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Derecho Real de Usufructo: ¿En qué consiste? ¿En qué casos puede utilizarse? Ventajas y desventajas

1 junio, 2024

Hay derechos que por desconocimiento no se ejercen y figuras jurídicas a las que poco se recurre pese a las ventajas que pueden presentar para casos particulares. Tal es el caso del usufructo, sobre el cual conviene estar informado para beneficiarse con el mismo cuando sea procedente.

Muchas veces quien es propietario de un bien busca desprenderse del mismo por razones económicas, altruistas o de planificación. Cuando el objetivo es económico, se busca obtener dinero, otro bien, o saldar una deuda; cuando es altruista, la ayuda al prójimo; y cuando es de planificación, la tranquilidad de tomar previsiones para el futuro. Aunque puede suceder que, junto con la voluntad de transferir el derecho de propiedad de un bien, esté también presente la idea de seguir beneficiándose del mismo, es lo que se conoce como usufructo.

El usufructo es un derecho por el cual una o más personas pueden disfrutar de un bien ajeno y percibir los frutos que este genere, sin alterar su sustancia. Una vez que se constituye, en forma onerosa o gratuita, existe un nudo propietario (tiene la propiedad, pero no el disfrute) y un usufructuario (tiene el disfrute, pero no la propiedad). Si, por ejemplo, se constituye el derecho de usufructo sobre un inmueble, el nudo propietario tiene un título que reconoce su derecho como dueño, pero es el usufructuario quien puede habitarlo, darlo en alquiler o beneficiarse con los frutos de las plantaciones que se encuentren en el mismo.

El Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) regula el usufructo en los artículos 2129 a 2153 en los cuales establece sus modalidades, las formas de ejercerlo y los medios de extinción. El usufructo es una figura jurídica muy utilizada en la planificación patrimonial y sucesoria para distribuir en vida el patrimonio familiar sin perder sus beneficios, usualmente, mediante donaciones de bienes o participaciones societarias con reserva de usufructo que evitan el proceso sucesorio.

Algunas precisiones al respecto:

¿Quiénes pueden ser usufructuarios y por cuánto tiempo?
Las personas físicas pueden beneficiarse con el derecho de usufructo por un tiempo determinado o por toda su vida, según se pacte; también, las personas jurídicas por un tiempo determinado que -si no se especifica- se extinguirá a los 50 años de la constitución del usufructo (art. 2152 CCCN).

¿Cuáles son los derechos y deberes del nudo propietario?
Quien tiene la nuda propiedad cuenta con el reconocimiento de su derecho como tal y la disposición jurídica del bien, obviamente, respetando el usufructo que se encuentre constituido. No puede molestar al usufructuario en el disfrute de la cosa, ya que, si lo hace, este último puede exigir el cese de la turbación o una disminución en el precio si estuviera pagando por ese derecho (art. 2151 CCCN).

¿Cuáles son los derechos y obligaciones del usufructuario?
El usufructuario tiene el derecho de usar un bien ajeno y percibir los frutos que este genere por un plazo determinado o para toda su vida, según se haya constituido. También, tiene la obligación de realizar a su costa las mejoras necesarias de mantenimiento; respetar su destino; no alterar su estado; abonar gastos e impuestos; comunicar cualquier turbación, además de restituir todo en el tiempo y forma (arts. 2145 a 2150 CCC).

¿El derecho a usufructo es trasmisible?
Sí, el usufructuario puede transmitir su derecho a un tercero por un plazo que no puede ir más allá de aquel por el cual fue constituido el derecho o su propia vida si fuera vitalicio, dando previa garantía al nudo propietario de la conservación y restitución del bien. (art. 2142 CCCN).

¿Cómo se constituye el usufructo?
El derecho a usufructo puede constituirse por contrato, testamento, y el paso del tiempo conforme a determinación de la ley; además cuando tenga un inmueble por objeto, requerirá registración (art. 1017 inc. a CCCN).

¿Cuándo se extingue el derecho a usufructo?
Según el caso, el usufructo se extingue por: el cumplimiento de la condición a la que estaba subordinado, por fallecimiento del usufructuario, por finalización del plazo acordado, por extinción de la persona jurídica, por el no uso durante 10 años y el uso abusivo o alteración de la sustancia comprobada judicialmente (art. 2152 CCCN).

¿Cuáles son las ventajas y desventajas?
La ventaja fundamental para el nudo propietario es que tiene un título que reconoce su derecho, y la desventaja es que no puede disfrutar ese derecho mientras otro tenga el usufructo.

La ventaja para el usufructuario es que tiene el disfrute al bien, la desventaja es que no puede hacer modificaciones estructurales sin el consentimiento del nudo propietario, ni hipotecarlo o venderlo, ya que esas son facultades inherentes al derecho de propiedad.

En todas las situaciones, es recomendable contar con asesoramiento legal sobre los beneficios y las limitaciones del usufructo antes de constituirlo o aceptarlo.

La consulta al notario es fundamental para su adecuada instrumentación, registración y cancelación, a fin de evitar conflictos entre los intervinientes.

