La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, mediante la Resolución 209/20265 en el Boletín Oficial, dispuso la derogación de una serie de actos administrativos vinculados con la sanidad vegetal que habían quedado desactualizados o superados por nuevas normativas.
Según se explica en los considerandos, la medida se enmarca en el Decreto 70, que impulsa la desregulación del comercio, los servicios y la industria.
Entre las normas derogadas figuran resoluciones dictadas entre 1991 y 2006 por la entonces Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, que abarcaban desde la certificación de calidad de granos y los aranceles del ex IASCAV, hasta las disposiciones sobre terapéutica vegetal, cuarentena post-entrada y control de plagas como la carpocapsa (Cydia Pomonella L.).
De acuerdo con la resolución, la iniciativa fue impulsada por la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SENASA, que elaboró una propuesta de ordenamiento para “mejorar la seguridad jurídica, lograr mayor precisión operativa y eliminar trabas e impedimentos” que afectaban el desarrollo de los sectores productivos.
La Secretaría destacó que este nuevo esquema apunta a un marco regulatorio más simple y eficiente, que acompañe la competitividad del sector agroalimentario nacional, con procedimientos claros y ajustados a los estándares internacionales.
La decisión se fundamenta en la Ley N° 27.233, que declara de interés nacional la sanidad animal y vegetal, y designa al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) como autoridad de aplicación. El organismo, dependiente de la Secretaría, es el encargado de planificar, ejecutar y controlar las acciones previstas en la ley, garantizando la inocuidad de los alimentos, la calidad de los productos agropecuarios y el comercio nacional e internacional.
La norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
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