BUENOS AIRES (NA). El oficialismo realizó ayer numerosas modificaciones a los puntos más polémicos del proyecto de reforma de la Ley de Abastecimiento debatido en el Senado y avanzó con la firma del dictamen para votarlo en el recinto el próximo miércoles.Ante el plenario de comisiones que recibió la semana pasada a las cámaras empresariales y este martes a las asociaciones de consumidores, el secretario de Justicia, Julián Álvarez, anunció gran cantidad de cambios, entre los que se destaca la exclusión de las Pymes del alcance de la norma.A esta modificación se le suman la necesidad de autorización judicial previa para inhabilitar o clausurar empresas infractoras, la eliminación de la “clausura definitiva” y el pago de una “compensación” a quienes produzcan a pérdida.En el primer artículo del proyecto se agregará un párrafo para explicitar que “quedan exceptuados del régimen los agentes económicos considerados micro, pequeñas o medianas empresas, siempre que no detenten posición dominante”.El artículo 2 del proyecto señalaba que la autoridad de aplicación podía intervenir en “cualquier etapa del proceso económico” o exigir documentación y “todo tipo de libros” cuando fuera “estrictamente necesario”, pero esto también fue modificado.Según detalló Álvarez, se eliminó el concepto “estrictamente necesario” y se redactó que esas acciones podrán realizarse “en caso de configurarse algunos de los supuestos previstos”, como elevar “injustificadamente los precios”, acaparar materias primas o productos, y destruir mercaderías, entre otras conductas.Otra modificación sustancial se realizó sobre las sanciones previstas por el proyecto, donde se estipulaba la “inhabilitación especial de hasta cinco años para ejercer el comercio”, la “clausura temporal” o, en los casos de segunda reincidencia, la “clausura definitiva”.Ahora, “en caso de inhabilitación especial o clausura temporal, la autoridad de aplicación tendrá que pedir previamente autorización judicial para proceder”, explicó Álvarez, y agregó que la “clausura definitiva” fue eliminada del proyecto.Además, se incorporó un artículo para que, “en caso de la obligación de producir a pérdida, se le pague una compensación justa y oportuna”, con lo cual se respondió a una de las principales objeciones de las cámaras empresariales.En el dictamen firmado quedó establecido que “el Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación”, con lo cual se modificó el artículo 15, que designaba directamente a la Secretaría de Comercio como autoridad.El presidente del bloque de senadores de la UCR, Gerardo Morales, reconoció que “hay varios cambios que minimizan o disminuyen la arbitrariedad”.No obstante, anticipó que su bancada votará en contra de la reforma porque “sigue la lógica de que el control de precios es la única política antiinflacionaria”.Otros proyectosAdemás de la Ley de Abastecimiento, el Gobierno mandó un proyecto que crea el servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (Coprec). Aquí, los usuarios y consumidores podrán presentar sus reclamos de forma gratuita y éstos deberían ser solucionados en un plazo de 30 días.El proyecto contempla una opción de no llegar a un acuerdo: accionar ante la Auditoría de Relaciones de Consumo primero y ante la Cámara Federal y Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo después. También existe la posibilidad de presentarse ante la Cámara Federal de Apelaciones correspondiente.Otra de las iniciativas es implementar un “observatorio de precios” que se encargaría del monitoreo, relevamiento y sistematización de los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en Argentina.“Será despedazada en la Justicia”El abogado constitucionalista Daniel Sabsay rechazó el proyecto de modificación de la ley de Abastecimiento y consideró que será “rápidamente despedazada en los Tribunales”, como ocurrió, dijo, con “la reforma judicial”.Al comparecer ante el plenario de comisiones, Sabsay opinó que el proyecto “no resiste el simple análisis de constitucionalidad. Está destinado a ser rápidamente despedazado por la Justicia, como ocurrió con la reforma judicial”.En tal sentido, señaló que la propuesta del Ejecutivo, entre otras cosas, dispone “una delegación legislativa que es absolutamente abusiva”, dado que a su entender se avanza sobre el artículo 76 de la Constitución que establece que no se pueden hacer delegaciones legislativas por tiempo indefinido.También estimó Sabsay que el proyecto “viola la división de poderes y la legalidad fiscal (suspensión de regímenes impositivos). Esto nos retrotrae a épocas anteriores a la Carta Magna”.Y por último cuestionó que “viola el principio de intimidad, porque se podrá exigir la presentación de de documento sin orden judicial”.




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