A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 366/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Gobierno introdujo una serie de reformas a la Ley N.º 25.871, que regula la política migratoria nacional. Las modificaciones alcanzan aspectos centrales del sistema, como las condiciones de admisión, permanencia y expulsión de extranjeros, y habilitan el cobro por servicios de salud y educación universitaria para quienes no posean residencia permanente en el país.
Entre los principales cambios, el decreto establece que el sistema de salud público administrado por el Estado nacional solo será gratuito en situaciones de emergencia o para residentes permanentes. Fuera de esos casos, los extranjeros deberán presentar un seguro de salud o abonar previamente el costo del servicio, según lo determine el Ministerio de Salud. Esta disposición no impide que, ante una urgencia médica, se brinde asistencia sin importar la condición migratoria de la persona afectada.
En el ámbito educativo, el DNU mantiene la gratuidad en los niveles inicial, primario y secundario para todos los migrantes, incluso en situación irregular, prohibiendo la discriminación por estatus migratorio. Sin embargo, en lo que respecta a la educación superior, se reserva la gratuidad solo para ciudadanos argentinos nativos o por opción y para extranjeros con residencia permanente. Las universidades estatales podrán fijar aranceles para estudiantes sin ese estatus, aunque se prevé la posibilidad de otorgar becas en el marco de convenios o normativas institucionales.
Respecto a las categorías migratorias, el decreto reafirma las figuras de residente permanente, temporario y transitorio, y otorga a la Dirección Nacional de Migraciones la facultad de evaluar cambios entre ellas. Se regula también la figura de la “residencia precaria”, que podrá ser concedida de forma transitoria mientras se resuelve el trámite de admisión, con una validez de hasta 90 días renovables. No obstante, esta residencia no otorgará derechos automáticos ni se computará como prueba de arraigo para solicitar la residencia permanente o la nacionalización.
En cuanto a los requisitos para acceder a la residencia permanente, el nuevo texto exige que el solicitante demuestre medios económicos suficientes para subsistir y carezca de antecedentes penales que pudieran fundamentar un rechazo. Se mantiene el derecho a la reunificación familiar, aunque bajo condiciones específicas: podrán acceder al país por un plazo máximo de tres años los cónyuges, progenitores e hijos menores o con discapacidad de residentes temporarios o permanentes.
Por último, el decreto enfatiza que los derechos de los migrantes estarán garantizados en condiciones de igualdad con los ciudadanos argentinos, aunque “de acuerdo con los derechos y obligaciones correspondientes a cada categoría migratoria”. La Dirección Nacional de Migraciones será la autoridad de aplicación encargada de implementar la nueva normativa y dictar las disposiciones reglamentarias necesarias.
Principales cambios






