El intendente de Garupá, Luis Ripoll, vetó en todas sus partes la Ordenanza N° 727/2025 sancionada por el Concejo Deliberante local, que establecía una serie de beneficios impositivos para los soldados bajo bandera convocados y movilizados durante el conflicto bélico del Atlántico Sur, conocida como la “guerra de Malvinas” entre Argentina y el Reino Unido. La decisión fue formalizada mediante el Decreto N° 103, fechado el 18 de septiembre y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia este martes.
La normativa aprobada por el Concejo reconocía el compromiso y la entrega de los ciudadanos que, durante la Guerra de Malvinas, fueron convocados por las Fuerzas Armadas para tareas logísticas y de defensa del territorio nacional, aun cuando no hubieran participado directamente en combate. En ese marco, la ordenanza disponía la exención del pago de la Tasa General de Inmuebles y de las tasas correspondientes a la obtención y renovación de la licencia de conducir para los exsoldados bajo bandera que acreditaran haber prestado el servicio militar obligatorio entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.
Entre los requisitos fijados, se establecía la necesidad de acreditar la condición de exconscripto movilizado, demostrar residencia actual en el municipio y ser propietario de una vivienda única sin deudas vigentes. Además, la medida contemplaba que el beneficio sería de carácter honorífico y conmemorativo, sin generar derechos previsionales ni indemnizatorios.
La ordenanza también facultaba al Municipio a entregar reconocimientos oficiales en actos alusivos a la Gesta de Malvinas, garantizar la participación de los exsoldados en actividades institucionales y promover la difusión de su rol histórico en el ámbito educativo y comunitario.
Sin embargo, el intendente fundamentó su veto en que no existe un registro nacional ni provincial que acredite de manera fehaciente la condición de “bajo bandera” de los exconscritos convocados durante el conflicto, lo que “dificulta su reconocimiento y acceso a beneficios”. En el decreto, Ripoll señaló que esta falta de documentación “hace prácticamente imposible determinar quiénes serían los beneficiarios” de las exenciones dispuestas.
El jefe comunal consideró además que ya existen beneficios específicos para los veteranos de guerra que participaron directamente en el teatro de operaciones y fueron oficialmente reconocidos como tales. En ese sentido, argumentó que extender exenciones similares a todos los soldados bajo bandera “no es conveniente para los intereses del Municipio” y podría “generar desigualdades y dificultades en la gestión y administración de los recursos públicos”.
Ripoll advirtió que el contexto económico actual del municipio “obliga a extremar el cuidado de las finanzas locales para evitar déficits en cuestiones inmediatas”, por lo que resolvió vetar la medida en su totalidad.
El Decreto N° 103 fue refrendado por el secretario de Gobierno Municipal, el secretario Coordinador General y la secretaria de Tesorería Municipal. Con esta decisión, la ordenanza N° 727/2025 quedó sin efecto, dejando sin aplicación los beneficios previstos para los exsoldados bajo bandera en el ámbito del municipio de Garupá.







