los denunciaría a todos, dolosamente le ocasionó la muerte a Silvia Andrea González por medio de la asfixia por sofocación con una bolsa plástica en la cabeza, para de esta forma ocultar los hechos delictivos cometidos contra la menor”. La Justicia no tiene dudas: Benítez la mató para silenciarla.Una vez cometido el terrible hecho, el asesino ocultó el cadáver de la menor en el entretecho de la casa, donde permaneció dos o tres días. Finalmente, se deshicieron del cadáver de la quinceañera, arrojándolo sobre un camino terrado en cercanías de la ruta nacional 14, en el acceso a la chacra propiedad de Pedro Nateof, donde fue hallada posteriormente por unos colonos el jueves 18 de octubre de 2001.Según los testimonios de los integrantes del cuerpo médico forense que examinó el cuerpo, no dudaron  en dictaminar que presentaba indicios de que fue asesinada antes de la violación, a pesar de que los genitales de la joven presentaban un alto grado de descomposición.     El rol de “Willy” RíosPara el Tribunal, la macabra historia también tuvo otro protagonista en la escena: Dante “Willy Ríos”, quien fue acusado de haber accedido carnalmente a la víctima contra su voluntad. Además, de acuerdo al expediente, ambos sujetos comprenden la criminalidad de sus actos y es por eso que se les aplicó las condenas más duras. Sin embargo, para esta etapa procesal, las pruebas surgidas no son suficientes para inculpar de homicidio a Dante Ríos. Además, los testimonios presentados por su defensa incurrieron en distintas contradicciones, como la declaración de Yolanda Monjes, según el informe. Cabe destacar el relato de Mariño Cardozo, dueño del aserradero donde trabajaba Dante Ríos, quien entre otras cosas dijo que no era socio de Juan Carlos Ríos, intendente de Campo Viera y padre del imputado, y tampoco de su hermano Justo José. Tampoco pudo acreditar si Dante Ríos asistió al colegio la noche en que desapareció la menor.Para ir cerrando este perverso círculo, se incluye la participación necesaria de Fabiana Elizabeth Cantero, quien junto a su hermana menor tuvieron una participación necesaria e indispensable para que Silvia Andrea pudiera ser llevada hasta el bar “Galaxi” y caer víctima de los responsables de su posterior rapto, violación y muerte.Aunque en el transcurso del proceso se la consideró como la “entregadora”, además de que existieron fuertes indicios de que habría sido partícipe primaria en el delito de homicidio, el Tribunal consideró que no habían pruebas suficientes para condenarla, resolviendo su absolución por el beneficio de la duda. La segunda cuestión desarrollada en el expediente dio cuenta de la absolución de los policías Miguel Ángel Silvera, Cristian Orlando Morel, Ramón Alejo Zayas y Jesús Rubén González, ya que no quedó acreditado el incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado.  En cuanto a la demanda contra el intendente de Campo Viera, Juan Carlos Ríos, se rechazó el reclamo por parte de la defensa por daño material, habida cuenta que Dante “Willy” Ríos fue absuelto por el delito de homicidio, pero se hizo lugar parcialmente al pago de 300 mil pesos en concepto de daño moral.Asimismo, quedó sin efecto la demanda civil contra el Estado provincial realizado por la familia de Silvia Andrea González, teniendo en cuenta que no se pudo comprobar durante el reciente debate la implicación de los policías. 

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⚠️ También alertaron sobre el crecimiento del consumo problemático de drogas entre jóvenes, lo que genera preocupación en las familias del barrio. “A la noche hay que dormir con un ojo abierto porque todo el tiempo están dando vueltas para robar”, contó una residente que vive en la zona desde hace más de cinco décadas.
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