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ANMAT prohíbe productos de la marca “Mami Keto” por carecer de registros sanitarios

La autoridad sanitaria ordenó la prohibición total de elaboración y venta -incluso online- de panes, yogures, budines y otros alimentos de la línea keto de la marca “Mami Keto”, al detectar que son productos apócrifos sin control sanitario.

15 octubre, 2025

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición inmediata de elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional -incluyendo plataformas digitales- de siete productos de la marca “Mami Keto”, tras comprobar que carecen de los registros sanitarios obligatorios y no cumplen con el Código Alimentario Argentino (CAA).

La Disposición 7558/2025  publicada en el Boletín Oficial este miércoles, se originó a partir de una consulta ciudadana sobre la autenticidad de un “Pan premium keto y vegano” adquirido por internet. Las investigaciones revelaron que ninguno de los productos exhibe en su rótulo el número de registro de establecimiento ni de producto, requisito fundamental para garantizar trazabilidad y seguridad alimentaria.

Durante una inspección en un domicilio de la Ciudad de Buenos Aires, la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHySA) encontró en venta y en depósito varios artículos de la marca, entre ellos:

  • Yogur griego natural (en distintos formatos),
  • Pepas, budín, alfajores, cookies y crackers keto.

Todos fueron decomisados de forma inmediata por incumplir con la normativa vigente.

Según el informe del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), estos productos son considerados “apócrifos”, ya que no pueden identificarse fehacientemente como elaborados en un establecimiento autorizado. Esto implica que no han pasado por controles sanitarios, ni se conoce su composición real, condiciones de elaboración ni manipulación, lo que representa un riesgo potencial para la salud pública.

La ANMAT enfatizó que, al violar el artículo 3° de la Ley 18.284, el Decreto 2126/71 y el artículo 13 del CAA, estos alimentos no pueden ser producidos ni vendidos en ningún punto del país, ni siquiera a través de redes sociales o marketplaces.

La resolución también ordena notificar a todas las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires para que refuercen los controles y eviten la circulación de estos productos. Además, se ha iniciado un sumario administrativo para determinar responsabilidades.

Tags: ANMATArgentinaCódigo Alimentario ArgentinoMami KetoRiesgo sanitario
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📌 “El trabajador rural queda indefenso: puede pasar de prueba en prueba sin derechos”, alertó Carmelo Rojas.
✅ En Primera Plan analizó el impacto de la reforma laboral en el sector agrario.
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