Los fiscales federales Diego Luciani y Sergio Mola reiteraron su pedido para que se concrete el decomiso de bienes a la expresidenta Cristina Kirchner y los demás condenados en la causa Vialidad, al rechazar los planteos de Máximo y Florencia Kirchner, quienes se oponen a que se ejecuten propiedades que su madre les transfirió en 2016.
Cristina Kirchner tiene una condena firme a seis años de prisión por administración fraudulenta en la causa Vialidad, en la que se ordenó un decomiso solidario de bienes por un monto actualizado a 685 mil millones de pesos. Ahora, los fiscales exigen al Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) que inicie formalmente el proceso de ejecución, incluyendo el remate de bienes si fuera necesario.
El tribunal, integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Fabián Basso, decidió dar vista previa a las defensas de todos los condenados antes de avanzar, pero los fiscales consideran que ya existen elementos suficientes para proceder.
“La resistencia de los condenados a devolverle al Estado argentino parte de la defraudación colosal y sistemática que llevaron adelante durante 12 años constituye una afrenta a la sentencia firme y al principio de igualdad ante la ley”, advirtieron Luciani y Mola en su presentación.
En particular, los fiscales se refirieron a la oposición de los hijos de la expresidenta al decomiso de departamentos en complejos turísticos del sur del país, y aclararon que “no responde a una supuesta participación de ellos en los hechos”, sino a la naturaleza de las transferencias patrimoniales.
Esos bienes fueron cedidos por Cristina Kirchner a sus hijos en marzo de 2016, después de que el fraude ya estuviera consumado, y por lo tanto, entran dentro del período de rastreo de bienes fijado por el tribunal: entre 2003 y 2015. Los fiscales argumentan que, aunque la transferencia ocurrió en 2016, los bienes fueron adquiridos con fondos provenientes del esquema ilícito y, por ende, son susceptibles de decomiso.
La postura de los fiscales refuerza la idea de que el decomiso no es una sanción adicional, sino una medida restitutoria destinada a reparar el daño al Estado, y que ninguna maniobra patrimonial posterior puede impedir su ejecución cuando existe una condena firme por enriquecimiento ilícito.
Fuente: Agencia de Noticias NA