Tags: Derecho real de UsufructoJurídicos de PrimeraUsufructo
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FM 89.3

Las ventas por las fiestas de Navidad dejaron un balance positivo para el comercio de Posadas, con un consumo que mostró planificación previa, búsqueda de precios y una marcada preferencia por segundas marcas y alternativas más rendidoras.
Así lo aseguró el comerciante posadeño Nelson Lukowski, quien destacó que el movimiento superó las expectativas y se mantuvo en niveles similares, e incluso levemente superiores, a los del año pasado
En una jornada atípica para el calendario legislativo, el Senado de la Nación sesionó este viernes 26 de diciembre para avanzar en el tratamiento del Presupuesto 2026, una ley clave para el Gobierno nacional. La sesión estuvo atravesada no solo por el debate económico, sino también por un fuerte cruce político y un episodio interno que generó tensión en el recinto.Desde el Congreso, el corresponsal de FM de las Misiones y Primera Edición, Gerardo Strejevich, explicó que “nadie preveía que íbamos a estar sesionando un 26 de diciembre, pero el Senado está tratando el Presupuesto 2026, que ya tiene media sanción de Diputados y ahora busca convertirse en ley”.
La creciente cantidad de siniestros viales en Misiones, especialmente aquellos que involucran a motociclistas, volvió a encender las alarmas. Desde la Asociación de Motociclistas Misioneros, su presidente Alejandro Melgarejo trazó un duro diagnóstico de la situación actual y cuestionó con firmeza las políticas de seguridad vial que se vienen aplicando en la provincia.“Estamos hablando de aproximadamente 300 víctimas fatales en lo que va del año, más de 80 víctimas más que el año pasado. Son 300 familias destruidas, y eso es gravísimo”, advirtió Melgarejo, al remarcar que el escenario es aún más preocupante por la falta de información oficial y de un plan de contingencia claro. “No tenemos datos oficiales, no hay responsables a la vista y tampoco respuestas para las familias”, sostuvo.
A pesar de la ordenanza que prohíbe el uso de pirotecnia sonora, la noche del 24 y la madrugada del 25 de diciembre volvieron a estar marcadas por estruendos en distintos barrios de la ciudad. Desde la Fundación de Apoyo a Padres de Hijos del Espectro Autista (FAPADHEA) advirtieron que este año se registraron más reclamos que en 2024 y que, en algunas zonas, “no hubo prácticamente ninguna diferencia con los tiempos previos a la normativa”.Así lo expresó Eduardo Sisto, presidente de la fundación, quien lamentó que “volvimos a unos años atrás porque un grupo importante de ciudadanos no entiende lo que es la convivencia respetuosa”. “A mucha gente le importó muy poco la salud integral de las personas con autismo, de los niños, de los ancianos y de las mascotas, y tiraban cohetes como si nada”, señaló.
El tradicional mercado La Placita vivió una Navidad con un movimiento comercial positivo que sorprendió incluso a los propios comerciantes. Así lo afirmó María Eva Duarte, referente y locataria del paseo, quien destacó que las ventas estuvieron por encima de lo que se esperaba en un contexto económico complejo.“La verdad es que no nos podemos quejar, fue más de lo que nos imaginábamos”, aseguró Duarte al hacer un balance de los días previos a la Navidad. Si bien reconoció que el nivel de ventas no alcanzó al de otros años, remarcó que “estuvo bien, estuvo bien, gracias a Dios”, lo que permitió cerrar las fiestas con alivio y optimismo.
El Parque Nacional Iguazú y el Área Cataratas celebraron la Navidad con una noticia que reafirma la fortaleza del destino turístico: el 25 de diciembre se alcanzó el ingreso del visitante número 1.500.000 en lo que va de 2025. El dato fue confirmado por Nicolás Benítez, director de Marketing del Ente Municipal de Turismo de Iguazú (ITUREM), quien destacó el buen nivel de ocupación y las perspectivas alentadoras para la temporada de verano.“Estamos gratamente sorprendidos por el movimiento que se está dando en el destino. Hace bastante tiempo no teníamos una ocupación tan notable en estas fiestas”, señaló Benítez, al referirse al flujo turístico registrado durante Nochebuena y Navidad.
Los siniestros viales vinculados al consumo de alcohol volvieron a ocupar un lugar central en la agenda durante el último fin de semana, especialmente en la noche del 24 de diciembre. Frente a este escenario, la jueza de Faltas de la dependencia N.º 3 de Posadas, Bettina Alejandra Balbachán, advirtió que el problema excede ampliamente a las sanciones y puso el foco en un cambio cultural profundo.“No hablamos de accidentes, hablamos de siniestros, y lamentablemente venimos viendo un incremento sostenido, sobre todo en fechas festivas”, señaló la magistrada, al tiempo que remarcó que los niveles de alcoholemia detectados no son excepcionales. “Un dosaje de 1,57 no es el más alto que he visto, es un número habitual, y en fechas festivas suele ser incluso mayor”, afirmó.
En el marco de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo, desde la Fundación de Apoyo a Padres de Hijos del Espectro Autista (FAPADHEA) renovaron el pedido de evitar el uso de pirotecnia sonora y apostar por festejos más empáticos e inclusivos. Así lo expresó Patricia Caramuto, integrante de la entidad, quien remarcó la importancia de “ponerse en el lugar del otro” a la hora de celebrar.“Cuando hablamos de festejos, de compartir y de inclusión, también hablamos de la importancia de evitar la pirotecnia justamente en estas fiestas y celebrar con un poco más de empatía”, sostuvo Caramuto, al señalar que el impacto del ruido no afecta solo a personas con autismo, sino también a adultos mayores y mascotas.
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