El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 3 de la Ciudad de Buenos Aires resolvió este jueves suspender de manera provisoria los efectos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 430/2025, que eliminaba el feriado del 27 de junio, fecha que conmemora el Día del Trabajador Estatal, para los empleados de la administración pública nacional.
La medida cautelar fue dictada como respuesta a una acción presentada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), que reclamó la intervención judicial ante lo que consideró una vulneración de derechos adquiridos.
El gremio pidió que se restablezca la vigencia del día de descanso remunerado al considerar que su derogación, dispuesta por el Poder Ejecutivo, carecía de sustento constitucional y afectaba directamente a los trabajadores representados.
La Justicia suspendió el decreto del Gobierno que eliminaba el asueto para empleados estatales.
En su presentación, ATE solicitó específicamente que se declare la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 1 del DNU 430/2025, ya que dicho artículo anuló el artículo 2 de la Ley 26.876, norma que había consagrado el 27 de junio como feriado pago para los trabajadores estatales de todo el país.
La jueza nacional del Trabajo Moira Fullana resolvió: “Declarar la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo para intervenir en la causa, reafirmando la jurisdicción del fuero laboral en este tipo de controversias entre el Estado y trabajadores organizados”.
“Admitir la viabilidad formal de la acción de amparo interpuesta”, encuadrándola dentro del procedimiento establecido por la Ley 16.986, que regula los amparos contra actos del Poder Ejecutivo Nacional.
“Hacer lugar a la medida cautelar peticionada”, suspendiendo en forma provisoria la aplicación del artículo 2 del DNU 430/25 respecto de los afiliados de ATE y de todos los trabajadores representados por esa entidad sindical, hasta tanto se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.
El último punto se refiere a “diferir la imposición de costas y la regulación de honorarios para el momento en que se emita el fallo final”.
La decisión judicial implica que, al menos por ahora, los empleados estatales amparados por Asociación Trabajadores del Estado conservarán su derecho a gozar del feriado del 27 de junio, en espera de una definición de fondo sobre la validez del decreto.
Esta resolución marca un nuevo capítulo en la creciente judicialización de los decretos emitidos por el Poder Ejecutivo, en un contexto de fuerte tensión entre el Gobierno nacional y los sindicatos del sector público.
Fuente: Medios Digitales





