El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones estableció la Veda Total de Pesca, tanto deportiva como comercial, en aguas jurisdiccionales de la provincia mediante la Resolución N° 406/2025. La medida busca proteger a las especies ícticas durante su marcada estacionalidad reproductiva, que se da principalmente en primavera-verano, influenciada por el régimen hidrológico y la temperatura.
La veda rige con fechas diferenciadas según el curso de agua:
- Para los ríos Paraná e Iguazú y todos sus afluentes, incluyendo el Lago Urugua-í, la veda se extiende desde las 0 horas del lunes 3 de noviembre de 2025 hasta las 24 horas del sábado 20 de diciembre de 2025.
- En el río Uruguay y sus afluentes, el periodo es más extenso: desde las 0 horas del 3 de noviembre de 2025 hasta las 24 horas del sábado 31 de enero de 2026. Esta extensión se debe a la necesidad de acompañar una iniciativa similar impuesta por el Instituto Brasileño de Medio Ambiente (IBAMA).
Excepción
La resolución autoriza la pesca de subsistencia durante la vigencia de la veda. Esta modalidad se entiende como la practicada por el pescador desde la costa con línea de mano.
Solo podrán realizarla aquellas personas que ya cuenten con permisos otorgados oportunamente y vigentes a la fecha. La pesca de subsistencia está destinada únicamente al consumo propio y el de su familia, quedando totalmente prohibida la comercialización del producto bajo cualquier concepto.
La decisión de permitir esta excepción tuvo en cuenta los factores socioeconómicos de un sector de la población, especialmente aquellos que habitan en la ribera y se encuentran en estado de vulnerabilidad.
Declaración jurada y sanciones
La normativa también establece obligaciones para quienes poseen stock de pescado. Los pescadores y acopiadores inscriptos que tengan pescados extraídos legalmente (en tiempo y forma) deberán presentar una Declaración Jurada de existencia hasta el día martes 4 de noviembre de 2025. Esta declaración será constatada por personal del Ministerio.
El incumplimiento de lo dispuesto en la Resolución será sancionado conforme a lo establecido por la Ley de Pesca N° XVI-8 (Antes Decreto Ley N° 1.040/78) y sus decretos reglamentarios.
Además, no se otorgarán autorizaciones para concursos de pesca en aguas jurisdiccionales de la Provincia de Misiones durante el periodo de la veda.
Resolución 406/2025 👇
Resolución 4062025- Veda de Pesca





