El Gobierno de Misiones dispuso cambios en el régimen de designación de reemplazos para cargos de supervisión educativa en todos sus niveles y modalidades, mediante un decreto que deja sin efecto una normativa anterior y modifica el Estatuto del Docente provincial.
La medida, oficializada a través del Decreto N° 169 del Boletín Digital, surge a partir de acuerdos alcanzados en la mesa salarial entre el Consejo General de Educación (CGE) y los sindicatos docentes que la integran.
En este marco, el nuevo instrumento legal deja sin efecto el Decreto N° 1471/05, que había introducido modificaciones al Artículo 99° del Decreto N° 1533/63, reglamentario de la Ley VI – N° 6 (Estatuto del Docente).
Según los considerandos, se consideró necesario actualizar esa normativa para incorporar criterios de igualdad entre los equipos directivos al momento de cubrir vacantes de supervisión.
Uno de los puntos centrales del decreto es que los Directores Titulares de Primera, Segunda y Tercera Categoría podrán acceder en igualdad de condiciones a los padrones de mayor jerarquía utilizados para designar supervisores interinos o suplentes.
Cómo se cubrirán las vacantes de supervisores
El texto establece que “los supervisores de todos los niveles y modalidades serán reemplazados transitoriamente respetando los escalafones vigentes. Cuando se trate de designaciones interinas o suplentes, el cargo recaerá en directores titulares”, dice el decreto provincial.
La selección se realizará según el Padrón de Valoración de Mayor Jerarquía, elaborado por la Junta de Clasificación y Disciplina del CGE. De esta manera, se institucionaliza un mecanismo objetivo basado en antecedentes y jerarquía dentro de la carrera docente.
El decreto fue firmado por el gobernador de Misiones, Hugo Passalacqua. Asimismo, se dispuso su comunicación formal al Ministerio de Educación y al Consejo General de Educación para su aplicación.
Con esta modificación, la provincia busca ordenar y transparentar el sistema de reemplazos en cargos de supervisión, garantizando que todos los directivos titulares -independientemente de la categoría de la escuela- tengan la posibilidad de acceder a funciones superiores dentro del sistema educativo cuando se produzcan vacantes temporales.




