POSADAS. El jueves por la noche, el gobernador Maurice Closs anticipó la firma del decreto por el cual se aplicaron subas en las alícuotas del impuesto sobre los Ingresos Brutos a distintas actividades de la vida económica provincial. Ayer, en el Boletín Oficial, aparecieron los instrumentos legales que dejaron preocupación y bronca en muchos de los que serán castigados desde enero de 2014 por las medidas tomadas en materia impositiva.Closs aprovechó para viajar a Buenos Aires a firmar un convenio por el cual se aplazan los vencimientos de las primeras cuotas del pago de la deuda pública. Y de paso, alejarse mil kilómetros de la bronca explícita que ayer manifestaron referentes de distintos sectores.El gobierno, más allá de su voracidad fiscal que lo caracteriza en materia impositiva, busca que el consumo y ahora también un sector del agro (yerba mate) financien el creciente gasto público de la provincia. Especialmente en materia de acuerdos salariales, tras ofertar un 35% de aumento a los efectivos policiales y aun sin cerrar las subas de docentes y personal de la salud pública que conforman la mayor masa salarial a cubrir, por tratarse de miles de agentes.Es decir, que todos los misioneros -pagando Ingresos Brutos o a través del seguro incremento de los precios para trasladar la suba impositiva que harán las empresas- financien el rojo que la gestión de Closs anticipa cuando se refiere a 2014 como “un año difícil, duro”.Las medidasA pesar que el director general de Rentas (DGR), Miguel Thomas, cuenta con superpoderes para modificar las alícuotas, esta vez apareció el Decreto 1.749 con la firma de Closs aprobando la propuesta de nuevas alícuotas impositivas de Ingresos Brutos, hecha por el organismo recaudador por Resolución General 37/13.A partir del 1º de enero de 2014 (el próximo miércoles), la producción y comercialización de bienes, locaciones y prestaciones de obras y servicios en rubros como; servicios agrícolas y pecuarios; los servicios forestales, la silvicultura y la extracción de madera; la cría de animales y los cultivos agrícolas pagarán medio punto más de impuestos. Es decir, de los actuales 2,5% pasarán al 3% de Ingresos Brutos sobre su facturación, salvo para las actividades exentas y con alícuotas diferenciadas -que en cada caso se individualizan en la resolución.Desde la misma fecha, la comercialización de bienes, locaciones y prestaciones de obras y servicios, cualquiera fuese la actividad, cuando los mismos sean comercializados o prestados, según el caso, en forma directa a consumidores finales; subirán 0,60%. Es decir que, de los 3,40% actuales, pasarán a tributar el 4%.Se excluyen “las actividades exentas, los servicios públicos, las industrias con establecimientos ubicados en Misiones y los servicios industriales prestados en el ámbito provincial, con excepción de los contribuyentes cuya sumatoria de bases imponibles, declaradas o determinadas por la DGR en el último ejercicio fiscal anterior, atribuibles a la totalidad de las actividades desarrolladas -incluidas las que corresponderían a las exentas o no gravadas- cualquier sea la jurisdicción en que se llevan a cabo las mismas, superen la suma de 1 mil millones de pesos anuales de facturación bruta. Las clínicas o sanatorios como los prestadores y efectores de salud con establecimientos ubicados en Misiones o que presten servicios aquí y cumplimenten los requisitos y condiciones del artículo 5 la RG 24/2012, con excepción del inc a) de la misma. Prestadores de salud, los medicamentos de uso humano y los contribuyentes que no facturen más de 600 mil pesos brutos anuales”.En cuanto a sectores como servicios de telecomunicaciones; rubro intermediación financiera, servicios financieros (excepto la actividad aseguradora); casinos y juegos de azar y apuestas (excepto agencias), la RG 37/13 establece que “la alícuota aplicable a actividades especiales, será la que resulte de multiplicar la alícuota del impuesto sobre los Ingresos Brutos con las modificaciones dispuestas” para los rubros descriptos anteriormente. Para tal fin, se estableció un coeficiente del 1,30 y se aclaró que la DGR “podrá autorizar a partir del período 2016 a computar en forma total o parcial la diferencia de impuesto ingresada por aplicación del artículo como pago a cuenta”.Polémica tasa yerbateraEn el artículo 6 de la RG, se creó la Tasa de Servicios Yerbateros. Será abonada por recibir servicios del Estado y con la excusa de “financiar desarrollo económico del sector yerbatero y en especial de las pequeñas economías de escala que genera yerba mate, la investigación y la diversificación productiva”. Tal medida puso en estado de alerta al sector yerbatero que se reuniría el lunes para expresarse.El importe que se abonará será de 33 centavos por kilo de hoja verde de yerba mate ingresada o puesta en establecimientos dedicados al procesamiento o elaboración de la misma. También se pagarán 99 centavos por kilo de yerba mate canchada puesta en establecimientos de estacionamiento, procesamiento o elaboración. Ambos valores fijados por la DGR “se incrementarán en la misma proporción que los precios fijados de acuerdo a la ley Nacional 25.564 de creación del INYM que establece las sesiones de precios.Además, se ordena que la Tasa deberá adicionarse al precio del producto fijado por el INYM “debiendo discriminarse el importe en el comprobante de venta”.Los compradores de la yerba serán agentes de retención de la Tasa yerbatera. Y el agente fiscalizador será precisamente el Instituto Nacional yerbatero, que “deberá requerir a los establecimientos envasadores la acreditación de su actuación como agente de percepción” y en caso de no hacerlo “deberá efectuar la percepción del monto fijado”.Si se procesa yerba mate de producción propia o se vende la producción a establecimientos ubicados fuera de la provincia de Misiones, también se deberá efectivizar el pago de la Tasa.Se definen como “servicios técnicos prestados por el Ministerio del Agro con relación a las plantaciones de yerba mate realizadas dentro de la provincia de Misiones”, a tareas tales como: contralor y certificación de plantaciones logradas; certificación de plantaciones y desarrollo de las mismas; certificación y control de trazabilidad; registro de productores, secaderos e industriales; constatación del origen y de la documentación pertinente de productos y subproductos de la yerba mate; monitoreo y seguimiento de las medidas de mitigación de los estudios de impacto ambiental y control del trabajo cultural; y de control preventivo, curativo de enfermedades, plagas o de agentes perjudiciales que afecten o puedan afectar l
a producción; procesamiento de datos y disponibilidad de la información sobre las plantaciones.





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