La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) oficializó la derogación de la resolución que desde 2019 regulaba la aprobación de factibilidad horaria para las operaciones de transporte aerocomercial.
La decisión fue adoptada mediante la Resolución 567/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
La norma establece un nuevo “Procedimiento de Información de Operación de Vuelos Regulares, No Regulares y Especiales” con inicio, escala o destino en aeródromos argentinos. Según el texto, a partir de ahora los operadores aéreos nacionales deberán informar sus servicios programados, que luego serán sometidos a fiscalización, sin necesidad de acreditar previamente la obtención de slots u horarios.
De acuerdo a lo fundamentado en los considerandos de la norma, la medida busca adecuar la normativa al Decreto de Necesidad y Urgencia 338/25 que reformó el Código Aeronáutico y se enmarca en el nuevo esquema de política de aviación que promueve la libre competencia, el acceso abierto al mercado y la desburocratización del sector.
El artículo 8 del decreto 338 modificó el Código Aeronáutico (Ley N° 17.285 y sus modificatorias), eliminando la obligación de aprobación previa para los operadores nacionales. Desde ahora, las empresas solo deberán informar sus operaciones a la autoridad competente, que luego realizará la fiscalización correspondiente.
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