El tablero de la investigación criminal en Argentina cuenta desde hoy con una nueva pieza clave. El Poder Ejecutivo publicó este viernes el Decreto 709/2025, que establece una reglamentación integral para el Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados con la Investigación Criminal.
La norma, que deroga un marco regulatorio anterior de 2017, no solo actualiza la Ley 26.879 que le dio origen, sino que la adapta a las exigencias de normativas más recientes, centralizando su autoridad de aplicación en el Ministerio de Seguridad Nacional. Este cambio implica una tarea mayúscula: integrar la base de datos existente, hasta ahora enfocada en delitos contra la integridad sexual, en un sistema más amplio y ambicioso que abarcará todo el espectro delictivo.
Quiénes estarán en el registro
Uno de los cambios más significativos es la expansión del universo de perfiles genéticos que podrán ser almacenados. La base de datos ya no se limitará a condenados por ciertos delitos, sino que podrá incluir el ADN de:
- Personas imputadas, procesadas o condenadas en cualquier causa penal.
- Evidencias biológicas recogidas en escenas de crimen cuyo origen se desconozca.
- Restos humanos no identificados, clave en casos de catástrofes o hallazgos forenses.
- Familiares de personas desaparecidas, para facilitar cotejos y búsquedas.
- Personal de fuerzas de seguridad federales, policiales y funcionarios judiciales, como medida de control y descarte.
- Voluntarios, cualquier ciudadano mayor de edad que preste su consentimiento explícito.
No obstante, la reglamentación establece un orden de prioridades claro: se dará urgencia al ingreso de perfiles genéticos vinculados a los delitos de mayor gravedad, como homicidios dolosos, abusos sexuales, narcotráfico y robos con agravantes.
Garantías y control técnico
Para evitar el uso discrecional de la información y asegurar su validez científica, el decreto crea la Comisión Nacional de Huellas Genéticas. Este órgano, de perfil técnico y multidisciplinario, estará compuesto por siete miembros: dos del Ministerio de Seguridad, dos juristas expertos en derecho penal, un criminalista y dos genetistas.
Su misión será dictar las normas técnicas, establecer los protocolos para la toma y análisis de muestras, y fundamentalmente, supervisar la acreditación de los laboratorios. Solo aquellos que cumplan con la rigurosa norma de calidad internacional ISO/IEC 17025 podrán aportar perfiles al registro, garantizando que los datos sean científicamente irrefutables.
La normativa también pone un fuerte acento en el respeto a la dignidad humana. La toma de muestras deberá ser el procedimiento menos lesivo posible y, en caso de negativa de la persona, solo podrá realizarse de manera coercitiva mediante una orden judicial fundada.
La privacidad y el “derecho al olvido” genético
En un mundo donde los datos son el nuevo petróleo, la seguridad y la privacidad son dos de los pilares del nuevo sistema. El decreto es taxativo: se prohíbe compartir información con registros privados o internacionales sin una ley que lo autorice expresamente. Todo acceso quedará registrado y la trazabilidad será total.
Además, se establece un “derecho al olvido” genético. Los perfiles deberán ser dados de baja en dos escenarios: si la causa judicial no presenta una resolución firme en un plazo de tres años, o si una sentencia absuelve o desvincula definitivamente a la persona del hecho investigado. A su vez, cualquier ciudadano tendrá acceso irrestricto a su propia información genética registrada y podrá solicitar rectificaciones, que deberán resolverse en un máximo de cinco días hábiles.
Con la designación de un Director interino en el horizonte -hasta que se complete un concurso público en los próximos 120 días-, Argentina pone en marcha una herramienta de doble filo: una promesa de mayor eficacia en la lucha contra el crimen, pero también un desafío mayúsculo para proteger uno de los datos más íntimos y personales del ser humano: su propio código genético.
anexo_7479528_1





