A través de la Resolución 261/2025 publicada en el Boletín Oficial, la Comisión Nacional de Trabajo Agrario estableció las remuneraciones mínimas para trabajadores del sector avícola en Argentina, excluyendo las actividades en establecimientos industriales.
Las nuevas escalas salariales tendrán vigencia a partir del 1° de octubre de 2025, con actualizaciones progresivas que entrarán en vigor el 1° de noviembre y el 1° de diciembre de 2025, y el 1° de enero de 2026.
Las categorías aprobadas por la CNTA no son las mismas que las reguladas por los convenios industriales, y el nuevo esquema busca reflejar la diversidad y complejidad actual del trabajo avícola que se desarrolla en granjas o establecimientos rurales.
Aportes y contribuciones
Si bien las sumas detalladas en los anexos poseen carácter no remunerativo previsional, estarán sujetas a los aportes y contribuciones correspondientes a: Obra social, Cuota sindical o solidaria, Contribuciones de la Ley N° 25.191, y Contribuciones de la Ley N° 24.557.
Estas sumas serán computables para el cálculo de vacaciones, horas extra, sueldo anual complementario, indemnizaciones legales y adicionales de convenio, así como para las remuneraciones por enfermedad, accidentes o licencias pagas.
La resolución también establece una cuota de solidaridad del 2% mensual sobre el total de las remuneraciones del personal comprendido, que los empleadores deberán retener y depositar hasta el día 15 de cada mes en la cuenta especial de la UATRE (Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores) en el Banco de la Nación Argentina. Los afiliados a la organización sindical quedarán exentos de este pago.
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