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Nuevo Régimen de Inocencia Fiscal: cambios en umbrales de evasión, Ganancias y efecto liberatorio

El Gobierno nacional reglamentó la normativa, instrumentada por el decreto reglamentario de la Ley Nº 27.799 y de la norma complementaria de ARCA sobre el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias.

9 febrero, 2026

El Régimen de Inocencia Fiscal fue reglamentado oficialmente por el Gobierno nacional, marcando un cambio sustancial en el paradigma tributario argentino. La medida fue instrumentada a través del Decreto 93/2026, en el marco del complemento de la Ley N.º 27.799 y de normativa complementaria emitida por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), por medio de la Resolución General 5820/2026, que puso en vigencia el Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias.

Desde el organismo recaudador indicaron que la nueva legislación deja atrás un modelo considerado persecutorio, que durante décadas estuvo signado por cepos cambiarios, inflación elevada, inestabilidad macroeconómica y una presión impositiva que empujó a amplios sectores de la población hacia la informalidad. En ese esquema, todos los contribuyentes quedaban bajo sospecha permanente de evasión.

Con la implementación del Régimen de Inocencia Fiscal, el Estado redefine su vínculo con los ciudadanos, al establecer la presunción de buena fe y otorgar mayor libertad para el uso del dinero, reduciendo las exigencias explicativas y fortaleciendo la seguridad jurídica.

 

Cambios en delitos, plazos y umbrales de evasión

Entre los principales puntos de la reglamentación se destaca la elevación del umbral de evasión simple a 100 millones de pesos y el de evasión agravada a 1.000 millones de pesos. Además, se redujo el plazo de prescripción del delito tributario de cinco a tres años, lo que implica que quienes se inscriban al Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) en los próximos meses no podrán ser investigados por períodos anteriores a 2029.

Otro cambio central del Régimen de Inocencia Fiscal es que la evasión deja de tener carácter penal. En caso de incumplimiento, el contribuyente notificado podrá regularizar su situación mediante el pago de la deuda correspondiente, sin afrontar una causa penal, lo que apunta a descomprimir el sistema judicial.

La normativa también establece que ARCA no analizará el incremento patrimonial, incluidos los depósitos bancarios, para verificar el cumplimiento del régimen, despejando interpretaciones erróneas sobre eventuales controles patrimoniales retroactivos.

 

Régimen Simplificado de Ganancias y efecto liberatorio

Para adherir al Régimen Simplificado de Ganancias, los contribuyentes deberán cumplir requisitos específicos: ingresos anuales de hasta $1.000 millones, un patrimonio total que no supere los $10.000 millones y no tener la condición de Gran Contribuyente Nacional. La evaluación se realizará sobre el período fiscal de adhesión y los dos anteriores, sin acumulación entre años.

ARCA pondrá a disposición una Declaración Jurada Simplificada precargada, que podrá ser revisada y modificada por el contribuyente antes de su presentación. El pago en término del impuesto, o la adhesión a un plan de facilidades dentro del vencimiento, otorgará efecto liberatorio respecto del Impuesto a las Ganancias del período fiscal base.

El Régimen de Inocencia Fiscal incorpora además una presunción de exactitud de las declaraciones presentadas, que solo podrá ser impugnada en casos excepcionales debidamente verificados. Cada cumplimiento anual consolida un nuevo período fiscal base, reforzando un esquema de confianza progresiva entre el contribuyente y el Estado.

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Fuente: ElOnce e Infobae.

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Tags: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)EvasiónEvasión fiscalRégimen de Inocencia FiscalRégimen Simplificado de GananciasSistema Tributario
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