La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición de una serie de productos para el cabello por representar “un peligro para la salud pública”, además de suspender insumos médicos, un equipo de terapia y filtros de agua domiciliarios que no cumplían con la normativa vigente.
Las medidas fueron oficializadas este lunes en el Boletín Oficial mediante las disposiciones 885, 886, 887, 888 y 889/2026.
Cosméticos sin registro y posible presencia de formol
Por medio de la Disposición 886/2026, el organismo prohibió el uso, comercialización, publicidad y distribución -incluida la venta online- de todos los productos de la marca “CIENCIA COSMÉTICA”, en cualquiera de sus presentaciones, lotes y vencimientos.
Entre los artículos alcanzados figuran alisadores, shampoos, bálsamos, máscaras capilares, tratamientos y protectores térmicos que carecen de inscripción sanitaria obligatoria.
Según detalló la norma, el Sistema de Cosmetovigilancia de la ANMAT detectó la oferta de estos productos en canales digitales y, tras revisar rótulos y bases oficiales, constató que no existían registros válidos.
El organismo advirtió que varias de las formulaciones -en especial los alisadores- podrían contener formol (formaldehído), sustancia prohibida para estos usos por el riesgo de liberar vapores tóxicos. La exposición aguda puede generar irritación, ardor ocular, tos y alteraciones respiratorias, mientras que la exposición prolongada eleva el riesgo de dermatitis alérgica y carcinomas, principalmente nasofaríngeos.
Suspensión de una solución inyectable
En paralelo, la Disposición 885/2026 ordenó la suspensión del uso y comercialización de todos los lotes del producto “Solución Ringer Lactato Rigecin” -en presentación inyectable intravenosa de 500 ml-, titularidad de RIGECIN LABS S.A.
La decisión se adoptó luego de que el Instituto Nacional de Medicamentos detectara presuntos desvíos de calidad considerados críticos. Las notificaciones fueron clasificadas como de nivel “CRÍTICO” y prioridad “ALTA”, lo que implica un potencial riesgo grave para pacientes.
Además de prohibir su uso, se ordenó el recupero del mercado de todos los lotes y la suspensión de las actividades productivas de la firma. La Coordinación de Sumarios inició la intervención administrativa correspondiente.
Prohibición de un equipo médico extraviado
Mediante la Disposición 887/2026, la ANMAT prohibió el uso, venta y distribución del equipo médico “ACTIV.A.C.™ Therapy system (serie VGBR38426)”, tras el extravío reportado por la empresa Suizo Argentina S.A.
El dispositivo -categoría de riesgo III y autorizado para uso exclusivo profesional- había sido cedido en consignación al Hospital Italiano de Buenos Aires. Ante el desconocimiento sobre su estado actual y trazabilidad, el Servicio de Fiscalización recomendó su prohibición en todo el país.
Domisanitarios y aromatizantes sin habilitación
La Disposición 888/2026 prohibió todos los lotes de productos domisanitarios de las marcas LUCES Candles & Home, Foster+, Bonpland Home y determinados artículos de Refill lab, hasta que regularicen su situación.
El Servicio de Domisanitarios detectó que se ofrecían aromatizantes y difusores en sitios web y redes sociales sin cumplir con los requisitos de registro. En algunos casos coexistían productos habilitados con otros no inscriptos ante la ANMAT. Frente a la falta de garantías sobre condiciones de elaboración y legalidad, el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal recomendó la prohibición total y el inicio de sumarios sanitarios.
Filtros y purificadores de agua
Por último, la Disposición 889/2026 aplicó la misma medida sobre dispositivos de acondicionamiento de agua y filtros de repuesto de las marcas Bonnie Flag, Eagle Coolers y Blue Star, hasta que obtengan la debida regularización.
La fiscalización se originó tras constatar su promoción y venta en plataformas digitales. La ANMAT señaló que estos equipos están sujetos a regulación y que no pudo verificarse el cumplimiento de las exigencias sobre registro y habilitación.
Ante la imposibilidad de garantizar las condiciones de manufactura y trazabilidad, el organismo resolvió prohibir su uso, comercialización y publicidad en todo el territorio nacional e iniciar sumarios contra las firmas involucradas.
Por último, la Disposición 890/2026 de la ANMAT prohíbe el uso, comercialización y distribución en Argentina de todos los lotes del producto “OXYGARD – REF 305 – FILTROS BACTERIALES Y VIRALES Vital Signs -USA” luego de que una inspección detectara la falta de documentación y registro sanitario del producto, lo que representa un riesgo para la salud de los usuarios.
La ANMAT busca proteger a los potenciales adquirentes al asegurar que todos los productos médicos cuenten con las habilitaciones y controles necesarios.
La prohibición afecta a distribuidores y usuarios finales, garantizando que solo se comercialicen productos debidamente regulados y seguros.
Fuente: medios digitales.



