Román Federico Agustín Melgarejo, ciudadano paraguayo de 28 años, fue condenado este jueves a 15 años de prisión como autor de los abusos sexuales a dos niñas de 13 y 11 años, hermanas de su hoy expareja en el barrio Santa Clara II de Garupá.
El Tribunal Penal 1 de Posadas lo halló culpable de un hecho de abuso sexual con acceso carnal y una tentativa del mismo abuso, ambos agravados por la convivencia, delitos previstos en el artículo 119 del Código Penal Argentino.
Luego de tres días consecutivos de debate, los jueces Gustavo Arnaldo Bernie, presidente y los vocales subrogantes Ricardo Walter Balor y Fernando Luis Verón, coincidieron prácticamente en su totalidad en la calificación legal vertida por el fiscal Vladmir Glinka, subrogante, pero difirieron en cuanto al monto de pena solicitado por el acusador: veinte años de prisión efectiva.
Abel Martín Acevedo, abogado defensor del albañil acusado por hechos denunciados en 2016, durante su alegato instó al tribunal a que su veredicto fue de absolución por falta de mérito.
El fiscal Glinka, durante su acusación de una hora y 45 minutos desplegó evidencia y contexto respecto a los elementos probatorios que obran en el expediente que instruyó el Juzgado de Instrucción 7 de la Primera Circunscripción Judicial, pero también determinó de las pruebas producidas en debate, la validez de los relatos de las víctimas, en su momento volcadas a través de Cámara Gesell.
Glinka resaltó que “la víctima mayor fue muy precisa sobre lo sucedido de acuerdo a las descripciones de la Cámara Gesell y entrevistas psicológicas. Fueron relatos contundentes precisos y sin fabulación”. También detalló que del otro caso que “la ausencia del desgarro no descarta el abuso, pudo haber sucedido sin que el himen se rompa”.
Recalcó de la plataforma fáctica que al acusado las entrevistas del Cuerpo Médico Forense determinaron que posee “personalidad impulsiva, negación como mecanismo de defensa sin indicadores detectados para que pueda frenar sus impulsos. En el mundo exterior e interior es impulsivo”, resumió el acusador.
Pero también describió Glinka la inexistencia de un tercer autor de los abusos, intención que la defensa buscó establecer en el debate. “Quedó descartada la teoría del tercero, un primo u otro familiar, poco convincente y además, las víctimas no confundieron al autor”.
Acevedo manifestó como defensor que “las menores no tenían una figura de responsabilidad clara, se quedaban a cargo de la hermana mayor mientras la madre salía a trabajar (…) El entorno familiar generó crisis en las menores, hubo manipulación de la suegra de Melgarejo, fue direccionada la acusación hacia él y no hacia el abusador de su hija mayor”, hecho que no estaba en discusión y nunca fue denunciado.
Insistió en que las víctimas “pudieron ser afectadas en sus perfiles psicológicos para mentir, que fueron inducidas por el contexto familiar de vulnerabilidad”. Y que esto favorecería a la interpretación de “la duda razonable” en beneficio de su de defendido.






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